Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 31/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 177

Viernes 31 de julio de 2020

2. Teniendo en cuenta que la Oferta de Empleo Público es un instrumento de planificación, que define y cuantifica los efectivos en función de las necesidades y prioridades derivadas de la planificación general de los recursos humanos que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso, tal y como establece el TREBEP artículo 70 del RDL 5/2015, tal cuantificación y distribución se realizará de acuerdo con lo dispuesto en los Anexos de la presente Resolución.
En el Anexo I se incluyen las plazas correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2018 de Turno Libre que se autorizan para ingreso de nuevo personal, con especificación de los Cuerpos y Escalas de personal funcionario o Grupos de Clasificación en el caso de personal laboral, distribuyendo el número de plazas y puestos para cada uno de los colectivos mencionados con el límite de la tasa de reposición de efectivos a la que se hace referencia en la parte expositiva de la presente Resolución; así también como las plazas reservadas a personas con discapacidad que no podrá ser inferior al 10% de las plazas totales ofertadas pertenecientes a Cuerpos, Escalas o Categorías cuyas funciones y tareas son compatibles, en mayor medida, con la existencia de una discapacidad. Además, también se incluyen estas plazas desagregadas por modalidad de discapacidad.
En el Anexo II, se incluyen en los términos contemplados anteriormente en el Anexo I, las plazas correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2019, sin perjuicio de su posible ampliación.
1.2.Normativa aplicable.
1. Los procesos selectivos se regirán por lo establecido en estas Bases y en las correspondientes Bases Específicas de cada convocatoria. Asimismo serán de aplicación a estos procesos selectivos lo dispuesto en las siguientes normas: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público TREBEP;
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores;
Ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, de aplicación supletoria a la Administración Local; Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se aprueban las Reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía; Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas;
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 prorrogada para el ejercicio de 2019 y demás disposiciones que sean de aplicación.
2. A su vez, para el personal laboral junto con la normativa anterior que resulte de aplicación a este colectivo, le será aplicable el Convenio Colectivo para el personal laboral de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla.
3. Asimismo, la presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el TREBEP, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el TRET, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de mujeres y hombres, La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, modificada recientemente por la Ley 9/2018, de 8 de octubre, y el II Plan de Igualdad de Empresa de la Diputación de Sevilla, aprobado por el Pleno de la Corporación el 26 de julio de 2018.
De acuerdo con lo anterior, los temarios de pruebas selectivas derivados de estos procedimientos incluirán temas relativos a las políticas de igualdad y violencia de género, en base al eje 2, área 2.3, de desarrollo de la carrera y promoción profesional del II Plan de Igualdad de la Diputación Provincial de Sevilla, de 26 de julio de 2018.
4. Las presentes bases generales y las correspondientes bases específicas vincularán a la Administración, a los tribunales que han de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas, y solo podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. La ejecución de la oferta de empleo público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años desde su aprobación, de acuerdo con el artículo 70.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre de 2015.
6. Se procurará, con carácter preferente la utilización de los medios informáticos y telemáticos disponibles para agilizar las convocatorias, y se adoptarán medidas concretas en orden a la reducción de cargas administrativas.
1.3. Relaciones con la ciudadanía.
A lo largo del proceso selectivo, toda la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la Sede electrónica www.sedeelectronicadipusevilla.es de la Diputación Provincial de Sevilla, dentro de los apartados creados al efecto de OEP Turno Libre y Reserva a Personas con Discapacidad.
1.4. Embarazo de riesgo o parto.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto, podrá realizar el correspondiente ejercicio o prueba con posterioridad a la fecha establecida para su realización, teniendo en cuenta que la realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal. En todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de que proceda la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
1.5. Sistema selectivo.
Los procesos de selección se realizarán mediante el sistema de Oposición libre para la Escala de Administración General y Concurso-Oposición libre para la Escala de Administración Especial y Personal Laboral, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y teniendo en cuenta la conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de las plazas convocadas.
1.6.Publicación.
Las convocatorias de los procesos selectivos, junto con sus Bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la provincia y en la Sede electrónica de la Diputación Provincial de Sevilla www.sedeelectronicadipusevilla.es, así como extracto de las mismas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 31/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha31/07/2020

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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