Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 29/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 277

Viernes 29 de noviembre de 2019

Se revisan y se debaten los resultados del diagnóstico del centro y se acuerdan los ejes principales sobre los que girara la propuesta de medidas a incluir en el Plan de Igualdad y se proponen indicadores poro codo uno de ellos, quedando los acuerdos como se detallan en el Plan.
En conformidad de todo lo tratado y acordado se firmo el presente acta, así como los siguientes documentos relacionados con lo elaboración del plan y que son:
Anexo 1: Informe diagnostico.
Anexo 2. Informe de resultado de las encuestas a la plantilla.
Anexo 3: Plan de Igualdad.
Se do por concluido lo reunión a las 14.00 horas.
Elena Sánchez Raposo, Rafael Martínez Alba, Israel Jiménez Domínguez, Rafael Pérez Andrade.
PLAN DE IGUALDAD 2019-2023
ASISTENCIAL GERIÁTRICA EUROPEA REIFS S.L. EN EL CENTRO DE Alcalá de Guadaíra Sevilla
Grupo Reifs posee más de 15 años de experiencia en el sector de las personas mayores, contando en la actualidad con 7 residencias para personas mayores distribuidas en Cádiz, Sevilla, Granada, Jaén y Almería. Además de ello, en la provincia de Almería, contamos con 3 centros de día de personas mayores.
En nuestros centros, los mayores se sentirán como en su propia casa y los profesionales harán de ellos su propia familia.
Nuestro compromiso por mejorar el bienestar y calidad de los usuarios nos ha llevado a diseñar un Programa de Intervención Integral, apoyado en unas instalaciones modernas y funcionales y unos profesionales altamente cualificados.
Nuestra exigencia nos permite dar respuesta a las necesidades de las personas mayores de manera integral, individual y especializada, desde un aspecto sociosanitario, basándonos en lo preventivo, rehabilitador y terapéutico.
Detalles que cuidan a un tiempo la salud y el bienestar de nuestros mayores.
1.Antecedentes y justificación.
La Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, de Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres en su artículo 46, define el significado de los Planes de Igualdad en las empresas y cuáles deben ser sus contenidos.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 73 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de políticas de género que, respetando lo establecido por el Estado en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 149.1.1. de la Constitución, incluye, en todo caso:

aLa promoción de la igualdad de hombres y mujeres en todos los ámbitos sociales, laborales, económicos o representativos.

bLa planificación y ejecución de normas y planes en materia de políticas para la mujer, así como el establecimiento de acciones positivas para erradicar la discriminación por razón de sexo, y
c La promoción del asociacionismo de mujeres.
Por otra parte, el artículo 10.2, afirma que la Comunidad Autónoma propiciará la efectiva igualdad del hombre y de la mujer andaluces, promoviendo la democracia paritaria y la plena incorporación de aquella en la vida social, superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica, política o social. Asimismo, el artículo 15 determina que se garantiza la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos.
De forma más concreta y dentro de sus competencias la Ley 9/2018, de 8 de octubre, de modificación de la Ley 12/2007, de 26
de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, establece:

En su artículo 27, apartado 5: Con independencia de las previsiones normativas sobre inscripción y registro de los planes de igualdad de las empresas acordados en el ámbito de la negociación colectiva, la Junta de Andalucía creará un Registro de Planes de Igualdad en las Empresas, dependiente de la Consejería con competencia en materia laboral, que regulará reglamentariamente su constitución, sus características y sus condiciones para la inscripción y acceso.
Este registro estará conectado con el Registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo plataforma Regcon, que regula el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

En el apartado 6 del artículo 28: 6. Las Administraciones públicas de Andalucía incluirán cláusulas vinculadas a la existencia de planes o medidas de igualdad negociados con la representación legal de los trabajadores y trabajadoras en los criterios de todo tipo de adjudicaciones.

En el apartado 4 del artículo 29: Los departamentos competentes en materia de salud y seguridad y de salud laboral deben fomentar la recogida y el tratamiento de la información existente en los centros de atención primaria y en las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, desglosada por sexos, a fin de identificar riesgos específicos en las trabajadoras debido a su actividad laboral.
En virtud de la normativa laboral, las condiciones laborales del personal del centro de trabajo del grupo REIFS en Alcalá de Guadaira Sevilla se han venido regulando por lo dispuesto en el convenios colectivos dispuesto en la Resolución de 11 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VII Convenio colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal residencias privadas de personas mayores y del servicio de ayuda a domicilio, recoge en su Capitulo XI las condiciones relacionadas con la elaboración y aprobación de Planes de Igualdad en las empresas.
2.Compromiso de la dirección.
La empresa Asistencial Europea Reifs S.L., declara su compromiso en el establecimiento y desarrollo de políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo, así como en el impulso y fomento de medidas para conseguir la igualdad real en el seno de nuestra organización, estableciendo la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio estratégico de nuestra política de recursos humanos, de acuerdo con la definición de dicho principio que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
En todos y cada uno de los ámbitos en que se desarrolla la actividad de esta organización, desde la selección a la promoción, pasando por la política salarial, la formación, las condiciones de trabajo y empleo, la salud laboral, la ordenación del tiempo de trabajo y la conciliación, asumimos el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, atendiendo de forma especial a la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 29/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha29/11/2019

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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