Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 3/7/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Martes 3 de julio de 2018

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 152

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Vista la resolución de la Alcaldía número 447/17 de fecha 13 de julio de 2017, en la que se acuerda retrotraer el procedimiento administrativo de la publicación del proyecto de modificación del Plan Parcial P.I.1 Los Alberos al acto administrativo anterior al trámite de información pública y realizar de nuevo dicho trámite mediante su anuncio en el Boletín Oficial de la provincia, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en un periódico de la provincia de mayor difusión, publicando la documentación correspondiente del citado expediente en el Tablón electrónico de edictos, que dirigirá al portal de transparencia.
Visto que sometido a exposición al público el instrumento de planeamiento, durante un mes, mediante anuncio en el tablón electrónico de edictos, que dirigía al portal de transparencia, en el Boletín Oficial de la provincia y uno de los diarios de mayor difusión provincial, así como realizado el llamamiento al trámite de información pública a todos los propietarios de terrenos comprendidos en el ámbito del Plan Parcial, no se presentaron alegaciones.
Considerando que el artículo 31,1,B,b de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, establece que corresponde a los municipios la aprobación definitiva de los Planes Parciales de Ordenación que no desarrollen Planes de Ordenación Intermunicipal.
Considerando que los artículos 22,2,c de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, atribuyen la competencia para la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística, así como los convenios que tengan por objeto la alteración de cualesquiera de dichos instrumentos.
Considerando que se han cumplido el procedimiento establecido en la normativa vigente para la tramitación del instrumento de planeamiento, y que ha quedado acreditada la conveniencia y oportunidad urbanística para la aprobación del mismo.
Sometido directamente a votación dicho acuerdo, el Pleno, por el voto a favor de los doce miembros asistentes de los Grupos de Izquierda Unida 9 y Socialista 3, acuerda:
Primero. Aprobar definitivamente la modificación número 1 del Plan Parcial P.I.1 Los Alberos, formulado a iniciativa particular por las personas que aparecen en el anexo de este acuerdo, constituido por los siguientes documentos: Documento de Modificación del Plan Parcial P.I.1 Los Alberos, redactado por arquitecto y con registro de entrada de fecha 6 de marzo de 2017.
Segundo. Inscribir en el Registro Administrativo municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, del citado instrumento de planeamiento, dentro de la Sección de Instrumentos de Planeamiento, Subsección de Instrumentos de planeamiento urbanístico.
Tercero. Disponer la remisión del presente acuerdo, junto con la documentación necesaria, al Registro Autonómico al ser necesaria la inscripción en el citado registro al darse la circunstancia establecida en el artículo 8 del Decreto 2/2004, de 7 enero, de la Consejería de Obras Públicas Y Transportes, pues se cumple la condición de que el mismo ha sido informado preceptivamente, aprobado o suscrito por cualquier órgano competente en materia de urbanismo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Ordenar que, una vez depositado el instrumento de planeamiento en los registros a que se hace mención en el párrafo anterior, se proceda a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación del acuerdo íntegro de la aprobación definitiva, y del articulado de las normas urbanísticas, entrando en vigor el instrumento de planeamiento una vez realizados dichos trámites y haya transcurrido el plazo de quince días hábiles establecido en el artículo 65,2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Quinto. Dar cuenta de lo resuelto al Encargado del Registro Administrativo Municipal y a la Secretaría General a los efectos de la inscripción y publicación del citado documento.
Sexto. Notificar lo resuelto a los interesados haciéndoles constar que el presente acto agota la vía administrativa, así como los recursos que proceden contra el mismo.
Séptimo. Remitir el documento definitivamente aprobado a la Delegación Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, para su conocimiento y efectos oportunos.
Anexo normas urbanísticas Se trascribe a continuación la redacción íntegra de los artículos que se modifican de los actuales del documento IV Ordenanzas reguladoras del Plan Parcial del Sector de suelo apto para urbanizar polígono industrial P.I.-1 Los Alberos de Paradas Sevilla.
Artículo 55. Condiciones de parcela.
A efectos de segregaciones y agregaciones de parcelas se establece como parcela mínima edificable la de 300 m. El frente mínimo no podrá ser inferior a 12 m. y su forma permitirá la inscripción de un círculo de diámetro 10 m. No se considera parcela máxima.
Artículo 57. Condiciones de edificación.
1. La edificación deberá situar su fachada principal con un retranqueo mínimo de 25 m. desde la línea blanca de la carretera SE-217 quedando la zona delantera libre de edificaciones y para aparcamientos.
2. Caso de establecer un retranqueo de la fachada posterior con respecto al testero de la parcela, éste deberá ser como mínimo de 5 m.
3. La edificación será adosada a los linderos laterales sin por ello crear ningún tipo de servidumbre a las colindantes. En caso de agregaciones de parcelas cuya resultante sea mayor de 4.000 m, al tratarse en este caso de industrias de tipo medio y grande, y porque se necesite una separación a lindero lateral, esta será como mínimo de 5 m. En los restantes casos se dispondrá según se establece en el artículo 51.3.
4. La altura máxima se establece en 2 plantas B + 1 sobre rasante.
5. La altura de cumbrera no será superior a 11m.
8W-5028

TOCINA
Don Francisco José Calvo Pozo, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que la resolución de esta Alcaldía número 631, de fecha 15 de junio de 2018, dice lo siguiente:
Con fecha 14 de junio de 2017, se ha notificado a la Secretaría de este Ayuntamiento, por parte de la empleada del Registro de Documentos de este Ayuntamiento, el extravío de ese Registro del Sello Municipal de pie de firma, de forma circular y con la inscripción: Ayuntamiento de Tocina Alcaldía rodeando el escudo de esta localidad.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 3/7/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha03/07/2018

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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