Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 29/11/1999

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Página núm. 10056

B.O.P.

NÚM. 276

29 de noviembre de 1999

NO DO

Tarifa 1. Cursos de formación - Derecho de inscripción: 0 ptas.
- Cuota mes: 2.000 ptas.
Tarifa 2. Curso de pintura - Derecho de inscripción: 0 ptas.
- Cuota mes: 3.000 ptas.
- Cuota mes niño/a hasta 12 años: 2.000 ptas.
Tarifa 3. Conciertos musicales y representaciones teatrales El precio de la entrada oscilará entre 1.000 y 2.000 ptas. dependiendo del coste de la actividad.
En caso de venta anticipada se rebajará el precio de la entrada en 200 ptas.
Tarifa 4. Proyecciones cinematográficas El precio de la entrada oscilará entre 200 y 400 ptas. según el coste de la actividad.
Artículo 5º.- Devengo.
1.- Se devenga la tasa y nace la obligación de pago desde el momento en que se preste o realice cualquiera de los servicios o actividades especificados en el apartado 2 del artículo anterior, entendiendose a estos efectos, que dicha prestación se inicia con la solicitud de inscripción o la compra de la entrada.
2.- Los derechos de inscripción se abonarán a la Tesorería Municipal caja o cuenta abierta en entidades bancarias o Cajas de Ahorros con carácter previo a la realización de la actividad y, la cuota mensual en los primeros cinco días de cada mes; en el caso de actuaciones musicales o teatrales, en el momento de el acceso al recinto donde se realicen o bien en los puntos de venta anticipada.
Disposición final La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor el día de su publicación en el "Boletín Oficial" de la provincia, y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de Enero del año 2.000, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Y adoptado el acuerdo que seguidamente se transcribe:
Doña Amadora Rosa Martínez, Secretaria General del Ayuntamiento de esta villa.
CERTIFICA: Que por el Ayuntamiento Pleno, al punto 1º de la sesión extraordinaria celebrada el día 8 de Noviembre de 1999, se tomó un acuerdo, cuya parte dispositiva dice como sigue:
1.- A PROBACIÓN, SI PROCEDE, EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN Y
ESTABLECIMIENTO DE ORDENANZAS FISCALES EJERCICIO 2000.
A la vista de todo ello, el Pleno, por diez votos a favor procedentes de los Grupos Socialista e IULV-CA, tres en contra procedentes del Grupo Andalucista y tres abstenciones procedentes del Grupo Popular, y por tanto con el voto de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, adoptó acuerdo con las siguientes disposiciones:
Primera.- Aprobar provisionalmente la modificación de las Ordenanzas fiscales que se relacionan seguidamente, y cuyo texto integrado figura incorporado al expediente.
I. Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
II. Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
III. Impuesto sobre el Incremento del valor de los terrenos de Naturaleza Urbana.
IV. Impuesto sobre Actividades Económicas.
V. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
VII. Tasa del Cementerio Municipal.
XII. Tasa por Recogida, Tratamiento y eliminación de Residuos Sólidos Urbanos.
XIV. Tasa por la prestación del servicio de Ayuda a Domicilio.
XVI. Tasa por la prestación del Servicio de Piscina.
XIX. Tasa por ocupaciones del subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública.
XX. Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
XXIV. Tasa por prestación de actividades del Centro de Información a la Mujer y Servicios Sociales, consistentes en aulas, talleres y cursos de carácter cultural, educativo y deportivo.
XXVI. Tasa por la prestación del servicio público de teleasistencia domiciliaria.
Depósito Legal SE - 1 - 1958

XXVII. Tasa por la prestación del servicio de abastecimiento domiciliario de Agua potable y otras actividades conexas al mismo.
XXVIII. Tasa por prestación del Servicio de Vertido.
XXIX. Tasa por realización de actividades de competencia local en las instalaciones deportivas municipales.
Segunda.- Imponer las tasas y su regulación mediante Ordenanza fiscal por la prestación de un servicio público o la realización de actividades administrativas de competencia local que a continuación se relacionan:
XXX. Tasa por la prestación de servicios publicitarios en los medios de comunicación municipal.
XXXIII. Tasa por la prestación de servicios y realización de actividades de la Delegación de Cultura y Juventud.
Tercera.- Imponer las tasas y su regulación mediante Ordenanza fiscal, por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local que a continuación se relacionan:
XXXI. Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas.
XXXII. Tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa.
Cuarta.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 39/88, de 28 de Diciembre, el presente acuerdo provisional, así como los textos de las Ordenanzas Fiscales anexas al mismo, se expondrán al público en el tablón de Edictos de este Ayuntamiento, durante el plazo de 30 días hábiles, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Provincia, y en uno de los diarios de mayor difusión de esta provincia.
Quinta.- Durante el período de exposición pública de las Ordenanzas, quienes tuvieran un interés directo, en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley 39/1.988, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Sexta.- De conformidad con el artículo 17.3 de la Ley 39/1.988, de 28 de Diciembre, en el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales, sin necesidad de acuerdo plenario.
Séptima.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la ejecución de las disposiciones contenidas en el presente acuerdo y para proceder de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del art. 17 de la Ley 39/1.988.
Y para que conste y surta efectos, expide la presente certificación con el visto bueno del Sr. Alcalde y con la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en Mairena del Alcor a ocho de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.
Se expone al público el expediente por plazo de treinta días, en el Tablón de Edictos de esta Entidad Local, durante el cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Los anuncios de exposición de conformidad con el artículo 17.2
de la Ley 39/1.988, de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se publican en el Boletín Oficial de la Provincia, y en un diario, de los de mayor difusión de la provincia.
Finalizado el plazo de exposición pública, se adoptarán los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones, y aprobando la redacción definitiva de la Ordenanza, su derogación o las modificaciones a que se refiera el acuerdo provisional.
En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
Se publica el texto íntegro de las Ordenanzas fiscales de nuevo establecimiento, y las modificadas, así como el acuerdo provisional adoptado, a los efectos del artículo 17.4 de la Ley 39/88, de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, para su entrada en vigor, una vez concluido el plazo de exposición pública, y en su caso, no se hubiesen presentado reclamaciones contra la misma.
De conformidad con el artículo 19.1 del mismo texto legal, contra las ordenanzas fiscales aprobadas definitivamente y publicadas, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
En Mairena del Alcor a 10 de noviembre de 1999.El Alcalde, Antonio Casimiro Gavira Moreno.
9-N. 15859

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 29/11/1999

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha29/11/1999

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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