Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 5/11/1999

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

5 de noviembre de 1999

B.O.P.

NÚM. 256

Página núm. 9143

NO DO

calle Alfarería, permitiéndose en dichas alineaciones retranqueos, que no afecten a más de un tercio de longitud total de fachada y que estén debidamente justificadas en base a la correcta composición volumétrica del edificio.
- Respecto a las alineaciones de las calles Tejares y Numancia, no se plantea la alineación de la edificación a vial, estableciéndose el límite sobre el que debe situarse el cerramiento de la parcela. Este límite podrá ajustarse para solucionar los accesos a las zonas de estacionamiento de autobuses siempre que los proyectos de urbanización de la calle y construcción del edificio se planteen conjuntamente.
- La altura mínima de coronación del edificio será de ochocientos cincuenta 850 centímetros, en su fachada a la ronda intermedia y en la de calle Alfarería.
Subzona D2.
- No se fija la localización exacta de la edificación en la parcela, indicándose que deberá ocupar una posición central respecto al espacio de uso y dominio público dentro del cual se sitúa dejándose libre de edificación el extremo sur de la parcela, en contacto con la zona de arbolado grafiada en los planos de propuesta.
- La edificación deberá resolver la articulación entre el espacio libre pavimentado donde se localizan los principales accesos y la zona situada en la cota inferior actuando de charnela entre ambas partes y resolviéndose con la solución arquitectónica del edificio las presiones que se producen desde su entorno.
- Se cuidarán especialmente los tratamientos de cubrición del edificio así como su relación dialéctica con las edificaciones que lo rodean.
Subzona D3.
- Esta subzona está comprendida por diferentes ámbitos:
1. La Iglesia del Patrocinio y su antigua capilla.
2. Las edificaciones y suelos vacantes que le rodean por su lado Oeste.
3. La edificación que completa la manzana hacia su extremo Este.
- El uso determinado para los ámbitos 1 y 2 es el de S.I.P.S. privado, concretamente religioso y para el ámbito 3 es de S.I.P.S.
público siendo recomendable el uso socio-cultural o asistencial, lo cual dará lugar a dos edificaciones diferentes.
- Las edificaciones que se proyecten en los ámbitos 2 y 3 servirán para recomponer la manzana y conformar la fachada de la misma hacia la nueva vía de acceso desde Huelva, debiendo presentar ésta un carácter unitario. La altura a de la edificación hacia dicha vía será de nueve 9 metros medida en el punto medio de la fachada, debiendo ser continua a lo largo de toda la fachada.
- Se prestará especial atención al contacto entre la capilla, la nueva edificación y la edificación a rehabilitar en calle Castilla.
- La rasante del espacio libre, podrá situarse por debajo de la rasante de la nueva vía de acceso desde Huelva, situándose por encima de la rasante de la calle Castilla o al mismo nivel.
Subzona D4.
- La edificación se situará alineada a vial.
- La altura de coronación de fachada en la vía de acceso desde Huelva no será inferior a doce 12 metros, siendo continua a lo largo de toda la fachada.
- La zona trasera de la edificación en contacto con las parcelas de la subzona A3 deberá reducir su altura a un máximo de tres 3 plantas con el fin de que no aparezcan medianeras vistas hacia el interior de la manzana.
- Deberá resolverse el contacto entre esta edificación y la colindante de la zona A3, tratándose este punto con especial atención por ser el punto perspectivo de la nueva calle trazada entre la subzona D5 y la manzana de borde de la calle Castilla.
- Podrán establecerse retranqueos en la edificación en el punto indicado en el apartado anterior para resolver adecuadamente el remate de la vía de nuevo trazado, siempre que se garantice la ocultación de las medianeras colindantes.
Subzona D5.
La subzona definida queda delimitada por el equipamiento público S.I.P.S. y por una superficie destinada a espacio libre de uso y dominio público.
Para poder concretar con mayor claridad las condiciones urbanísticas de la zona, se delimita un Estudio de Detalle que incluye el ámbito de la subzona y que deberá redactarse cuando se determine el uso concreto del suelo destinado a S.I.P.S.

Los objetivos y determinaciones del Estudio de Detalle, quedarán fijados en el artículo 50 de estas ordenanzas.
Subzona D6.
El edificio que se proyecta en esta zona deberá resolverse como elemento configurador del espacio público.
La crujía trasera del mismo deberá tener altura mínima de coronación de doce 12 metros sobre la rasante, para ocultar al menos parcialmente la edificación posterior de siete plantas, cuya escala e imagen son totalmente discordantes con el tejido de arrabal.
Los accesos principales de la edificación deberán situarse en la plaza situada delante del mismo, no olvidando en el diseño del edificio la relación directa entre él y el espacio público y su carácter de fachada del mismo.
TÍTULO 3º Artículo 102.- Planeamiento de desarrollo alternativo.
Dentro del ámbito delimitado en el plano de Calificación, Usos y Parcelario como planeamiento de desarrollo alternativo mediante Estudio de Detalle podrá edificarse según las condiciones indicadas en los artículos procedentes para la subzona E3, o bien podrá redactarse un Estudio de Detalle que permitirá alterar las determinaciones del Plan Especial según los criterios y condiciones que se fijan a continuación.
1. Justificación de la redacción del Estudio de Detalle.
Dentro del papel que el Plan Especial le asigna a la edificación residencial como conformadora del espacio urbano, aparece un enclave especialmente delicado, el correspondiente a la subzona E3
reflejada en el plano de Calificación, Usos y Parcelario.
La respuesta que dicha edificación ha de dar, tanto a nivel de su entorno más próximo como desde una perspectiva más amplia como punto de entrada en la ciudad y articulación entre la edificación abierta y el arrabal, hace que la propuesta incluida en el plan adopte una organización muy concreta.
La necesidad de llegar a tal grado de concreción hace aconsejable que la solución definitiva esté muy directamente vinculada con el proyecto de arquitectura, por lo que se entiende que puedan ser alteradas las determinaciones establecidas siempre que queden resueltos con la nueva ordenación los objetivos básicos de la ordenación que se indican a continuación.
2. Objetivos.
- La ordenación deberá adecuarse en lo que respecta a localización y altura de la edificación a las de la zona de extensión de arrabal en la que se sitúa.
- Dará continuidad a la fachada de Triana desde el Aljarafe rematándola y singularizándola en este punto. El edificio o edificios proyectados reflejarán una imagen clara y rotunda, siendo aconsejable el tratamiento conjunto y unitario de toda la edificación.
- Se prestará especial atención a la relación de la zona con el arrabal próximo, cuidando las relaciones de escala que entre ambos tejidos se producen y procurando establecer un remate perspectivo a la calle Alfarería.
3. Determinaciones y parámetros fijos.
a Alineaciones.
Las alineaciones de la edificación planteada podrán alterarse dentro de los límites de la parcela.
b Ocupación sobre rasante.
La ocupación máxima será del ochenta por ciento 80% de la superficie de la parcela con un total máximo de cuatro mil 4.000
metros cuadrados.
c Ocupación bajo rasante.
La edificabilidad máxima será de diecisiete mil quinientos 17.500 metros cuadrados de techo, como queda reflejado a su vez en el plano de Calificación, Usos y Parcelario.
e Alturas.
La altura máxima de P.B. + 7 para edificaciones lineales, de P.B.
+ 8 para edificaciones aisladas o en torre y de P.B. + 11 para edificación en torre si ésta es única.
f Separación entre edificios.
- La edificación podrá alinearse al lindero de la parcela, siempre que la separación con las edificaciones exteriores al ámbito del E.D.
sea como mínimo la mitad de su altura en los paramentos con huecos a piezas vivideras.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 5/11/1999

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha05/11/1999

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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