Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/9/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2011 Año del Trabajo Decente, la S alud y S eguridad de los Trabajadores
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENT INO
RIO
GALLEGO S

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LVI Nº 4531

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
AUGUSTO RENE CARCAMO
Director General
PUBLICACION BIS EMANAL Martes y Jueves S r. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobernador Dr. PABLO GERARDO GONZALEZ
Ministro de la Je fatura de Gabinete de Min istros S r. JO S E MANUEL C ORDOBA
Minis tro de Gobierno Ingº. GUS TAVO ERNES TO MARTINEZ
Ministro de la S e cretaría General de la Gobernación C.P. DIEGO LEONARDO ROBLES
Ministro de Econ omía y Obras Públicas Ingº. JAIME HORACIO ALVAREZ
Ministro de la Producción S ra. AN A MARIA URRICELQUI
Minis tro de Des arrollo S ocial Dr. S ERGIO PABLO VUCKOVIC
Minis tro de S alud Prof. ROBERTO LUIS BORS ELLI
Preside nte del Consejo Provinci al de Educación Dr. CARLOS JAVIER RAMOS
Fiscal de Estado
DECRETO Nº 0087

RIO GALLEGOS, 01 de Febrero de 2011.VIST O :
El Expediente M EOP-Nº 401.779/01, elevado por el M inisterio de Economía y Obras Públicas y adjunto Expediente IDUV-Nº 1.405/09; y CONSIDERANDO:
Que por los actuados de referencia se tramitó la transferencia de varios de los inmuebles que integraban el patrimonio del otrora Banco de la Provincia de Santa Cruz, a favor del Banco Sant a Cruz S.A., enmarcado en el proceso de transformación de la tipicidad jurídica de la entidad financiera provincial conforme lo establecido en la Ley Provincial Nº 2409;
Que tal como surge de autos, el Banco Santa Cruz S.A., solicitó a este Ejecutivo Provincial en fecha 11
de agosto de 2009, la modificación del Decreto Nº 2187 dictado con fecha 6 de noviembre de 2001, basándose su pedido que desde la fecha de emisión del citado acto administrativo no ha podido a la fecha realizar la es crituración e inscripción registral respectiva de un inmueble de su propiedad sito en calle Estrada Nº 948 de la localidad de Las Heras, lugar donde habitaría el Tesorero de esa entidad bancaria;
Que el citado Banco arguye que hubo un error material en el Anexo II Listado de Inmuebles a Inscribir a favor del Banco Santa Cruz S.A. Item 15 de ese Decreto, toda vez que se consignó erróneamente la nomenclatura catastral de dicho inmueble, siendo la correcta: M anzana Nº 67 Solar a-2 y no como se expuso en dicho acto administrativo: Solar e, Subdivisión E-3- M anzana Nº 36 superficie 375 m2;
Que habiéndose expedido favorablemente el servicio asesor del M inisterio de Economía y Obras Públicas, mediante Dictamen A.J.-Nº 304/09, a la petición cursada por el Banco, esta área legal propició el dictado del Decreto rectificatorio, hecho ést e que motivó que el Poder Ejecutivo Provincial expresara su voluntad mediante Decreto Nº 694/10, obrante a fojas 191/192;
Que sin perjuicio de ello, se advierte que el Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Provincia de Santa Cruz I.D.U.V. bajo Expediente Nº 1405/09, emitió la Resolución Nº 1549 con fecha 19 de mayo de 2009, y su modificatoria Nº 1526/10, por la cual se adjudicó a favor en venta a favor de ese Banco la unidad habitacional de autos, identificada como Casa Nº7 Parcela Nº 2 M anzana Nº67 PLAN ALBORADA FO.NA.VI. II en Las Heras, constituyendo hipoteca de primer grado a favor de ese Organismo habitacional;
Que habida cuenta de lo exigido por el IDUV, el Banco Santa Cruz S.A. solicita a este Poder Ejecutivo Provincial se dejen sin efectos tales instrumentos legales, y a tenor de lo expuesto por la Ley Nº 2409 y todos aquellos actos administrativos que se dictaron al momento de realizarse la transferencia de los bienes que pertenecían al entonces Banco Provincia de Santa Cruz a favor del Estado Provincial y de la nueva entidad bancaria Banco Santa Cruz S.A.;
Que este Servicio Jurídico solicitó las actuaciones que tramitan por ante el I.D.U.V. a efectos de contar
OFICIAL

con todos los elementos objetivos necesarios para abordar el caso elevado a este Poder Ejecutivo Provincial;
Que en ese mismo orden de ideas se requirió al Registro de la Propiedad Inmueble, mediante Nota Nº1332/10, los informes de Dominio de los inmuebles:
1 individualizado como Solar eSubdivisión E-3, M anzana Nº 36, cuya superficie seria de 375 m2, registrado en la M atrícula Nº 1682-Departamento VI
de la citada localidad y 2 del bien inmueble identificado como M anzana 67- Solar a2 de una superficie aproximada de 76,7 m2, inscripto en la M atrícula Nº 13.659- Departamento VI ambos de la localidad de Las Heras;
Que teniendo a la vista ambos informes se requirió a la Escribanía M ayor de Gobierno, remitiera copia de la Escritura Nº 147 Fº 820 de fecha 1º de diciembre de 2006, por la cual se realiz a una redistribución predial en la Localidad de Las Heras, cert. 17689 sobre el inmueble identificado con la M atrícula Nº 13659 Departamento VI;
Que del análisis de las presentes actuaciones surge que con motivo del cambio de la razón social del Banco de la Provincia de Santa Cruz, dispuesta por la Ley Nº 2409, se establecieron las pautas por las cuales se redistribuirían los activos y los pasivos, creándose en tal sentido el Ente Residual del Banco de la Provincia de Santa Cruz;
Que en cuanto a los bienes inmuebles, cabe indicar que por Decreto Nº 1686/98 se ratificó el Convenio de Pago de Deuda Consolidada y de Eventual Consolidación, firmado entre el M inisterio de Economía y Obras Públicas de la Provincia de Santa Cruz y el Banco de Santa Cruz S.A., conforme lo establecido por la Ley Nº 2409;
Que en ese contexto normativo ambas partes han individualizado los bienes inmuebles que se transferirían a su favor, es decir a aquellos que ingresarían al ámbito provincial y los que serían transferidos a favor de la nueva entidad bancaria;
Que a tales efectos ese Banco a fojas 24/25 elevó a es te Poder Ejecut ivo Provincial una nómina de inmuebles que presuntamente serían de propiedad de esa entidad bancaria;
Que elevadas las presentes actuaciones a esta área
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4531 DE 16 PAGINAS

RIO GALLEGOS , 13 de S eptiembre de 2011.-

legal, se requirió mediante Nota Nº 1321/01 al Registro de la Propiedad Inmueble los respectivos informes de dominio, los cuales fueron remitidos mediante Nota DPRP-Nº 207/01 de fojas 31/32, glosándolos a fojas 33/129;
Que del estudio de los mismos, esta área advirtió que no todos los inmuebles fueron correct amente identificados catastralmente, motivo por el cual se elevaron los presentes al M inisterio de Economía y Obras Públicas, con el fin que se glose la documentación respaldatoria de los bienes inmuebles objeto del traspaso dominial aludido;
Que devueltas las actuaciones, previa intervención de la Unidad de Control de la Cartera del Ente Residual, quien alega no contar con dicha documentación dominial, toma intervención nuevamente esta área legal, quien confecciona el respectivo Proyecto de Decreto , realizando dos Anexos, distinguiendo en el primero de los bienes inmuebles a inscribir a favor del Est ado Provincial; y en el segundo aquellos a favor del Banco Santa Cruz S.A. advirtiéndose que en el Item 19 se encuentra consignado el inmueble de autos, de modo expreso lo siguiente: Vivienda del Tesoro J.M. Estrada Nº 948-Pte. Illia C7
Manzana Nº 67 S olar a-2. fs. 138;
Que sin perjuicio de ello, y a tenor de la intervención de la Escribanía M ayor de Gobierno a fojas 139/
143, reconfeccionó los Anexos aludidos modificándolos, conforme los Informes de Dominio existentes en autos, consignando en el Anexo II Item 15, lo siguiente: LAS HERAS J.M Estrada Nº 948
Vivienda del Tesorero S olar e S ubdivisión E-3, de la Manzana 36 S uperficie 375,00 mts 2, fojas 143;
Que tales Anexos fueron elevados nuevamente por la Escribanía M ayor de Gobierno al Ministerio de Economía y Obras Públicas, manifestándole que previa verificación de títulos, advirtió que las nomenclaturas catastrales no estaban correctamente signadas;
Que a posteriori y conforme la intervención de ese Organismo Registral, se dictó el Decreto Nº 2187/01, estableciéndose los inmuebles a transferir conforme los Anexos obrantes a fojas 139/143 ut supra indicados;
Que en cons ecuencia el Banco Sant a Cruz S.A.
alega que dicho Decreto adolece de un error material, debiéndose haber consignado en el mismo la nomenclatura catastral que obraba a fojas 138;
Que en ese orden de ideas, este Poder Ejecutivo Provincial expresó su voluntad mediante el Decreto Nº 694 de fecha 9 de abril del corriente año, rectificando el anterior instrumento legal;
Que sin perjuicio de ello, toma intervención de comp etencia el Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda, quien alega ser el único titular dominial del inmueble puesto es crisis, a tenor del Informe de Dominio que acompañó, el cual surge que se encuentra inscripto a su nombre bajo la M atrícula Nº 13659, conforme surge a fojas 178;
Que teniendo a la vista el Expediente IDUV-Nº 1405/09, se advierte la presentación paralela efectuada por el Banco Santa Cruz S.A., por ante el IDUV, con fecha 7 de abril de 2009, hecho éste, que motivó que ese Organismo le adjudicara en venta el inmueble de autos, bajo la Resolución Nº 1549 de fecha 19 de mayo de 2009, siendo esta modificada por Resolución Nº 1526/10, por cuanto se advirtió un error en la nomenclatura catastral del mismo;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/9/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha13/09/2011

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1654

Primera edición19/02/2002

Ultima edición21/03/2023

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