Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 2/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 189

Miércoles, 02 de octubre de 2019

Pág. 13350

para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente no haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d Estar en posesión de cualquier titulación de Grado o Licenciado universitario.
2.2. El personal en situación administrativa de excedencia voluntaria, podrá participar en la presente convocatoria siempre que cumpla con los requisitos exigidos en la Ley.
Tercera.-Presentación de solicitudes y documentación.
3.1. Los interesados dirigirán las solicitudes al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Jaén, las cuales habrán de presentarse en impreso normalizado al efecto incluido en el Anexo II, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil, y se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Jaén o por los medios previstos en el artículo 16.4 en relación con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta y Disposición Final Séptima de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.2. A la solicitud de participación se acompañará curriculum vitae con acreditación de los conocimientos específicos, experiencia profesional y méritos, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno conforme a las presentes bases.
3.3. Para la acreditación de los servicios prestados en la Administración pública deberá aportarse la correspondiente certificación expedida por el organismo correspondiente o copia compulsada del correspondiente contrato de trabajo. A efectos de acreditar los servicios prestados en la empresa privada podrá presentarse certificado de la vida laboral expedido por el INSS. En el caso de servicios prestados por cuenta propia, podrá aportarse documentación acreditativa de alta en actividades económicas y en el régimen especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad correspondiente.
La justificación documental aportada junto al curriculum se realizará mediante fotocopias, sin perjuicio de que las personas seleccionadas deban presentar los originales para su cotejo antes de su nombramiento o contratación.
3.4. En caso de participantes que ostenten la condición de empleado público de la Diputación Provincial de Jaén y sus Organismos Autónomos, se adjuntarán de oficio por esta Administración los datos que obren en su expediente relativos a la condición de Funcionario de Carrera, Grupo de Clasificación, titulación y puestos desempeñados que consten en su expediente personal, así como aquellos otros datos o documentación que a solicitud del participante expresada en su instancia obren en poder de esta Administración.
Cuarta.-Desarrollo de la Convocatoria 4.1.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Presidente o Diputado/a que tenga las competencias delegadas, dictará Resolución con la lista de admitidos y excluidos,

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 2/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha02/10/2019

Nro. de páginas53

Nro. de ediciones5625

Primera edición02/01/2003

Ultima edición03/06/2024

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