Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/7/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

49 de la ciudad de Gualeguaychú, convienen constituir una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
Primero: La sociedad se denomina ARQUITECTURA E INGENIERIA METALICA S.R.L., y tiene su domicilio legal en la ciudad de Gualeguaychú.
Segundo: La duración de la sociedad es de 50 años.
Tercero: la sociedad tiene por objeto realizar, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades:
Construcción: Estudiar, planificar, proyectar, asesorar o ejecutar obras de urbanización, arquitectónica, industriales, rutas, caminos, calles, veredas, embalses, canales, drenajes, túneles, perforaciones, estructuras de todo tipo, edificios, instalaciones industriales, planes de viviendas colectivas, departamentos y casas, trabajos de mensura o releva miento topográfico, y en general, toda clase de obras públicas y privadas.
Comerciales: mediante la compraventa, alquiler, representación, importación, exportación, consignación, o permuta de materiales, herramientas, insumos y maquinarias relacionadas con la construcción.
Transporte: mediante la prestación de servicios de transporte de cargas, mercaderías, fletes y acarreos, utilizando vehículos propios o de terceros.
Cuarto: el capital social se fija en la suma de pesos seiscientos mil $ 600.000 dividido en trescientas cuotas de pesos dos mil $ 2.000
de valor nominal cada una, totalmente suscriptas por cada uno de los socios; de acuerdo al siguiente detalle: sesenta cuotas, equivalentes a ciento veinte mil pesos $ 120.000 por la Sra. María Fabiana Gautos y, doscientos cuarenta cuotas, equivalentes a cuatrocientos ochenta mil pesos $ 480.000 por la Sra. Miriam Angélica Cadenas.
Los socios integran en efectivo en este acto el veinticinco por ciento 25% del capital suscripto, es decir la suma de pesos ciento cincuenta mil $ 150.000.
Quinto: Se establece que el capital se podrá incrementar, cuando se estime procedente.
Sexto: la administración, representación legal y uso de la firma social estarán a cargo de uno o más gerentes en forma individual e indistinta, socios o no; por el término de, 2 ejercicios, pudiendo ser reelegidos.
Séptimo: Las resoluciones sociales se adoptarán según lo determinado por el artículo 159 de la Ley General de Sociedades rigiendo las mayorías previstas en el artículo 160 de la misma Ley. Toda comunicación o citación a los socios se sujetará a lo establecido en el último párrafo del artículo 159 de la Ley General de Sociedades.
Cada cuota da derecho a un voto.
Octavo: Retiro de un socio-cesión de cuotas sociales: El socio que desee retirarse de la sociedad deberá ponerlo en conocimiento de sus consocios por telegrama colacionado o en forma fehaciente con una antelación no menor de treinta días.
Noveno: En caso de fallecimiento, declaración de incapacidad o desaparición con presunción de fallecimiento de alguno de los socios, los socios supérstites podrán optar por continuar con el giro de los negocios con los derecho habientes del causante, los que podrán unificar su representación.
Décimo: El ejercicio contable de la sociedad,cierra el 31 de diciembre de cada año.
Décimo primero: de las utilidades liquidas y realizadas se destinará:
a el 5% al fondo de reserva legal, hasta alcanzar el 20% del capital social; b el importe que se establezca para retribución del/los gerente/s y c el remanente, previa deducción de cualquier otra reserva que los socios dispusieran constituir, se distribuirá entre éstos en proporción al capital integrado.
Décimo segundo: disuelta la sociedad por cualquiera de las causales previstas en la Ley General de Sociedades, la liquidación será practicada por el gerente o por la persona que designen los socios.
Décimo tercero: Disposiciones Supletorias: En todo aquello que no esté previsto en éste contrato, se aplicarán supletoriamente las disposiciones de la Ley General de Sociedades Comerciales y sus modificatorias y/o ampliaciones, como asimismo las prescripciones del Código Civil relacionadas con la materia.
Clausula transitoria: En este acto los socios acuerdan: a establecer la sede social en calle Del Inmigrante Nº 49 de la ciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos; b designar gerente a la señora Miriam Angélica Cadenas; c autorizar al Cr. Nicolás Elías Zonis para tramitar la inscripción del presente contrato en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de Entre Ríos.
De conformidad se firman tres 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fechas antes indicados, previa e íntegra lectura y ratificación.
Registro Público DIPJ - Paraná, 4 de junio de 2019 José María Raiteri, abogado inspector DIPJER.
F.C. 04-00003191 1 v./29.7.19

Paraná, lunes 29 de julio de 2019

SUMARIO
DECRETOS
Gobernación Año 2019
938, 939, 940, 941, 967, 968, 969, 970, 971, 972, 973, 974, 975
Ministerio de Gobierno y Justicia 622, 623, 624, 625, 626, 627, 628, 629, 630, 631, 632, 772, 773, 774, 775, 776, 777
RESOLUCIONES
Unidad Ejecutora Provincial Año 2017
001, 002, 003, 004, 005, 006, 007, 008, 009, 010, 011, 012, 013, 014, 015, 016, 017, 018, 019, 020, 021, 022, 023, 024, 025, 026, 027, 028, 029, 030, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 040, 041, 042, 043, 044, 045, 046, 047, 048, 049, 050
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 8.30 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
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Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/7/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha29/07/2019

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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