Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/7/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 23 de julio de 2019

BOLETIN OFICIAL

de resolución de conflictos, especialmente a través de la mediación, negociación, conciliación, facilitación y arbitraje; entiendo oportuno y equitativo en el marco de este proceso intentar arribar a un acuerdo toda vez que representaría una adecuada composición de intereses que preserve el patrimonio estatal y evite la asunción de mayores gastos, para lo cual esta Fiscalía de Estado interesa su autorización;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébese el convenio de pago celebrado por la Fiscalía de Estado conforme lo prevé el artículo 4º de la Ley Nº 7.296 con la empresa Numpaya SAU, en el marco de la demanda judicial Numpaya SAU c/ Líneas Aéreas Entre Ríos S.E. y otro s/ Cobro de pesos Expediente Nº 16003", en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, a cargo de la doctora Silvina Rufanacht, Secretaría Nº 6 de la ciudad de Paraná.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y pasen Ias actuaciones a la Fiscalía de Estado, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 652 GOB
DECLARANDO ABSTRACTO RECURSO
Paraná, 3 de abril de 2019
VISTO:
Las actuaciones de referencia mediante las cuales el señor Carlos César Campodónico, por derecho propio interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo es incoado en razón del retardo en movilizarse un trámite gestionado mediante las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 2033651;
Que según surge de la consulta en el sistema informático de seguimiento de expedientes, dichos actuados se localizaban al momento de interposición del recurso desde el 25.3.19 en la Mesa de Entradas, Seguimiento de Trámites y Archivo del Consejo General de Educación;
Que el 27.3.19 el expediente fue remitido a la Dirección de Educación de Gestión Privada del Consejo General de Educación, habiendo cesado la mora que motivara la presentación del presente remedio recursivo;
Que el recurso de queja tiene por objeto que la propia Administración remueva o destrabe la morosidad o retardo injustificado en la tramitación de un expediente, en tanto ello afecta determinados principios y garantías que gobiernan el procedimiento administrativo;
Que en virtud de que el expediente se ha movilizado no registrando mora del órgano donde se encuentra conforme los plazos previstos en la Ley Nº 7.060, corresponde declarar abstracto el medio recursivo incoado;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 174º de la Constitución Provincial y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 72º al 74º de la Ley Nº 7.060;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Declárase abstracto el recurso de queja interpuesto por el señor Carlos César Campodónico, M.I. Nº 16.107.671, con domicilio en calle Profesor Carminio Nº 192, de esta ciudad, de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación, a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 2.592/16 GOB.
Art. 3º Con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificación a la recurrente. Publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 653 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 3 de abril de 2019
VISTO:
Las actuaciones de referencia mediante las cuales la abogada Carolina Fischbach, apoderada legal del señor Oscar Mazzo interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo es incoado en razón del retardo en movilizarse un trámite gestionado mediante las actuaciones caratuladas con el Número Único de la Caja: 27228O;
Que según surge de la consulta en el sistema informático de seguimiento de expedientes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, dichos actuados se encuentran en el Área de Despacho de la referida repartición, desde el 18.10.18, encontrándose vencido el plazo de tres 3 días previsto para su tramitación, conforme lo dispuesto por el artículo 35º de la Ley Nº 7.060;

3

Que el recurso de queja tiene por objeto que la propia Administración remueva o destrabe la morosidad o retardo injustificado en la tramitación de un expediente, en tanto ello afecta determinados principios y garantías que gobiernan el procedimiento administrativo;
Que en virtud de lo expuesto corresponde hacer lugar al recurso interpuesto e intimar al organismo moroso a imprimir el trámite pertinente a las actuaciones caratuladas con el Número Único de la Caja: 272280;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 174º de la Constitución Provincial y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 72º al 74º de la Ley Nº 7.060;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la abogada Carolina Fischbach, apoderada legal del señor Oscar Mallo, M.I. Nº 12.701.176, con domicilio legal en Avenida Alameda de la Federación Nº 621, de esta ciudad, por mora en la tramitación de las actuaciones caratuladas con el Número Único de la Caja:
272280, y en consecuencia intímase al referido organismo a efectos de imprimir al expediente citado el trámite pertinente dentro de los diez 10 días hábiles de notificado el presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación, a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 2.592/16 GOB.
Art. 3º Con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificación al recurrente. Cumplido, pase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia. Publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 654 GOB
ADSCRIBIENDO A AGENTE
Paraná, 3 de abril de 2019
VISTO:
La gestión iniciada por la señora directora de la Escuela Privada de Recuperación e Integración Nº 207 Juana Teresa Crombeen de esta ciudad; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la adscripción de la señora Romina Valeria Bello, agente de la planta permanente de la Gobernación, al citado establecimiento educativo, a partir de 14 de febrero de 2019 y por el término de un 1 año;
Que la señora directora basa su pedido en la necesidad de continuar con la colaboración profesional de la agente en cuestión por el importante rol que cumple la trabajadora social, velando por el respeto de los derechos de los menores en el contexto social que los rodea;
Que obra en autos autorización de la presidenta del Consejo General de Educación y del Secretario General de la Gobernación para la continuidad del trámite de adscripción de la señora Bello;
Que en virtud de lo expuesto, el titular de este Poder Ejecutivo estima pertinente acceder a lo solicitado;
Que la presente gestión encuadra en las disposiciones de los artículos 39º y 42º de la Ley 9.755, modificada por la Ley 9.811, y los incisos 1º y 2º del artículo 6º de la Ley Nº 10.171 y su modificatoria Ley Nº 10.334;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Adscríbase a la señora Romina Valeria Bello, M.I. Nº 26.37.626, Legajo Nº 169.810, agente de la planta permanente de la Gobernación a la Escuela Privada de Recuperación e Integración Nº 207 Juana Teresa Crombeen de esta ciudad, a partir del 14 de febrero de 2019 y por el término de un 1 año, de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 2º Dispónese que la Escuela Privada de Recuperación e Integración Nº 207 Juana Teresa Crombeen comunicará mensualmente a la Gobernación las inasistencias en que incurriera y las licencias que hiciera uso la agente Bello.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación, a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto 2.592/16 GOB.
Art. 4º Con copia del presente remítase a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificación a la agente Bello, al Consejo General de Educación, a la Gobernación y a la Dirección General de Recursos Humanos. Publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 655 GOB
REVOCANDO DECRETOS
Paraná, 3 de abril de 2019
VISTO:
La Ley Nº 10.059; y

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/7/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha23/07/2019

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2019>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031