Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/11/2015

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Nº 25.810 - 203/15

PARANA, miércoles 4 de noviembre de 2015

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría de Coordinación de Gabinete
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE PRODUCCION
DECRETO Nº 1253 MP
Paraná, 11 de mayo de 2015
Ratificando la gestión iniciada por la Secretaría de Relaciones Institucionales del Ministerio de Producción, para el alquiler de 1 carpa estructural de 10 x 16 metros con flete incluido para la participación institucional del Ministerio de Producción, en la 18 Expo Maciá 2013, y reconociendo la Factura Nº 0003-00000261
por la suma de $ 19.400, a favor de la firma Eventos Paraná emitida de conformidad a las normas legales y tributarias vigentes.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción, previa emisión del respectivo libramiento de fondos con cargo a la Tesorería General de la Provincia, a efectivizar el pago de las factura reconocida de acuerdo a las normas legales y tributarias vigentes con cargo a dicho organismo de su oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, mediante la inclusión del recibo firmado de conformidad por el beneficiario en el Legajo de Caja de Tesorería correspondiente a la fecha de pago.
DECRETO Nº 1266 MP
MODIFICANDO ARTICULO
Paraná, 11 de mayo de 2015
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales la Cámara de Exportadores de Citrus del Noreste Argentino CECNEA solicita la revisión del Decreto N 5125/14 MP; y CONSIDERANDO:
Que por intermedio de dicha norma legal se
E D ICION: 18 Págs. - $ 5,00

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Cr. D. Hugo Alberto Ballay
otorgó un aporte no reintegrable a las empresas de empaque asociadas a CECNEA por el importe total de pesos doce millones quinientos diez mil ciento setenta y nueve $
12.510.179, con el objeto de cancelar hasta dicha suma el saldo de capital e intereses de los créditos oportunamente otorgados a través del Fondo de Inversiones de Entre Ríos FINVER en el marco del Programa de Exportación a la Unión Europea, instrumentados por el Decreto N 9193/05 GOB, sus sucesivas prórrogas y ampliaciones, unificados mediante el Decreto Nº 3922/2013 MEHF, devengados y exigibles al 31 de octubre de 2014; y Que la vigencia de tal beneficio se condicionó a que las empresas involucradas se comprometieran formalmente a cumplimentar en plazos perentorios a contar desde el dictado del Decreto N 5125/14 MP, los requisitos establecidos en su artículo 4º, incisos a, b, c y d referidos al sostenimiento de los puestos de trabajo que las firmas tenían en el año 2013, por un lapso mínimo de dos 2 años, al mantenimiento de un nivel de actividad equivalente al alcanzado a dicha fecha por al menos dos 2 años, al compromiso de inversión en el complejo citrícola de exportación por un monto equivalente al aporte asignado por dicho decreto, en lapso no superior a cinco 5 años y la rendición al Tribunal de Cuentas de los gastos efectuados con los recursos provenientes de los créditos otorgados oportunamente, según el objeto y el alcance dispuesto por los decretos respectivos, en un plazo no superior a los tres 3 meses de la firma del decreto antes mencionado, respectivamente; y Que ante la situación sobreviniente de la crisis de la citricultura de exportación, las empresas nucleadas en CECNEA manifiestan la dificultad para cumplimentar los incisos a y b
del citado artículo, manteniendo la voluntad de cumplimiento del resto de los requisitos; y Que es intención del Poder Ejecutivo Provincial apoyar a las empresas entrerrianas que agregan valor y generan empleo en el espacio provincial, en particular ante situaciones de crisis sectorial; y Que se estima razonable modificar el artículo 4del Decreto Nº 5125/14 MP, a los efectos de ajustar su redacción a la coyuntura actual de la citricultura de exportación por cuanto se han configurado hechos imprevisibles, de fuerza mayor, que impiden cumplir a las empresas beneficiarias los compromisos contraídos con anterioridad a los mismos; y Que han tomado intervención de competencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción y la Contaduría General de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el artículo 4 del Decreto Nº 5125/14 MP, el cual quedará redactado de la siguiente forma: Establécese que lo dispuesto en el artículo 2 tendrá vigencia en tanto las empresas integrantes de CECNEA
se comprometan formalmente a cumplimentar los siguientes requisitos: a el compromiso de inversión en el complejo citrícola de exportación por un monto equivalente al aporte asignado por la presente norma legal, en un lapso no superior a los cinco 5 años desde la fecha de esta norma; y b la rendición al Tribunal de Cuentas de los gastos efectuados con los recursos provenientes de los créditos otorgados oportunamente, según el objeto y el alcance dispuesto por los decretos respectivos, en un plazo no superior a los tres 3 meses de la firma de los convenios de ejecución del pre-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/11/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha04/11/2015

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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