Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/1/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PARANA, miércoles 16 de enero de 2008 - Nº 23.944 - 011/08
SUMARIO
LEYES
Año 2007
9824, 9825, 9826, 9827
DECRETOS
Gobernación 2733, 2734, 2735, 2736, 2737, 2738, 2739, 2740, 2741, 2787, 2788, 2789, 2790, 2791, 2796, 2797, 2798, 2799, 2800, 2801, 2802, 2803, 2804, 2805, 2838, 2839, 2841, 2843, 2844, 2845, 2846
Unidad Ejecutora Provincial 241, 242, 243, 244
LEYES
- LEY Nº 9824
- La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de - LEY:
- CREACIÓN DEL COLEGIO PROFESIONAL DE PROTÉSICOS DENTALES
DE ENTRE RÍOS
- TÍTULO I
- CAPITULO I
- CREACIÓN
Art. 1º - Créase el Colegio Profesional de Protésicos Dentales de la Provincia de Entre Ríos, con capacidad para actuar como persona de derecho público, no estatal, con domicilio legal en la ciudad de Paraná, pudiendo crearse delegaciones en el interior.
Art. 2º - Se denominará Protésicos Dentales a aquellos profesionales que obtengan la matrícula y ostenten títulos de: Protesistas Dentales, Mecánicos Dentales y Técnicos en Prótesis Dentales.
El Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Entre Ríos tendrá a su cargo el gobierno de la matrícula, las facultades disciplinarias sobre sus matriculados y todas las cuestiones relativas al ejercicio de la profesión de Protésicos Dentales.
Art. 3º - El Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Entre Ríos tendrá las siguientes facultades:
1. Dictar el Código de Ética.
2. Otorgar las matrículas habilitantes para el ejercicio de la profesión.
3. Fijar los derechos de inscripción o reinscripción de la matrícula; las cuotas que deberán abonar los colegiados y sus eventuales accesorios, como asimismo cualquier otro derecho que se establezca para los matriculados.
4. Recibir Juramento Profesional.
5. Vigilar el cumplimiento de la Ley que regula el ejercicio de la profesión y denunciar el ejercicio ilegal de la misma.
6. Sugerir la aplicación de los aranceles inherentes a la profesión, los que se regirán por el sistema de cobro directo y administrar sus recursos. Fijar el presupuesto anual de ingresos y egresos, exponiendo los informes correspondientes en la Asamblea General Ordinaria Anual.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/1/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha16/01/2008

Nro. de páginas61

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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