Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/08/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 09 de Agosto de 2018

BOLETIN OFICIAL N 5694

109.329/EDU/12, el valor a reconocer asciende a la suma de Pesos Quinientos Treinta y Cuatro Mil Ochocientos Veinticinco con 64/100
$534.825,64;
Tercera La Contratista AGUAS CONSTRUCTORAS S.R.L. CUIT 3064686132-9, representada por el Sr. Manuel A. Rodríguez deja expresa constancia, de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 del Decreto N 1313/
14, que renuncia expresamente a todo derecho, acción o reclamo que hubiera interpuesto y/o pudiese anteponer en el futuro, fundado en la causa que motiva la presente norma.
Previa lectura y de conformidad, se firman tres ejempares de un mismo tenor y a un solo efecto.oOo DECRETO Nº 728
Viedma, 25 de Junio de 2018.
Visto: El Expediente N 95.833/EDU/15, del registro del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente N 147.792/EDU/12 se tramitó la ejecución de la obra S/Puesta en Funcionamiento de Calefacción en la Localidad de San Carlos de Bariloche.Que en el año 2.002 se sancionó la Ley H N 3.623 por medio de la cual la Provincia de Río Negro adhirió a los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Nacional N 25.561;
Que los cambios por entonces acaecidos produjeron una modificación sustancial en los costos de los materiales, así como también desabastecimiento y modificación en las condiciones de venta, motivo por el cual el Poder Ejecutivo Provincial dictó el Decreto N 686/02, que reconoce estas alteraciones al igual que la Nación a través del Decreto N 1.295/
02;
Que la obra indicada en el primer considerando se adjudicó a la empresa Linea Sur Construcciones CUIT 30-70997177-4 por Resolución N 919/
13 de la fecha 25/06/13, por la suma de Pesos Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos con 00/100 $ 556.200,00; se incluye en la redeterminación de precios la ampliación de contrato por Resolución N 224/1 14 de fecha 17/09/2014 por la suma de Pesos Seiscientos Sesenta y Siete Mil Cuatrocientos Cuarenta 00/100 $ 667.440,00, contemplado por la Ley de Obras Públicas N 286 en su Artículo 35.Que el Pliego de Bases y Condiciones licitatorias, en las Cláusulas Legales Particulares, Apartado 20, y el Artículo 3 del Contrato de Obra Pública prevén la redeterminación de los precios contractuales;
Que la Ley N 5.019, declara la emergencia de la obra pública en la Provincia de Rio Negro, disponiendo en su Artículo 3 la aplicación retroactiva del régimen de redeterminación;
Que el Decreto 1313/2.014, fijó una nueva metodología de redeterminación de precios de los contratos de obra pública celebrados bajos el régimen de la Ley J N 286;
Que la redeterminación de valores de contrato de obra realizada a la norma precedentemente enunciada, importa la suma de Pesos Trescientos Treinta y Cuatro Mil Ciento Cuarenta y Tres con 93/100 $ 334.143,93
Que fs. 04, consta planilla de redeterminación de precios, de la liquidación que actualiza los Certificados N 1 al 12, presentado por la empresa y verificados a fs. 71 por el Coordinador de Mantenimiento Escolar del Ministerio de Educación y Derechos Humanos;
Que de fs. 77/78 el Consejo de Obras Públicas no formula objeciones, a la metodología empleada para la redeterminación de Precios, según la Ley N
5.019;
Que se ha efectuado la reserva correspondiente conforme a lo establecido en el Artículo 31 de la Ley H 3.186, debiendo registrarse el compromiso conforme lo dispuesto en la mencionada normativa;
Que han tomado debida intervención del Área de Asuntos Legales, el Consejo de Obras Públicas y la Contaduría General;
Que las actuaciones se encuentran exentas de intervención de la Fiscalía de Estado, conforme lo establecido en el artículo 1 inciso m de la Resolución N 076/14 y su modificatoria;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 181 , Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Aprobar la metodología aplicada en la redeterminación de precios de Contrato de Obra Pública tramitada mediante Exp. N 147.792EDU-12: S/Puesta en Funcionamiento de Calefacción en la Localidad de San Carlos de Bariloche, realizada de acuerdo a la Ley N 5.019.-

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Art. 2.- Aprobar el importe de Pesos Trescientos Treinta y Cuatro Mil Ciento Cuarenta y Tres con 93/100 $ 334.143,93; importe total de la redeterminación del valor del contrato de obra, a favor de la empresa Línea Sur Construcciones S.R.L. CULT 30-70997177-4.Art. 3.- Aprobar el Acta Acuerdo de redeterminación de precios de contrato de obra, que como Anexo I, forma parte del presente Decreto.Art. 4.- Comprometer, el gasto que refiere el Artículo 1 a la Jurisdicción 45, Programa 25, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 04, Partida 331, Fuente Financiamiento 34616.Art. 5.- Una vez devengado el gasto y la presentación de la factura, ordenar el pago correspondiente abonándose por la Tesorería del Ministerio de Educación y Derechos Humanos con cargo a la Cuenta Corriente N
900002158.Art. 6.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Educación y Derechos Humanos, de Obras y Servicios Públicos, y de Economía.Art. 7.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dese al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK. M. E. Silva. C. Váleri.

ANEXO I
ACTA DE REDETERMINACION DE PRECIOS
En la ciudad de Viedma, capital de la provincia de Río Negro, a los diez 10 días del mes de octubre del 2.017, se reúnen la Sra. Ministra de Educación y Derechos Humanos Licenciada Mónica Esther Silva en representación del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, por una parte, y por otra el Sr. Eduardo Palieres, en representación de la firma, Linea Sur Construcciones CUIT 30-70997177-4, para suscribir el presente Acta de Redeterminación de Precios, que como Anexo I formara parte del expediente N 95.833/EDU/15, de conformidad a las siguientes cláusulas:
Primera Las Partes, aceptan respetar lo dispuesto por el Decreto Provincial N
140/14 y su metodología de aplicación de acuerdo a la Ley Provincial N
5.019 para la Redeterminacion de los Precios de los Contratos, en la obra denominada S/Puesta en Funcionamiento de Calefacción en la Localidad de San Carlos de Bariloche. Siendo está tratado en el expediente N 95.833/
EDU/15 cuenta con la consideración y posterior dictamen favorable al Ministerio de Obras y Servicios Públicos.Segunda Las Partes acuerdan que aplicado el procedimiento descrito en el informe de Redeterminación de Precios, sobre S/Puesta en Funcionamiento de Calefacción en la Localidad de San Carlos de Bariloche Exp. 147.792/
EDU/12, el valor a reconocer asciende a la suma de Pesos Trescientos Treinta y Cuatro Mil Ciento Cuarenta y Tres con 93/100 $334.143,93;
Tercera La Contratista Línea Sur Construcciones CUIT 30-70997177-4, representada por el Sr. Eduardo Palleres deja expresa constancia, de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 del Decreto N 1313/14, que renuncia expresamente a todo derecho, acción o reclamo que hubiera interpuesto y/
o pudiese anteponer en el futuro, fundado en la causa que motiva la presente norma.
Previa lectura y de conformidad, se firman tres ejemplares y a un solo efecto.oOo DECRETO Nº 729
Viedma, 25 de Junio de 2018.
Visto: El Expediente N 95.841-EDU-15, del registro del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente N 147.790-EDU-12 se tramitó la ejecución de la obra S/Puesta en Funcionamiento y Mantenimiento de Calefacción de General Roca Año 2.013";
Que en el año 2.002 se sancionó la Ley H N 3.623 por medio de la cual la Provincia de Río Negro adhirió a los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Nacional N 25.561;
Que los cambios por entonces acaecidos produjeron una modificación sustancial en los costos de los materiales, así como también desabastecimiento y modificación en las condiciones de venta, motivo por el cual el Poder Ejecutivo Provincial dictó el Decreto N 686/02, que reconoce estas alteraciones al igual que la Nación a través del Decreto N 1.295/02;
Que la obra indicada en el primer considerando fue adjudicada a la empresa Av. Empresa Inmobiliaria Serv. y Construcciones Civiles CUIT 2011680630-5 por su decreto N 900/13 de la fecha 17/06/13, por la suma de Pesos Trescientos Ochenta Mil con 00/100 $380.000,00;

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5694.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/08/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha09/08/2018

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones1910

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/04/2024

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