Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/12/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

extender las prestaciones hasta el mes de diciembre del corriente año, de modo que la gestión entrante decida la continuidad del mismo. Que como parte del Programa, el Municipio se compromete a abonar Viáticos que permitan afrontar los gastos de alojamiento, alimentos y transporte por el termino del programabeca, por lo que debe extenderse el pago de tales gastos hasta el mes de diciembre inclusive.- Dicho monto debe incrementarse en relación al acordado oportunamente, en razón del aumento general de los bienes y servicios producido en el periodo. Que existen recursos para ser afectados a las erogaciones que ello genera, previstos en el Presupuesto de Gastos y Recursos vigente.
Que es facultad del Ejecutivo Municipal conforme Ordenanza 042/2009
y decreto reglamentario.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA CURA BROCHERO EN USO
DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA
Articulo Nº 1: DISPONGASE abonar al Dr. Juan Alberto Sastre, en su carácter de Becario designado por el Programa de Médicos Becarios, quien presta servicios médicos al Dispensario de Villa Cura Brochero, en concepto de viáticos a cargo del Municipio de Villa Cura Brochero, en el marco del Programa mencionado, el cual ha sido prorrogado por el Ministerio de Salud del Gobierno de la Provincia de Córdoba, el monto de Pesos Cinco Mil Doscientos $5.200.00 mensuales, a partir del mes de octubre de 2019 y hasta el mes de diciembre inclusive del año 2019. Articulo Nº 2: Impútese la erogación ocasionada por el Articulo Nº 2
del presente, a la partida 1.1.3.35 Otros de servicios, del Presupuesto de Gastos y Recursos vigente.-

AÑO CV - TOMO DCLX - Nº 230
CORDOBA, R.A. JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA CURA BROCHERO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA
Articulo Nº 1: ACEPTAR la Donación con cargo efectuada a la Municipalidad de Villa Cura Brochero, por los Sres. Aguirre Miguel Ángel, DNI
14.290.320, Aguirre Daniel Horacio, DNI 16.157.510 y Aguirre Sergio Andrés, DNI 16.907.445, de una fracción con superficie de 10.989 mts, con destino a calle Publica y dos inmuebles de 600 mts2 cada uno, destinados a espacio verde, identificados como Lote 18 y 19. La superficie total donada asciende a 12.189 mts2. y forma parte de un inmueble mayor, ubicado en el sector denominado Potrero de las Barrancas, ubicado en la localidad de Villa Cura Brochero, lindando conforme Escritura Numero Nueve de fecha 10 de marzo de 1950, al Sur con Sucesión de Ramón Dura, Sucesión de Florencio Aguirre, Fanny C.L. de Goldenhesch y Río Los Sauces; al Oeste con Calle Publica; al Norte con Señores Allende y al Este con Calle Publica, todo en la localidad de Villa Cura Brochero, Pedanía Transito, Departamento San Alberto, Provincia de Córdoba. Articulo Nº 2: DISPONER la suscripción de la documentación y/o inicio de los trámites necesarios para la inscripción de Dominio Público del inmueble donado y uso publico en la calidad donada. Articulo Nº 3: Refrenda el Sr. Secretario de Gobierno, Claudio Gustavo Charras. Articulo Nº 4: COMUNIQUESE, DESE COPIA, CUMPLIDO, ARCHIVESE.Suscriben el Sr. Intendente Municipal, Luis Gustavo Pedernera y Sr. Secretario de Gobierno, Claudio Gustavo Charras.-

Articulo Nº 3: Refrenda este acto el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda, Sr. Claudio Gustavo Charras. Articulo Nº 4: COMUNIQUESE, DESE COPIA, CUMPLIDO, ARCHIVESE.
Suscriben el Sr. Intendente Municipal, Luis Gustavo Pedernera y el Sr. Secretario de Gobienro y Hacienda, Claudio Charras.-

1 día - Nº 243053 - s/c - 05/12/2019 - BOE

DECRETO Nº 670/2019
PROMULGA ORDENANZA Nº 265/2019
Villa Cura Brochero, 25 de octubre de 2019.-

1 día - Nº 243050 - s/c - 05/12/2019 - BOE

DECRETO 658/2019
Villa Cura Brochero, 18 de octubre de 2019.VISTO: La sanción de la Ordenanza 262/2019, promulgada mediante Decreto 637/2019.Y CONSIDERANDO:

Que mediante la misma se Autoriza al Departamento Ejecutivo a aceptar la Donación con cargo, efectuada por los Sres. Miguel Angel Aguirre, Daniel Horacio Aguirre y Sergio Andres Aguirre, de tres superficies de las cuales una es destinada a calle publica y dos a espacios verdes. Que a los fines de perfeccionar la Donación, el Departamento Ejecutivo debe proceder a su aceptación, en los términos de la Autorización otorgada por el Concejo Deliberante, conforme Art. 30 inc. 19 de Ley 8102.Que por ello BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

VISTO: La sanción de la Ordenanza Nº 265/2019 por el Concejo Deliberante de Villa Cura Brochero, con fecha 9 de octubre de 2019, elevada al Ejecutivo Municipal con fecha 24 de octubre de 2019.Y CONSIDERANDO:
Que es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal la promulgación de Ordenanzas conforme Art. 49 inc. 1 de Ley 8102 y modificatorias.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA CURA BROCHERO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA
Articulo Primero: PROMÚLGUESE la Ordenanza Nº 265/2019, por la que se modifica Ordenanza 242/2018, Art. 4 Presupuesto de Gastos y Recursos ejercicio 2019.
Articulo Segundo: Refrenda este Decreto el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda, Sr. Claudio Gustavo Charras.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/12/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha05/12/2019

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones1443

Primera edición31/07/2018

Ultima edición08/06/2024

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