Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/12/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLX - Nº 230
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
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a SECCION

MUNICIPALIDAD DE

VILLA GENERAL BELGRANO
ORDENANZA Nº 1977/19
VISTO: El pedido realizado por el Representante Legal de la Asociación Civil Tucu-Tucu Aurora Pedagogía Waldorf respecto a la necesidad de contar con avales para la tramitación de la adscripción precaria de la Escuela Aurora por ante el Ministerio de Educacion de la Provincia de Córdoba D.G.I.P.E.; y CONSIDERANDO:

Que es necesario apoyar y fortalecer la actividad educativa en el ámbito de nuestra localidad. Que el aumento constante de población dentro de nuestro Pueblo, demanda todos los años un aumento de la matricula educativa, tanto en Instituciones Educativas Publicas como también aquellas de gestión Privada.
Que el esfuerzo de las Asociaciones Civiles cuyo objeto principal es el fortalecimiento y fomento de la Educacion Inicial y Primaria debe ser acompañado, toda vez que complementa la oferta educativa pública. Que la Asociación Civil Tucu-Tucu Aurora Pedagogía Waldorf viene desarrollando su actividad de manera ininterrumpida desde hace mas de 15 años, contando actualmente con un matricula de más de 200 niños que asisten al Centro Educativo que la misma administra.

Que desde Agosto de 2014 dicha asociación viene realizando distintas gestiones en procura de contar con la adscripción precaria ante el Ministerio de Educación que ayude al normal funcionamiento del Centro Educativo Aurora.
Que dentro de los requisitos que la misma debe cumplir, se encuentra la necesidad de contar con un aval por el funcionamiento por el término de tres años.

Que dicho aval es exigido por la Ley 5326/72 en su art. 19 y de acuerdo a la Resolución Nº 5226/79 de D.I.P.E. como requisito necesario para otorgar la adscripción precaria.
Que es necesario autorizar al D.E.M. a efectos de que pueda emitir el decreto correspondiente y suscribir la documentación necesaria destinada a formalizar el aval que requiere la Institución Educativa solicitante, sin resignar sus debidas funciones de contralor en la defensa de los intereses colectivos de nuestra localidad.
Que por ello es necesario establecer requisitos de cumplimiento mínimo por parte de la Asociación Civil Tucu-Tucu Aurora Pedagogía Waldorf en su doble carácter de persona jurídica y propietaria de la Escuela Aurora como condición para el mantenimiento del aval.

Que en atención a ello y conforme lo prevé el art. 30 de la Ley Orgánica es que BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

SUMARIO
MUNICIPALIDAD DE VILLA GENERAL BELGRANO
Ordenanza N 1977/19 Pag. 01
Ordenanza N 1979/19 Pag. 02
MUNICIPALIDAD DE VILLA CURA BROCHERO
Decreto N 650/19 Pag. 02
Decreto N 658/19 Pag. 03
Decreto N 670/19 Pag. 03
Decreto N 671/19 Pag. 04
Decreto N 682/19 Pag. 04
Decreto N 684/19 Pag. 05
Decreto N 692/19 Pag. 06
Decreto N 693/19 Pag. 07
Decreto N 695/19 Pag. 07
MUNICIPALIDAD DE VILLA del rosario Ordenanza 1500-A-2019 Pag. 08
Ordenanza 1499-A-2019 Pag. 09

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE VILLA GENERAL BELGRANO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

Art. 1 AUTORICESE al D.E.M. a otorgar aval requerido por el art. 19
inc. C de la Ley Nº 5326/72 Resolución Nº 5226/79 D.I.P.E. por el termino de tres 3 años, a la Asociación Civil Tucu-Tucu Aurora Pedagogía Waldorf en su carácter de propietaria de la Escuela Aurora a fin de garantizar la solvencia económica requerida para el funcionamiento de la mencionada institucióneducativa ante el Ministerio de Educacion de la Provincia de Córdoba D.G.I.P.E. en el trámite de adscripción definitiva respecto al centro Educativo Aurora.
Art. 2º ESTABLESCASE como requisitos mínimos a cumplir por la Asociación Civil Tucu-Tucu Aurora Pedagogía Waldorf para el mantenimiento del aval correspondiente, los siguientes: a-Cumplimentar con las disposiciones que establezca la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas y demás disposiciones legales en cuanto a constitución y normal funcionamiento de la asociación civil; b-Contar con los seguros de responsabilidad civil en la forma y condiciones que establezca el D.E.M.;
c-Cumplir con cualquier otra disposición que establezca la reglamentación de la presente; d-Cumplir con toda disposición establecida por parte del Ministerio de Educación respecto a la institución educativa propiedad de la Asociación Civil Tucu-Tucu Aurora.
Art. 3º FACULTESE al D.E.M. a reglamentar la presente; suscribir las resoluciones administrativas correspondientes y la documentación ante el Ministerio de Educación de la Provincia de Cordoba que pueda ser necesaria a efecto de la autorización que antecede.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/12/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha05/12/2019

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones1427

Primera edición31/07/2018

Ultima edición14/05/2024

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