Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/09/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
COMUNA de
ARROYO DE LOS PATOS

LA COMISIÓN COMUNAL DE ARROYO DE LOS PATOS SANCIONA
CON FUERZA DE RESOLUCIÓN Nº022/2019:
Arroyo de Los Patos, de agosto de 2.019.CÓDIGO URBANO Y DE EDIFICACION
LIBRO I DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I APLICACIÓN Y ALCANCES
Artículo 1. Título y Alcances: Las disposiciones de este Código alcanzan y rigen todos aquellos asuntos relacionados directa o indirectamente con el uso del suelo, la construcción, alteración, demolición, remodelación e inspección de edificios, estructuras e instalaciones en general, móviles, fijas, permanentes o transitorias, mecánicas, eléctricas, electromecánicas, térmicas, de comunicaciones y de inflamables o parte de ellas, la apertura y modificación de vías públicas, el fraccionamiento de tierras, el englobamiento o unión de parcelas, los volúmenes edificables, el tejido urbano, la preservación de los ámbitos históricos, arquitectónicos y urbanístico-ambientales y con todos aquellos aspectos que tengan relación con el ordenamiento urbanístico del territorio de la localidad de Arroyo de Los Patos.
Lo dispuesto precedentemente debe considerarse como enunciativo y no debe interpretarse como limitación a la aplicación de estas normas a cualquier otro supuesto previsto en el mismo.
La presente norma debe ser interpretada teniendo en cuenta sus palabras, sus finalidades, las leyes análogas, los principios y los valores jurídicos, de modo coherente con todo el ordenamiento.
Artículo 2. Ámbito de Aplicación: Las disposiciones se aplicarán en todo el territorio de la localidad de Arroyo de Los Patos, y todo aquel que quede sujeto a competencia de ésta por convenios u otras disposiciones. Regirá por igual respecto las propiedades públicas o privadas, dentro o fuera del comercio. Artículo 3. Efectos: Este Código y sus modificaciones tienen el carácter de normas de orden público. Las convenciones particulares no pueden dejar sin efecto tales normas.
Artículo 4. Responsabilidad: Los particulares y los profesionales se encuentran obligados al cumplimiento de la presente resolución, siendo responsables solidariamente. Los profesionales en negocios inmobiliarios, agrimensores, constructores, consultores, ingenieros ambientales, químicos y todo aquel con competencia para determinar si las situaciones se ajustan al cumplimiento de esta normativa, deberán dar a conocer y cumplir la presente norma. Artículo 5. Sistema Métrico Decimal: Es obligatorio el uso del Sistema Métrico Decimal para la consignación de medidas de longitud, área, volumen y fuerza.
CAPÍTULO II DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

AÑO CV - TOMO DCLVI - Nº 166
CORDOBA, R.A. MARTES 03 DE SETIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Artículo 6: Referidos a acciones:

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

1. Ampliar: Modificar un edificio aumentando la superficie y/o el volumen edificado; modificar una instalación aumentando la capacidad productiva de la existente. Modificar la extensión de ocupación urbana.
2. Englobar: Integrar, incluir o unificar dos o más parcelas en una mayor más grande.
3. Mantener: Hacer que una cosa continúe en determinado estado, situación o funcionamiento.
4. Modificar: Hacer que una cosa sea diferente de cómo era. Cambiar, alterar, reformar, variar.
5. Preservar: Realizar acciones para evitar que una cosa sufra ciertos daños.
6. Promover: Activar acciones que se encuentran paralizadas o amortiguadas. Estimular, incentivar.
7. Proteger: Amparar, ayudar, cuidar, defender.
8. Reconstruir: edificar de nuevo y en el mismo lugar lo que antes estaba.
Rehacer una instalación.
9. Reformar: Modificar un edificio sin aumentar el volumen edificado y sin cambiar su uso y destino. Modificar una instalación sin aumentar la capacidad productiva.
10.Refuncionalizar: Volver a poner en funcionamiento un edificio, especialmente en lo que refiere a sus funciones vitales o esenciales. Realizar un cambio de uso.
11. Transformar: Modificar un edificio o instalación a fin de cambiar su uso o destino, sin ampliar.

Artículo 7: Referidos a conceptos urbanísticos:

1. Área: Superficie acotada, que se distingue del resto; unidad con características propias o singulares. Espacio en que se produce un determinado fenómeno o que tiene unas características propias. En disposiciones edilicias se utiliza para referirse a superficie.2. Área Urbanizada: aquella en la que actualmente se presenta un asentamiento poblacional con características propias de densidad y con localización de actividades no rurales.
3. Área de Urbanización Prioritaria: aquella cuyas condiciones y oportunidad de urbanización son consideradas preferenciales / prioritarias.
4. Área de Urbanización Condicionada: aquella cuya urbanización a los fines del asentamiento poblacional, sólo será permitida supeditada a cambios en las circunstancias actuales.
5. Área de Urbanización Diferida: aquella cuya urbanización queda postergada a los fines del asentamiento poblacional y de actividades urbanas.
6. Áreas extra-urbanas: las localizadas en emplazamientos alejados del centro urbano, con asentamientos y usos de escasa densidad.
7. Áreas Especiales: áreas caracterizadas por sus condiciones paisajísticas, ambientales, históricas o funcionales, que requieren un estudio urbanístico especial que posibilite proteger y promover sus valores.
8. Áreas Institucionales: áreas que quedan destinadas mayoritariamente a usos institucionales tales como recreativos, educacionales, sanitarios públicos y/o semi-públicos.
9. Áreas de Refuncionalización: áreas en las que desarrollándose actualmente determinados usos, han sido definidas para el cambio de dicho uso, en tanto por su localización presentan condiciones especiales para albergar funciones que impliquen una renovación del entorno y del sector en que se encuentran. Su uso y ocupación quedan condicionados a la definición particularizada que se realice en cada caso.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/09/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha03/09/2019

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones1437

Primera edición31/07/2018

Ultima edición29/05/2024

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