Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/04/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

AÑO CV - TOMO DCLII - Nº 81
CORDOBA, R.A. MARTES 30 DE ABRIL DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

cuentren en vigencia al momento de la mora.
Tratándose de deudas comprendidas en el régimen de pago en cuotas, el Departamento Ejecutivo Municipal puede disponer, además, la caducidad del plazo otorgado autorizando su cobro por vía judicial, cuando se produjera la mora de dos 2 cuotas consecutivas o alternadas.

ta en marcha y la financiación de la obra que se impone por la presente Ordenanza, puedan ser atendidos -en caso de disponerse de elloscon recursos obtenidos del Fondo de Desarrollo Urbano conforme lo previsto en la Ordenanza nº 3593/16 debiéndose proceder a su devolución en la medida dispuesta por la legislación específica.

Artículo Nº 9: LOS frentistas que no hubieren recibido la liquidación correspondiente tienen la obligación de concurrir a la oficina que a esos efectos habilite la Municipalidad para la verificación. El incumplimiento de esta gestión no lo exime de las obligaciones pendientes.

Artículo Nº 12: ESTIMASE en diez 10 años el límite de vida útil de la obra, plazo durante el cual no se podrá imponer una nueva contribución por el mismo tipo de obra.

Artículo Nº 10:LA Municipalidad, al evacuar oficios judiciales, informes solicitados por escribanos o funcionarios públicos o parte interesada sobre deudas, hará consta las que existieren sobre esta obra de Cordón Cuneta, Hormigón Articulado y obras complementarias.

Artículo Nº 13:COMUNÍQUESE, nicipal y Archívese.

publíquese, dese al Registro Mu-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE A
LOS 28 DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO 2019
Firmado: Diego Bastos Magi, Secretario. Pablo Pinto, Presidente

Artículo Nº 11: DISPÓNESE que los gastos que demande la pues-

ORDENANZA Nº 3733/2019
VISTO: El Decreto nº 0029/19 de fecha 31/01/2019 y la Resolución de este cuerpo que presta acuerdo al Convenio celebrado con fecha 20/03/2019, entre la Municipalidad de la ciudad de Cosquín y los respectivos representantes del Sindicato de Obreros y Emplea-dos Municipales de Cosquín y Zona SOEMC, y de la Asociación Sindical de Empleados Municipales A.S.E.MC.
en donde se fijan las pautas salariales para el periodo del año 2019.
Y CONSIDERANDO: Que se estableció una pauta salarial a aplicar en el transcurso del presente ejercicio, para todo el personal dependiente de la Municipalidad de la ciudad de Cosquín, quedando comprendidos tanto los agentes de planta permanente como el personal contratado de la Administración Municipal.
Que se determinó un cronograma para ello y conforme las previsiones del Artículo 32 de la Ordenanza N22708/05 - Régimen de Remuneraciones, resulta oportuno disponer las pautas acordadas entre las partes, fijando un incremento sobre los haberes.
Que si bien el Artículo 30, Inciso 9 de la Ley Provincial N2 8102 -Orgánica Municipalestablece que es facultad exclusiva del Concejo Deliberante fijar las remuneraciones de las autoridades superiores, funcionarios y empleados de la Municipalidad, resulta conveniente y aceptable que el Departamento Ejecutivo, como poder administrador de las finanzas públicas y como interlocutor permanente con la representación sindical del personal municipal, sea quien interprete las necesidades de los dependientes a su cargo, acuerde las pautas genera-les con los gremios y eleve al Concejo Deliberante la solicitud de incremento salarial, materializada mediante el presente instrumento.
Por todo ello EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COSQUÍN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: ESTABLÉCESE, para el personal de Planta Permanente, Contratado y Autoridades Superiores del Departamento Ejecutivo Municipal, Concejo Deliberante y Tribunal de Cuentas de la Administración Municipal, el siguiente cronograma de las su-mas otorgadas según lo BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

1 día - Nº 205932 - s/c - 30/04/2019 - BOE

acordado:
a A partir del mes de ENERO de 2019: se aplicará un incremento salarial de carácter REMUNERATIVO del CINCO POR CIENTO 5%, calculado sobre el Sueldo básico del agente correspondiente al mes de DICIEMBRE de 2018.
b A partir del mes de FEBRERO de 2019: se aplicará un incremento salarial de carácter REMUNERATIVO del CINCO POR CIENTO 5%, calculado sobre el Sueldo básico del agente correspondiente al mes de ENERO de 2019.
e A partir del mes de MARZO de 2019: se aplicará un incremento salarial de carácter REMUNERATIVO del SIETE COMA OCHO POR
CIENTO 7,8%, calculado sobre el Sueldo básico del agente correspondiente al mes de FEBRERO de 2019.
d A partir del mes de ABRIL de 2019 y hasta el mes de AGOSTO de 2019: se aplicará un incremento salarial de carácter REMUNERATIVO
del porcentaje que surja del IPC de Córdoba, abonándose al mes siguiente luego de que dicho porcentaje haya sido publicado.
e A partir del mes de SEPTIEMBRE de 2019 y hasta el mes de DICIEMBRE de 2019: se continuara con el incremento salarial de carácter REMUNERATIVO de acuerdo al porcentaje que surja del IPC Córdoba, pero se analizará la evolución de la recaudación. Para el caso que esta última este por debajo de la inflación, las partes se reunirán para resolver la situación.
f A partir del mes de MARZO de 2019: se aplicará un incremento salarial de carácter NO REMUNERATIVO del OCHO COMA CINCUENTA
Y TRES POR CIENTO 8,53%, calculado sobre el sueldo básico del agente. Dicho porcentaje se irá incorporando mes a mes a partir de Abril de 2019 en un UNO POR CIENTO 1%, al salario básico, hasta noviembre de 2019, de manera adicional a lo previsto en la clausulas precedentes.
Artículo 2-1.- PROTOCOLÍCESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE A
LOS 28 DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO 2019
Firmado: Diego Bastos Magi, Secretario. Pablo Pinto, Presidente.
1 día - Nº 205933 - s/c - 30/04/2019 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/04/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha30/04/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1424

Primera edición31/07/2018

Ultima edición10/05/2024

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