Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/04/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

MUNICIPALIDAD de
AÑO CV - TOMO DCLII - Nº 76
CORDOBA, R.A. MARTES 23 DE ABRIL DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

carrilobo
ORDENANZA N 061/2019

Art. 2 Comuníquese, publíquese, dese al registro municipal y Archívese.-

Carrilobo, Cba 14 de Marzo de 2019
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE CARRILOBO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Art. 3 COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.1 día - Nº 204615 - s/c - 23/04/2019 - BOE

ARTÍCULO 1.- APRUÉBASE el Proyecto de obra: PAVIMENTO DE
HORMIGON EN CALLES DE RADIO URBANO, que se incorpora como ANEXO 1 de esta Ordenanza y con un plazo de ejecución de 90 días.
ARTÍCULO 2.- FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome del FONDO DE DESARROLLO URBANO, un subsidio de hasta pesos ochocientos sesenta mil $ 860.000 con destino a la ejecución del proyecto que se aprueba por el artículo 1º.
ARTÍCULO 3.- El Departamento Ejecutivo informará al Concejo Deliberante y al MINISTERIO DE GOBIERNO DE CÓRDOBA, SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES E INSTITUCIONALES - FONDO DE
DESARROLLO URBANO, antes del día diez de cada mes, el estado de ejecución del proyecto aprobado en el artículo 1º y al mismo tiempo y ante los mismos organismos, rendirá cuenta documentada de la utilización de los fondos tomados.
ARTÍCULO 4.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHÍVESE.
1 día - Nº 204612 - s/c - 23/04/2019 - BOE

ORDENANZA N 062/2019
Carrilobo Cba. 14 de Marzo de 2019.
VISTO: Lo establecido en la Ley Provincial N 10.031, mediante La cual se crea el Régimen de Provisión del Boleto Educativo Gratuito para ser utilizado en el transporte de pasajeros urbanos, suburbanos e interurbanos de jurisdicción provincial, en particular a lo prescripto en el Art. 8 del Decreto N 2596/2011 que corre como Anexo Único al mencionado instrumento legal.
Y CONSIDERANDO:
Lo establecido en la Resolución N 078/2014 y sus modificatorias, que las Municipalidades deberán adherir al Programa, firmando el Convenio de Adhesión con la Secretaria de Transporte, ad referéndum del Concejo Deliberante.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE CARRILOBO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art. 1 RATIFIQUESE el Convenio de Adhesión firmado por el Intendente de la Municipalidad de CARRILOBO, Sr. DANIEL OSCAR TAPPERO
con la SECRETARIA DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, representada por el Señor Director General de Transporte Ing. Marcelo Daniel Mansilla, con fecha 14 de Diciembre de 2018.BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ORDENANZA N 063/2019
Carrilobo Cba. 22 de Marzo de 2019.
Y VISTO: la necesidad de realizar la obra de pavimentación en dos de las calles principales que constituyen el ingreso a la Localidad, que la misma excede las posibilidades de la mano de obra local, Y CONSIDERANDO:
que el Departamento Ejecutivo ha avanzado en la consulta a tres empresas constructoras, respecto a precios y condiciones para llevar adelante la mencionada obra, los que se anexan a la presente Ordenanza y son puestos a consideración de este cuerpo legislativo.

Que por un lado la empresa GRUPO RIO S.R.L., CUIT 30-71501250-9, con domicilio en calle Libertad N 719, de la Localidad de Pilar, incluyendo los trabajos de movimiento de suelo y hormigón H21, para el metro lineal de cordón cuneta presupuesta $1500 con IVA incluido y para pavimentación de calle $1250 con iva incluido.

Por otro lado, la empresa HEREDIALOPEZ, CUIT 20-27957572-6, con domicilio en calle Cárcano N30 de la localidad de Villa Dolores, incluyendo también materiales, presupuesta el cordón cuneta por m2 en $1500 final y hormigonado de calles por m2 en $1300 final.
En tercer lugar la empresa DF&ASOCIADOS, CUIT. 20-25344815-7, con domicilio en Av. Argentina N 371, de la Localidad de Rio Segundo, incluyendo materiales en la cotización, establece por m2 para cordón cuneta el valor de $1400 y para hormigonado de calles $1200 con iva incluido.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE CARRILOBO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art. 1º AUTORIZASE al DEM a realizar la ejecución de la obra de Pavimentación, mediante el sistema de hormigón simple, de las calles San Luis, entre Mariano Moreno y Bv. De Circunvalación y Mariano Moreno entre San Luis y Bv. De Circunvalación.
Art. 2º LAS obras y trabajos a ejecutar para cumplimentar el artículo anterior son las que surgen del proyecto de ejecución de la obra de pavimentación y sus correspondientes planos confeccionados por el Ingeniero Civil Horacio Carrion Mat. 2919, que forma parte integrante de esta ordenanza, quedando el citado proyecto y los pertinentes planos aprobados por la presente ordenanza.
Art. 3º FIJASE que el costo del proyecto de pavimentación será el vigente en plaza en los comercios locales del rubro al momento de emisión del certificado de deuda, equivalente a 3,20 bolsas de cemento por metro cuadrado.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/04/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha23/04/2019

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones1425

Primera edición31/07/2018

Ultima edición11/05/2024

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