Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/04/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

esta Municipalidad.
Por todo ello, y lo dispuesto en el Art. 30 Inc. 9 y Art. 27 de la Ley N
8102, es que

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE VILLA GENERAL BELGRANO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1 OTÓRGUESE un AUMENTO SALARIAL para el Personal Permanente, Departamento Ejecutivo, Honorable Concejo Deliberante y Honorable Tribunal de Cuentas según lo detallado en el escalafón que forma parte de la presente como Anexo I y lo siguiente:
- 8 % ocho por ciento como incremento del sueldo básico del escalafón general del personal de planta permanente del salario devengado en el mes de Enero de 2.019
- 2% dos por ciento como incremento del sueldo básico del escalafón del personal de planta permanente de los salarios devengados en los meses de Febrero a Julio inclusive de 2019.
Art. 2 FÍJESE el valor de los haberes correspondiente a los Miembros del Honorable Tribunal de Cuentas y del Honorable Concejo Deliberante al valor que percibe la categoría 20 de la tabla que conforma el ANEXO I, respetándose el adicional contemplado en el Art. 3º de la Ordenanza Nº 1377/06, con fecha a partir del 1º de enero de 2019.
Art. 3 ELÉVESE copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y aplicación.
Art. 4 COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa General Belgrano, a los diecinueve días del mes de Diciembre de Dos Mi Dieciocho.FOLIO N 2356.F.A.H/l.m.1 día - Nº 203597 - s/c - 15/04/2019 - BOE

ORDENANZA Nº 1936/19.VISTO: Los principios constitucionales y normativas nacionales, provinciales e internacionales tendientes al mejoramiento y la preservación del medioambiente, así como a la lucha contra los efectos negativos del cambio climático;
El compromiso del Municipio para promover y continuar promoviendo acciones que permitan mitigar los efectos negativos del cambio climático en su territorio y que mejoren el medio ambiente para sus habitantes, teniendo en cuenta el triple impacto ambiental, social y económico;
La necesidad de articular acciones conjuntas y en forma coordinada con otros municipios del país en pos del mismo fin, con el propósito de fomentar la integración, intercambiar experiencias y ampliar el acceso a recursos;
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CV - TOMO DCLII - Nº 72
CORDOBA, R.A. LUNES 15 DE ABRIL DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Y CONSIDERANDO:

Que en el año 2010 se constituyó la Red Argentina de Municipios frente al Cambio Climático RAMCC, como un instrumento de coordinación e impulso de las políticas públicas de los municipios participantes de la lucha contra el cambio climático de las ciudades y pueblos de la República Argentina;

Que, uno de los objetivos principales de la RAMCC es ejecutar proyectos o programas municipales, regionales o nacionales, relacionados con la mitigación y/o adaptación al cambio climático, a partir de la movilización de recursos locales, nacionales e internacionales;

Que el Municipio es miembro de la RAMCC y participa activamente en dicha Red y en sus actividades, siendo testigo del impacto y de los resultados positivos que la misma ha generado y proyecta continuar generado para todos los municipios participantes;
Que recientemente, en el seno de la RAMCC, se ha decidido aprobar la constitución de un fideicomiso ordinario de administración, cuyos fiduciantes y beneficiarios serían los municipios participantes de la Red, a fin de institucionalizar la RAMCC y conferirle una administración separada, propia, independiente y transparente de los aportes que reciba de los propios municipios así como de terceros, con el objetivo principal de ejecutar proyectos o programas municipales, regionales o nacionales, relacionados con la mitigación y/o adaptación al cambio climático, así como coordinar e impulsar políticas públicas de los municipios participantes de la lucha contra el cambio climático de las ciudades y pueblos de la República Argentina;
Que, en la consecución de dichos fines, el fideicomiso referido tiene como principio rector que todas las acciones y decisiones que se tomen en el marco del mismo tengan principalmente en cuenta el triple impacto generado por las mismas, es decir el impacto ambiental, social y económico.
Que la finalidad perseguida por la RAMCC y por el mencionado fideicomiso se encuentra en línea con los objetivos y valores que el Municipio pretende promover en interés del bienestar de su ciudadanía y para su sustentabilidad.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE VILLA GENERAL BELGRANO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébese la participación del Municipio como fiduciante y beneficiario del Fideicomiso de la Red Argentina de Municipios por el Cambio Climático Fideicomiso RAMCC,cuyo texto forma parte de la presente como Anexo I, con el objeto principal de ejecutar proyectos o programas municipales, regionales o nacionales, relacionados con la mitigación y/o adaptación al cambio climático, a partir de la movilización de recursos locales, nacionales e internacionales, así como de coordinar e impulsar políticas públicas de los municipios participantes de la lucha contra el cambio climático de las ciudades y pueblos de la República Argentina;
todo ello teniendo en cuenta el triple impacto ambiental, social y económico.
Artículo 2º.- La operación autorizada por el artículo precedente implica un aporte inicial o de adhesión según el caso al Fideicomiso RAMCC
por un monto de PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS $ 6800.-, así como un aporte anual para el primer año por un monto de PESOS SEIS MIL
OCHOCIENTOS $6800.-, con destino al ingreso del Municipio al referido fideicomiso y a la consecución de los fines del mismo.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/04/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha15/04/2019

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones1415

Primera edición31/07/2018

Ultima edición29/04/2024

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