Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/04/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CV - TOMO DCLII - Nº 67
CORDOBA, R.A. LUNES 08 DE ABRIL DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

de pleno derecho el beneficio estipulado en el artículo primero, quedando facultado el Departamento Ejecutivo Municipal a adicionar en forma prorrateada en las cuotas y/o liquidaciones que faltaren devengarse los descuentos que se le hubieren practicado.
Art. 3 ESTABLECESÉ un descuento del 5% Cinco por ciento adicional en tasas, contribuciones e impuestos establecidos en la ordenanza tarifaria correspondiente al ejercicio 2019 para aquellos contribuyentes que adhieran al pago mediante él envió de cedulón electrónico municipal y denuncien el domicilio fiscal electrónico.
Art. 4 FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a extender, mediante el dictado de un Decreto, el beneficio establecido en el Art. 1ro y 3ro de la presente por los periodos fiscales subsiguientes y a reglamentar la implementación de la presente.
Art. 5 ELÉVESE copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento Art. 6 COMUNÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa General Belgrano a los veintiocho días del mes de noviembre de Dos Mil Dieciocho 2018.FOLIO Nº: 2340.F.A.H/l.m.-

Art. 3 ELEVESE copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo Municipal y al Honorable Tribunal de Cuentas para su conocimiento.
Art. 4º COMUNÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa General Belgrano a los diez días del mes de Diciembre de Dos Mil Dieciocho.FOLIO Nº: 2342.F.A.H/l.m.ANEXOS

1 día - Nº 202343 - s/c - 08/04/2019 - BOE

ORDENANZA Nº 1928/18.VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Presupuesto 2019 y su Anexo se han calculado basándose en la ecuación económica y al gasto por área administrativa, incluyendo el mismo lo correspondiente a las áreas del Honorable Concejo Deliberante y el Honorable Tribunal de Cuentas.
Se da cumplimiento con el presente Proyecto de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el período Enero Diciembre de 2019, a lo establecido en los Artículos 30º, 33º y concordantes de la Ley Orgánica Municipal 8102.

1 día - Nº 202331 - s/c - 08/04/2019 - BOE

El balance preventivo del mismo es el siguiente:

ORDENANZA Nº 1927/18.VISTO: La necesidad de dictar la Ordenanza Tarifaria Anual, que regirá para los tributos de ésta Municipalidad durante el año 2019y
Presupuesto de Ingresos 289.409.000,00
Presupuesto de Gastos 289.409.000,00
Resultado EQUILIBRADO

Y CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Tarifaria Municipal es por excelencia la norma y la herramienta económica a través de la cual se determinan las alícuotas de las tasas, derechos y contribuciones municipales que constituyen los recursos generados de manera directa por la Municipalidad dentro del marco establecido en la Ordenanza general Impositiva vigente y la carta Orgánica Municipal Que es atribución del Honorable Concejo Deliberante dictar la Ordenanza Tarifaria Anual según el Art. 30 y 33 de la Ley Orgánica Municipal Nº 8102es que
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE VILLA GENERAL BELGRANO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

Art. 1 APRUEBESE la Ordenanza Tarifaria para el año Dos Mil Diecinueve 2019 según Anexo que forma parte de la presente Ordenanza.
Art. 2 La presente Ordenanza tiene vigencia a partir del 1º de Enero de Dos Mil Dieciocho 2018.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Es por todo ello, es que EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE VILLA GENERAL BELGRANO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

Art. 1º FIJASE el cálculo general de recursos correspondiente al año Dos Mil Diecinueve en la suma de Pesos Doscientos ochenta y nueve millones cuatrocientos nueve mil con 00/100 $289.409.000,00 de acuerdo al detalle que figura en planillas anexas que forma parte integrante de la presente Ordenanza, el PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS de la Administración Municipal que regirá para el Año 2019.
Art. 2º ESTIMASE en la suma de Pesos Doscientos ochenta y nueve millones cuatrocientos nueve mil con 00/100 $289.409.000,00 para los INGRESOS de la Administración Municipal para el año 2019, de acuerdo al detalle que figura en planillas anexas, las que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Art. 3º Las remuneraciones para el personal Municipal, incluido las Autoridades serán fijadas con arreglo a las prescripciones de la Ley Orgánica Municipal.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/04/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha08/04/2019

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones1425

Primera edición31/07/2018

Ultima edición11/05/2024

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