Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/04/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE VILLA GENERAL BELGRANO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

ARTÍCULO 1 Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el convenios de cesion de derechos y acciones con el empresario Alberto Spitale que tenga por objeto la recuperación de los títulos de deudas correspondientes a la obra de gas Natural en BARRIO EL MIRADOR y , cuyo proyecto se adjunta en Anexo I de la presente por un monto de hasta seis millones cien mil pesos $6.100.000.-.
ARTÍCULO 2 FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo para afecte al pago de la cesión de derechos y acciones autorizadas, los recursos existentes en el Fondo de Gas Ord. 1187/00.
ARTÍCULO 3º FACULTASE al Departamento Ejecutivo para que garantice la obligación contraída en virtud del art. 1º y hasta los montos establecidos en el convenio correspondiente pendientes de pago; con fondos disponibles de la coparticipación de impuestos provinciales que en derecho le corresponda a la Municipalidad de Villa General Belgrano. Debiendo el Departamento Ejecutivo deberá notificar formalmente a la Provincia de las garantías asumida mediante la coparticipación, anoticiándola de que en mérito a tal garantía, deberá pagarse al cedente las cuotas acordadas en caso de incumplimiento por parte de la Municipalidad de Villa General Belgrano.
ARTÍCULO 4 FACULTASE al Departamento Ejecutivo para que mediante decreto respectivo, determine e instrumente las distintas alternativas de financiación para la cancelación de las deudas por contribución cedidas; con posibilidad que las mismas puedan incluir reducción en el capital hasta la proporción de quita lograda en el convenio de cesión de deuda correspondiente.

AÑO CV - TOMO DCLII - Nº 67
CORDOBA, R.A. LUNES 08 DE ABRIL DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

de igualdad y justicia contributiva.
La información relevada en el área de rentas en relación al porcentaje de contribuyentes y vecinos que con esfuerzo y planificación cumplen puntualmente con sus obligaciones contributivas.
La necesidad de reconocer la importancia del esfuerzo mencionado y su contribución en el normal funcionamiento de la administración municipal y la correspondiente prestación de los servicios que el municipio presta diariamente.
Las herramientas introducidas desde la Secretaria de Economía y Finanzas destinadas a la modernización y la búsqueda de eficiencia en los procesos administrativos, como lo son la organización de la Oficina Fiscal de Ingresos Municipales, el domicilio fiscal electrónico y el cedulón electrónico municipal.
Que lo anteriormente expuesto, toma aun mayor relevancia cuando se hace necesario instrumentar planes de facilidades de pago destinados a incentivar la regularización de deudas por parte de los contribuyentes.
Y CONSIDERANDO:
Que se ha procedido a verificar una proporción de contribuyentes que han cumplido en tiempo y forma con sus obligaciones en concepto de Tasa y Contribuciones.

Que el reconocimiento de esa conducta cumplidora fortalece la solidaridad contributiva y favorece a la previsibilidad y planificación necesaria en toda organización administrativa como lo es el municipio.
Que la incorporación de herramientas digitales en los procesos administrativos, contribuyen a disminuir los costos administrativos y a lograr una mayor sustentabilidad en la prestación de los servicios; siendo fundamental la incorporación de las mismas por parte de los contribuyentes.
Que en virtud de ello, se ha juzgado pertinente ofrecer a los contribuyentes municipales que han cumplido en tiempo y forma con sus obligaciones hasta la finalización del periodo fiscal 2018, la posibilidad de contar con un crédito fiscal utilizable en el periodo fiscal 2019 al momento de afrontar el pago de las obligaciones tributarias municipales;
Por todo ello,
ARTÍCULO 5º Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa General Belgrano a los treinta y un días del mes de octubre de Dos Mil Dieciocho 2018.FOLIO Nº: 2333, 2334.L.B.G/l.m.1 día - Nº 202327 - s/c - 08/04/2019 - BOE

ORDENANZA Nº 1925/18.VISTO: El aporte que significara la sanción de la Ordenanza Nº 1837/17
OFIM como un instrumento que permitiera hacer efectivo los principios
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE VILLA GENERAL BELGRANO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

Art. 1 ESTABLECESÉ un descuento del 10% Diez por ciento en tasas, contribuciones e impuestos establecidos en la ordenanza tarifaria correspondiente al ejercicio 2019 para aquellos contribuyentes que hayan cancelado sus obligaciones tributarias del ejercicio 2018 antes del primer vencimiento de 2019.
Art. 2 ESTABLECESÉ que en caso que el contribuyente dejare de abonar dos 2 cuotas y/o liquidaciones consecutivas o tres 3 intercaladas de sus obligaciones fiscales correspondientes al nuevo ejercicio, perderá
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/04/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha08/04/2019

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones1414

Primera edición31/07/2018

Ultima edición27/04/2024

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