Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/11/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLIX - Nº 214
CORDOBA, R.A. MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

y las Erogaciones Figurativas.
Que la modificación propuesta encuadra en las disposiciones legales vigentes de acuerdo con los artículos 31 y 110 in fine de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 575/2019.
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º INCORPORAR al Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial, la Categoría Presupuestaria N 660 VIDA DIGNA RECURSOS AFECTADOS, en la Jurisdicción 1.65 Ministerio de Desarrollo Social, según formulario de Descripción de Categoría Programática el que
Resolución N 314

como Anexo I, con una 1 foja útil forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros y el Cálculo de las Contribuciones y Erogaciones Figurativas del Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial, de conformidad con el detalle analítico incluido en los Documentos de Modificación de Crédito Presupuestario N 37 Compensación Interinstitucional y N 37 Rectificación del Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento y del Ministerio de Desarrollo Social, respectivamente; los que como Anexo II y III con una 1
foja útil cada uno forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO

Que son atendibles las causales planteadas a los fines de la ampliación propiciada para el correcto funcionamiento del Servicio.
Córdoba, 23 de octubre de 2019

VISTO:
El expediente Nº 0027-074827/2019, por el que se propicia la ampliación del Fondo Permanente P PROCURADORES FISCALESde este Ministerio, creado por Resolución Ministerial N 321/2016.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Ministerial N 270/2019 de este Ministerio dispone hacer extensivo el uso del Fondo Permanente mencionado para aquellas erogaciones que requiera la gestión de cobro de acreencias no tributarias.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facultad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación y modificación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técnico-contable en relación a la ampliación del Fondo Permanente solicitado, habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la intervención de su competencia.

Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección General de Tesorería y Crédito Público a fs. 7 y de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 563/2019, EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E LV E :
Artículo 1º AMPLIAR el Fondo Permanente P PROCURADORES FISCALESde este Ministerio, hasta la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL $ 1.500.000.-, del que será responsable el Titular del Servicio Administrativo del citado Ministerio.
Artículo 2º DISPONER que el Fondo Permanente P -PROCURADORES
FISCALESde este Ministerio, no tendrá límite por cada pago.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, al Servicio Administrativo de este Ministerio y a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 1519
Córdoba, 30 de septiembre de 2019
VISTO: El expediente N 0617-149233/2019, en que tramita el dictado del Acto Administrativo pertinente de formalización de las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados a este Ministerio correspondiente a los meses de Agosto y Septiembre de 2019, por el Presupuesto General de la Administración Provincial en el Ejercicio 2019 Ley N 10.592.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Y CONSIDERANDO: Que por Decreto N 1966/09 modificatorio del Anexo I del Decreto N 150/04, se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción adecuando los montos, fuentes de financiamiento, plazos, alcance y toda otra que corresponda en los Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los fines de reflejar las modificaciones que se dispongan durante su ejecución.
Que además, la normativa legal dispone que dichas modificaciones se formalicen mediante el dictado de una Resolución mensual.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/11/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha12/11/2019

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4130

Primera edición01/02/2006

Ultima edición03/05/2024

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