Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/04/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLII - Nº 68
CORDOBA, R.A. MARTES 9 DE ABRIL DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

de la Provincia de Córdoba quien tendrá las siguientes facultades:
a Dictar las normas interpretativas, aclaratorias, complementarias y excepciones que fueren menester para la aplicación, del Programa Por Mí.
b Establecer cupos y modalidades especiales para beneficiarias provenientes de sectores socio-productivos de mayor vulnerabilidad.
Que es necesario reglamentar y precisar los requisitos y condiciones que deberán cumplimentar las participantes para acceder a la asignación estímulo prevista en el Programa Por Mí Edición 2019, así como el cronograma, pasos administrativos a cumplir en el período de inscripción, revisión de la documentación y realización del sorteo para determinar las beneficiarias.

Por todo ello, y en el marco de las competencias y facultades previstas en el artículo 39 del Decreto N 1791/2015 ratificado por Ley N 10337 y el Decreto Nº 38/2016;
LA SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
RESUELVE:
Artículo 1º.- DISPÓNESE la ejecución del PROGRAMA POR Mí - Edición 2019/2020 - para un cupo de trece mil 13.000 beneficiarias, durante el período 01 de junio de 2019 al 31 de mayo de 2020, de conformidad a las condiciones y requisitos que se establecen en el presente instrumento legal y demás disposiciones complementarias.
Artículo 2º.- APRUÉBANSE los requisitos, condiciones, pasos administrativos y cronogramas que deberán cumplimentar las postulantes y las Empresas y Empleadores Privados para acceder al Programa Por Mí, que se detallan en el Anexo I que, constando de dos 2 fojas útiles doble faz-,
MINISTERIO DE FINANZAS

DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución General N 2167
Córdoba, 03 de Abril de 2019.VISTO: Lo establecido por el Artículo 17 del Código Tributario Provincial vigente Ley N 6006 - T.O. 2015 y sus modificatorias;
Y CONSIDERANDO:
QUE el inciso a del Artículo 17 del referido Código, faculta a la Dirección General de Rentas a establecer, modificar su organización interna y reglamentar el funcionamiento de sus oficinas, de manera que se optimice la gestión de esta Dirección, mediante el uso adecuado y racional de sus recursos, a fin de continuar modernizándola y profundizar la aplicación de sistemas de trabajo orientados a la mejora continua.
QUE en virtud de las tareas que se llevan a cabo en este Organismo, se estima oportuno y conveniente desafectar a la Cra. Paula Andrea REGINATTO - D.N.I. N 27.078.255, que se desempeña en el Sector Coordinación Logística la función de Controlar el uso racional de los vehículos utilizados en el traslado de personas o bienes, y registrar el gasto de combustibles y a su vez realizar los controles periódicos obligatorios y de mantenimiento de cada vehículo otorgada mediante Resolución General , BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3º.- FACÚLTASE a la Secretaría de Promoción del Empleo y a la Dirección General de Administración a realizar las acciones operativas y administrativas que sean menester para la ejecución de los procedimientos indicados en el citado Anexo.
Artículo 4º.- AUTORÍZASE a la Secretaría de Promoción del Empleo a realizar las consultas que fueren menester en el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social SINTyS y otros organismos Nacionales, Provinciales y Municipales, a los fines de verificar:
a Los ingresos monetarios del grupo familiar conviviente de las postulantes, incluyendo la Asignación Universal por Hijo, pensiones no contributivas, la Tarjeta Social, becas académicas y todo otro concepto que contribuya a determinar la situación socio-económica de la beneficiaria y su grupo familiar, que se requieren para determinar si la mujer que se inscribe en el Programa, puede acceder a los cupos y modalidades especiales que se dispongan para beneficiarias provenientes de sectores socio-productivos de mayor vulnerabilidad.
b El cumplimiento de las condiciones de admisibilidad por parte de las postulantes y Empresas o Empleadores Privados conforme a lo estipulado en el Anexo I de la presente.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: LAURA JURE, Secretaria de Promoción del Empleo
ANEXO:

Nº 2004 de fecha 26-11-2014 B. O. 04-12-2014.

QUE asimismo deviene procedente asignarle al Agente Héctor Sebastián POLITANO FRAIRE - D.N.I. Nº 24.691.973 las funciones que se describen en la presente.

QUE es competencia del Sr. Secretario de Ingresos Públicos ejercer la Superintendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía de avocamiento las funciones establecidas para la misma.
POR TODO ELLO, atento las facultades y funciones acordadas por el Artículo 17 del Código Tributario Provincial vigente, Ley Nº 6006 - T.O. 2015
y sus modificatorias;
EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
EN SU CARÁCTER DE SUPERINTENDENTE
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Y POR AVOCAMIENTO
R E S U E LV E :
ARTÍCULO 1.- DEJAR SIN EFECTO, a partir de la presente resolución, la asignación de la siguiente función otorgada a la Cra. Paula Andrea Reginatto - D.N.I. N 27.078.255, mediante Resolución General Nº 2004 de fecha 26-11-2014 B. O. 04-12-2014:
Controlar el uso racional de los vehículos utilizados en el traslado de personas o bienes, y registrar el gasto de combustibles y a su vez realizar los controles periódicos obligatorios y de mantenimiento de cada vehículo.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/04/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha09/04/2019

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones4149

Primera edición01/02/2006

Ultima edición28/05/2024

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