Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/04/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLII - Nº 65
CORDOBA, R.A. JUEVES 4 DE ABRIL DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE FINANZAS

DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS

las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:

Resolución N 87 - Letra:A

Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada FUNDACION
SAN ROQUE PROGRESA con domicilio social en la Provincia de Córdo, ba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.

Córdoba, 06 de Marzo de 2019
VISTO: El Expediente N 0007-146190/2019, mediante el cual la entidad civil denominada FUNDACION SAN ROQUE PROGRESA con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d, 169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de
Resolución N 88 - Letra:A

LA DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:

Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada FUNDACION SAN ROQUE PROGRESA
. Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de Quince 15 días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los fines de la rubrica, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.
FDO. VERONICA G. SANZ. DIRECTORA GRAL D.I.P.J.

LA DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Córdoba, 06 de marzo de 2019

VISTO: El Expediente N 0007-144629/2018, mediante el cual la entidad civil denominada ASOCIACION CIVIL UNI 3 PILAR - CORDOBA con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.

Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada ASOCIACION
CIVIL UNI 3 PILAR - CORDOBA con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada ASOCIACION CIVIL UNI 3 PILAR - CORDOBA
.

CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d, 169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:

Resolución N 93 - Letra:A
Córdoba, 06 de marzo de 2019

Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de Quince 15 días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los fines de la rubrica, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese. FDO. VERONICA G. SANZDIRECTORA GRAL. D.I.P.J.

ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d, 169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de
VISTO:El Expediente N 0007-144109/2018, mediante el cual la entidad civil denominadaASOCIACION CIVIL Letra Psi con domicilio social en la , Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.

las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:

CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
Artículo 1º:AUTORIZAR a la entidad civil denominadaASOCIACION
CIVIL Letra Psicon domicilio social en la Provincia de Córdoba, República ,
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LA DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/04/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha04/04/2019

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones4140

Primera edición01/02/2006

Ultima edición15/05/2024

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