Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/04/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLII - Nº 64
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 3 DE ABRIL DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Licitación Pública con Soporte Digital que se propicia, ajustándose a las disposiciones del Decreto N 1505/2016 y de la Ley Nº 10417 modificatorio de la Ley Nº 8614, como también que es acorde a la nueva normativa impuesta por Decreto Nros. 108/2018 y 1082/2018, modificatorios del Decreto Nº 1419/2017.
Que de los Pliegos incorporados en autos surge que el procedimiento de contratación es la Licitación Pública con Soporte Digital y que el sistema de contratación es por Ajuste Alzado, como también que el Presupuesto Oficial estimado asciende a la suma de $ 8.999.958,26 con IVA incluido y toda carga tributaria y social vigente, con un plazo total para la ejecución de la obra de ciento cincuenta 150 días.

Que obra informe de la Sección Estudio de Costos de la Secretaría de Arquitectura manifestando que el presupuesto oficial agregado en autos cuenta con precios acordes al mes de enero de 2019.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº 180/08, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos deberá respetar las disposiciones de la Ley de Obras Públicas Nº 8614 y sus modificatorias, entre ellas la Ley N 10417 y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable, en relación al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la presente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública, a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafodel Anexo I al Decreto 1419/2017.
Que se han incorporado en autos informe de dominio, reporte parcelario e informe producido por la Jefatura de Área Patrimonial y Control de Inventario de la Secretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante el cual se certifica que el inmueble de calle Caseros Nº 356, se encuentra bajo titularidad del Gobierno de la Provincia de Córdoba, todo en cumplimiento del artículo 3º de la Ley Nº 8614.
Que obra Dictamen Nº 90/2019 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que expresa que, en virtud de las consideraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos elaborados por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las
Resolución N 350

disposiciones de la Ley Nº 8614, modificada por Ley Nº 10417, Decreto N
1505/2016, Decretos Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77, entiende que atento que la obra supera el índice trescientos 300 resulta oportuno dictar el instrumento legal por el cual se apruebe la ejecución de la misma, como también manifiesta expresamente que se deberá dar cumplimiento a la precitada normativa a lo largo de todo el procedimiento, en especial lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Nº 1419/2017.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 90/2019 y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la realización de los trabajos a contratar por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, referidos a la obra: REMODELACIÓN Y REFUNCIONALIZACIÓN DEL EDIFICIO UBICADO EN CALLE CASEROS Nº 356
- LOCALIDAD DE CÓRDOBA - DEPARTAMENTO CAPITAL conforme la , documentación técnica compuesta por Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, Planos, Cómputo y Pliego Particular de Condiciones con sus Anexos, elaborados por la Jefatura de Área de Proyectos, Presupuestación y Licitación y Compras y Contrataciones de la Dirección de Jurisdicción de Administración, ambas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, como también el Cómputo y Presupuesto Oficial por la suma de Pesos Ocho Millones Novecientos Noventa y Nueve Mil Novecientos Cincuenta y Ocho con Veintiséis Centavos $ 8.999.958,26 con IVA incluido y toda carga tributaria y social vigente.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a sus efectos y archívese.
FDO: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO

VISTO: este expediente mediante el cual la Dirección General de Vivienda propicia por Resolución Nº 0419/2018, se autorice el Primer y Segundo Reajuste Provisorio de Precios por variaciones de costos, por trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: CONSTRUCCIÓN DE 205 VIVIENDAS, 75
INDIVIDUALES Y 128 COLECTIVAS E INFRAESTRUCTURA EN BARRIO
LOS ÁLAMOS 1º ETAPA CÓRDOBA - CAPITAL en el marco del Pro, grama Federal Plurianual de Construcción de Viviendas conforme Acta , Acuerdo suscripta en el mes de septiembre de 2018, entre el Director General de Vivienda y el Vicepresidente de la Empresa COVA S.A., contratista de la obra.

terio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales por la cual se aprueba el Contrato Reconvertido de Obra Pública destinado a la ejecución de la obra de que se trata, Acta de Apertura de Inicio de Obra de fecha 10 de abril de 2018 y Certificado de Anticipo Financiero.

Que surge del Contrato Reconvertido que la obra tiene un plazo de 300
días y que el monto contractual asciende a $ 80.912.552,47, siendo este el precio total de obra exento de Ingresos Brutos.
Que la Dirección de Jurisdicción Técnica de la Dirección General de Vivienda acompaña informe de redeterminación de precios sobre el Primer y Segundo reajuste de precios por los trabajos faltantes de ejecutar y el nuevo monto contractual.
Que surge de los informes técnicos elaborados por la citada Dirección, que respecto a la Primera Redeterminación de Precio, se incorpora
Y CONSIDERANDO:

Que la contratista incorpora en autos los cálculos pertinentes al pedido del Primer y Segundo Reajuste Provisorio de Precios por obra faltante de ejecutar, de acuerdo a las previsiones del Decreto Nacional Nº 691/16 y documentación respaldatoria correspondiente.
Que se agrega en autos Resolución Nº 425/2017 del entonces Minis-

documental donde se describen variaciones de precios con mes base mayo/2017 - marzo/2018, arrojando para el período una variación porcentual del 15,255% lo que representa un monto de $ 12.217.803,36
y en relación a la Segunda Redeterminación de Precios, se agrega en las actuaciones la documentación respaldatoria correspondiente a valores marzo/2018 mayo/2018, aplicable sobre el 99,96% de obra faltante de ejecutar, arrojando para el período una variación porcentual del
Córdoba, 24 de octubre de 2018

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/04/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha03/04/2019

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones4142

Primera edición01/02/2006

Ultima edición17/05/2024

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