Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/10/2011 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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profanos, aunque no indecorosos, poniendo en él una cruz.
IV Finalmente, concluye este sector de la Comisión que los restos exhumados en el Convento Santo Domingo pertenecen al Brigadier General Juan Bautista Bustos.
LOS RESTOS EXHUMADOS CON FECHA 27 DE MAYO DE
2011 PERTENECEN A QUIEN EN VIDA FUERA EL GENERAL
JUAN BAUTISTA BUSTOS
Héctor Ramón Lobos envió una nota dirigida al Presidente de la Academia Nacional de Historia, Doctor Eduardo Martiré, con fecha 14 de Diciembre de 2010 que se adjunta a la presente, donde menciona que la historiografía ha demostrado que Bustos fue herido en la batalla de La Tablada, y luego vivió y murió en Santa Fe.
Expresa que se presume por haber sido gobernador de Córdoba, miembro de la cofradía del Rosario junto a su familia, cercanos a la orden, que su sepultura se efectuó en el templo. Afirma que Bustos debe presentar una herida cortante en el humero del brazo izquierdo y lesiones en región toraco-abdominal, posible fractura de la parrilla costal y lesiones en tejidos blandos4; asimismo, afirma también que las obras de reconstrucción y remodelación del templo solo agrandaron la zona del presbiterio. Está en un todo de acuerdo con el informe de Georadar y señala que la única forma de dar con los restos de Bustos es realizar una excavación arqueológica y los estudios antropológicos. Reproducimos textualmente estas afirmaciones: las dudas acerca de la estancia de Bustos en Santa Fe durante sus últimos meses de vida han sido despejadas por distintas investigaciones, particularmente las del doctor Hillar Puxeddu, y por la correspondencia mantenida por Estanislao López que ha sido publicada. Por estas sabemos que el gobernador de Santa Fe, en misivas con sus comisionados Amenábar-de Oro, hace mención en distintas oportunidades a la presencia de Bustos en dicha ciudad, al notable deterioro que su salud padecía a raíz de las graves heridas sufridas en su fuga tras la batalla de La Tablada y al grado de frecuencia con que, al parecer, se mantenían comunicados. Rosas por su parte, en carta a López del 1 de Octubre de 1830, le informa que El General Quiroga pidió permiso y pasaporte para pasar a Santa Fe, dar un paseo, visitar a Ud. y a Ibarra, y tener el consuelo de decir adiós a Bustos en los últimos instantes de su vida. Yo se lo he dado El 9 de Octubre, en carta de López a Domingo de Oro, le informa que ya el señor D. Juan Manuel de Rosas me anunciaba que Quiroga la había pedido pasaporte para pasar a esta hacerme una visita y despedirse del general Bustos por la noticia que corría por su enfermedad lo llevaba al sepulcro. El segundo objeto de la venida del señor Quiroga está ya ahorrado porque el general Bustos ya se fue a la Eternidad, murió el 18 del mes pasado Parece evidente que el entierro fue acorde al personaje: un brigadier general de la Confederación, ex gobernador de Córdoba, amigo personal de Estanislao López y que fuera exiliado por enemigos comunes de ambos, de Quiroga y de Rosas; y sabemos que en la época, es común marcar las diferencias políticas con notorios actos de reconocimiento póstumo. Por otra parte, su relación con la orden dominica se extiende a la juventud puesto que fue educado y realizó sus cursos de filosofía con ellos, su familia aparece como muy cercana a la orden y él personalmente, es miembro de la Cofradía del Rosario. La cercanía de Bustos con los dominicos es tradicional y la de estos con los federales mediterráneos también En fin, si bien el acta no especifica si fue sepultado en el convento o en la Iglesia de Santo Domingo, todo hace suponer que lo fue en el templo dado la envergadura del personaje y las circunstancias políticas que rodean su muerte. Y, dentro de él, en el presbiterio, como lo afirma la arquitecta Adriana Collado en su informe del 3 de Julio de 2009 y ratifica junto con el arquitecto Luis María Calvo en su presentación conjunta posiblemente del 11 de Diciembre del mismo año Bustos debe presentar herida cortante en húmero de brazo izquierdo y lesiones en región torazo-abdominal, posible fractura de la parrilla costal y lesiones en tejidos blandos. Es decir que, por una vía indirecta, sin necesidad de manipular el resto de los cadáveres, se puede afinar aún más la localización de los restos de Bustos.
La Comisión obtuvo las placas de estructuras y excavación Santo Domingo que se adjuntan a la presente.
La conclusión de los estudios de Georadar presentados el 26 de Julio de 2010 que se adjunta a la presente, llevan al posterior proceso de exhumación, pues establecen que La única placa que se colocó sin un conocimiento fehaciente de la ubicación exacta de los restos, es la correspondiente a la del Brigadier General Juan Bautista Bustos, que se instaló en 1974. Aún esta, fue correctamente ubicada en la planta del presbiterio, ya que la documentación histórica es unánime en cuanto a su inhumación en este sitio del templo. Los señalamientos obtenidos en el sector cercano paralelo al escalón de acceso al presbiterio y que no se
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corresponden a las placas ya señaladas anteriormente, hacen del mismo un lugar susceptible de exploración.
En razón y como corolario de todo lo expuesto, se procedió a la exhumación de los restos referidos.
Por el acta de defunción y por la carta de López a Domingo de Oro, de fecha 9 de octubre de 1830 se sabe que el Gral. Bustos estuvo viviendo sus últimos días en Santa Fe, y por el acta que firma el canónigo Amenábar se sabe que fue sepultado en la iglesia de Santo Domingo. El mismo Convento da cuenta de la inhumación en los claustros del Convento a la vez que nombra de forma seguida los personajes ilustres que fueron inhumados en el mismo lugar. No se da lugar a dudas de la ubicación de los restos de personajes ilustres santafecinos en el presbiterio a pesar de que son anteriores a las remodelaciones de fines del siglo XIX que la representante Arq. Adriana Collado Delegada CNM Santa Fe aduce como principal obstáculo a la hora de establecer precisiones sobre la ubicación de los restos del Gral. Bustos. Efectivamente, los restos de la familia Cullen se encuentran inhumados en el presbiterio y sus placas datan sus muertes a fines de la década del 80 de finales de siglo XIX. La Placa de Patricio Cullen, muerto en combate en el 23 de marzo de 1877 y según los datos del convento enterrado junto a su padre, Domingo Cullen, fusilado en la posta de Vergara en 1839 y sus restos trasladados para ser sepultados en el templo en 1840 tan solo 10 años posteriores a la muerte de J. B. Bustos, se encuentra en forma parcial por debajo del escalón de acceso al altar lateral que se ubica al este del templo. Esto inferiría que la sepultura y la ubicación de la placa indudablemente fue anterior a la remodelación del templo por lo tanto el lugar de inhumación de esta sepultura no fue alterado. Es de esperarse que las sepulturas de Domingo Cullen, Gregoria Pérez de Denis, Urbano Iriondo y la del Gral. Bustos tampoco fueron alteradas. La suposición de que se trasladaron los cuerpos desde el antiguo presbiterio hasta el actual no coincide con lo prospectado, los cuerpos que se encontraban inhumados superando los 1,50 mts.
de profundidad ingresando en los horizontes no alterados.
El informe de la representante da cuenta de la problemática que se suscitaría en el caso de encontrar restos óseos; La otra cuestión a tener en cuenta es que el de Santo Domingo, al igual que los restantes templos de la ciudad, oficiaron como cementerios durante todo el período colonial y hasta muy avanzado el siglo XIX.
En tal sentido, los estudios que se propone hacer el gobierno cordobés tienen muy escasas posibilidades de obtener resultados exitosos, no sólo por todo lo apuntado anteriormente sobre las incertezas de la ubicación, sino porque si se encontraran restos humanos, no habría ninguna seguridad de que se tratara de los del Brig. Bustos, dada la gran cantidad de vecinos que fueron sepultados allí. Efectivamente, era la costumbre de la época enterrar a los personajes destacados de la sociedad dentro de los templos como lo dice el derecho canónico En los cánones de los concilios de los siglos XVIII y XIX se renuevan las disposiciones de la disciplina general para que no se entierren los cristianos dentro de las iglesias, sino en los pórticos, atrios y exedras, consignando al mismo tiempo la excepción a favor de los sacerdotes o legos que por sus méritos se hayan hecho dignos de semejante distinción. La calificación de los méritos quedaba al arbitrio de los obispos y párrocos; pero ambicionando los fieles estar enterrados cerca de las reliquias de los mártires y de los santos con la piadosa intención de participar de su santidad, se fue poco a poco introduciendo la costumbre de enterrar dentro de los templos, considerando dignos de ello a todos los que muriesen en la comunión de la Iglesia Instituciones del Derecho canónico, Tomo segundo, Capítulo IX, De las sepulturas y cementerios.107.Lugares de sepultura en el siglo IX. Si bien existe una ley en lo civil sobre la prohibición de inhumaciones en el interior de las iglesias Real Ordenanza del Rey Carlos III de mediados del siglo XVII, en América la costumbre continuó hasta entrado el siglo XX, lo cual refuerza la hipótesis de que el Gral. Bustos fue inhumado en el templo. Acorde a esta costumbre, la persona que era sepultada en el claustro recibía las exequias propias de su impacto e influencia en la sociedad, y por supuesto con el respeto debido al tratamiento de su cuerpo.
El método y técnicas de la antropología forense tratan con profesionalismo el objeto de su estudio y la meticulosidad de los profesionales garantiza la conservación de la integridad de los restos de los vecinos que descansan en el sitio. Se contaba también con información del perfil antropológico de los restos del general Bustos que facilitaría sustancialmente la identificación y datos sobre el servicio fúnebre que acompañó al cadáver.
El resultado de las prospecciones marcó que no se observan modificaciones en el subsuelo de la nave principal de la iglesia. No se muestran disrupciones como las que se encontraron en el
CÓRDOBA, 26 de octubre de 2011

presbiterio. Salvo por los primeros estratos de sedimentos de relleno en el presbiterio, que se encuentran formados por materiales relativamente modernos, no se observan en los inferiores composiciones similares, ya que se presenta sedimento apisonado con pocas inclusiones de materiales toscos y los que se observaron son de manufactura antigua con evidencias de cerámicas cocidas a bajas temperaturas núcleos de pasta oscuros.
El cuerpo fue encontrado en la matriz de sedimento terroso.
A posteriori, se presenta el informe Arqueológico con fecha 27 de Mayo de 2011, por parte del EAAF, explicativo de las excavaciones realizadas desde el 23 al 27 de Mayo de 2011 que se adjunta a la presente. El mismo avanza en el sentido de nuestras conclusiones, pues encuentra un individuo masculino adulto extendido con los brazos flexionados sobre el tórax; desgaste de piezas dentales; se advierten procesos reactivos a nivel cortinal de huesos de parrilla costal izquierda compatibles con lesiones premortem.
Finalmente, el informe Antropológico de fecha 17 de Junio de 2011 que se adjunta a la presente, resulta terminante sobre la tesis sustentada, informe pericial sobre el cual ya nos hemos extendido en la primera parte de estas conclusiones y a cuyos términos nos remitimos.
En consecuencia, de todo lo dicho y acreditado, surge que no existe discontinuidad entre la hipótesis de partida y el resultado final. Ello así, porque el estudio historiográfico se ve ratificado por la prospección geofísica y esta se confirma con la excavación arqueológica. Finalmente, el estudio antropológico sobre los restos determina de manera concluyente que estos los restos, son compatibles con lo que es dable esperar ante los restos de quien en vida fuera el Brigadier Gral. Juan B. Bustos.
Todo lo expuesto ha permitido individualizar puntualmente el cuerpo del Gral. Bustos en clara diferencia con las personas que se sabe están inhumadas en el templo del convento de Santo Domingo. El análisis y el estudio de fuentes documentales permite descartar a través de métodos científicamente comprobables que las características que manifiesta el cuerpo del Brigadier General Bustos no son compartidas por ninguna otra personalidad de las que ciertamente se encuentran allí inhumadas.
De otro costado, quien ejerce el control de legalidad en la Provincia de Santa Fe, el Sr. Fiscal de Estado Dr. Jorge Alberto Barraguirre h, en su Dictamen nº 0264 de fecha 29 de Julio de 2011, en Exp. Nº 01201-0003315-8, donde propicia la ratificación por vía de decreto del Sr. Gobernador del Acta Acuerdo de Cooperación Interprovincial, celebrada entre la Ministra de Innovación y Cultura de la Provincia de Santa Fe, Dra. María de los Angeles Gonzalez, el Sr. Ministro de Justicia de la Provincia de Córdoba, Dr. Luis Eugenio Angulo, y el Sr. Secretario de Cultura de la Provincia de Córdoba, Arq. Jaime García Vieyra, hace mención a que en el año 1975 se sancionó la ley de la Provincia de Santa Fe nº 7723 por la cual se autorizó el traslado de los restos del Brig. Gral. Juan Bautista Bustos a la Provincia de Córdoba art. 1º y se facultó al Poder Ejecutivo para que acuerde con el Gobierno de la Provincia de Córdoba la efectivización del traslado. Agrega que como es de público conocimiento, luego de gestiones que realizara la Provincia de Córdoba ante la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos y la Orden de los Predicadores, hacia fines de Mayo de 2011, tuvo lugar una excavación en el templo de la Orden en la Ciudad de Santa Fe, producto de lo cual se exhumaron los restos pertenecientes a una persona, supuestamente, el General Brigadier Juan Bautista Bustos. Ya en el acápite de consideraciones y opiniones legales, el Sr. Fiscal de Estado entiende que el Acta Acuerdo de Cooperación Interprovincial constituye el ejercicio razonable del poder de policía sobre bienes históricos culturales de la Provincia siendo, mas aun, un acto debido de las autoridades provinciales. Añade en el p. 7 que el deber de actuación en el sentido propugnado Acta Acuerdo Ministerial con ratificación del Poder Ejecutivo tiene varias y diversas fuentes, citando en fundamento de lo expuesto normas de la Constitución Nacional, leyes nacionales y provinciales.
En el punto 19 del referido dictamen, se destaca que la intervención que tomara oportunamente la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos autorizando las obras de la Provincia de Córdoba, proporciona legitimidad al Acta Acuerdo.
En consecuencia, es en virtud del inciso 23 de la ratificación del Acta Acuerdo de Cooperación Interprovincial Dictamen nº 0264
Año 2011, Exp. Nº 01201-0003315-8 que la Provincia de Córdoba manifiesta todo por cuanto actuado y como tal asevera con pruebas verificables y contrastables que los restos exhumados el día 27 de Mayo de 2011 del presbiterio de la Iglesia de Nuestra Señora del

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/10/2011 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha26/10/2011

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones4143

Primera edición01/02/2006

Ultima edición18/05/2024

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