Boletín Oficial de Navarra del 10/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Viernes, 10 de julio de 2020
el ejercicio de sus funciones. Quedan exentos de esta obligación aquellos acotados que dispongan de un guarda de caza durante dichas jornadas de caza, quien coordinará la actividad y llevará control diario de los cazadores que realicen los recechos y el número de precinto empleado. En este caso, el guarda aportará al Basozainak/Guarderío de Medio Ambiente de la Demarcación todos los datos que le sean requeridos en el ejercicio de sus funciones en el momento en el que le sean solicitados. Los cupos serán los determinados en el correspondiente Plan de Ordenación Cinegética.
Los resguardos de los brazaletes utilizados y los brazaletes no utilizados, deberán entregarse en las oficinas del Desarrollo Rural y Medio Ambiente, antes del 1 de septiembre de 2021.
3. La falta de devolución de los brazaletes no utilizados y de los resguardos de los brazaletes utilizados podrá conllevar la prohibición para realizar aprovechamientos de caza mayor en la siguiente temporada.
4. En los cotos con riesgo de daños a los cultivos agrícolas se podrá cazar en batida, fuera de los resaques señalados en el Plan de Ordenación Cinegética.
Artículo 8. Ciervo.
1. Se autoriza la caza a rececho de ejemplares macho, todos los días, del 13 de septiembre al 4 de octubre de 2020 de acuerdo a lo establecido en el correspondiente Plan de Ordenación Cinegética. Para su realización, el cazador o el guarda del acotado deberán avisar con 24
horas de antelación al Basozainak/Guarderío de Medio Ambiente de la Demarcación, al Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil y a la Patrulla de Protección Ecológica de la Policía Foral 2. Se autoriza la caza en batida y montería, con los cupos determinados en el correspondiente Plan de Ordenación Cinegética, desde el 12
de octubre de 2020 hasta el 28 de febrero de 2021, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local.
3. Antes del 14 de marzo de 2021, deberán entregarse en las oficinas del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, los resguardos de los brazales utilizados, así como los brazaletes no utilizados.
4. La falta de devolución de los brazaletes no utilizados y de los resguardos de los brazaletes utilizados podrá conllevar la prohibición para realizar aprovechamientos de caza mayor en la siguiente temporada.
Artículo 9. Gamo.
Se autoriza la caza del gamo en batida y montería, desde el 12 de octubre de 2020 hasta el 28 de febrero de 2021, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local.
Artículo 10. Zorro.
Se autoriza la caza de zorro según las siguientes modalidades:
a Modalidad al salto: se podrá cazar en los mismos días y lugares que la codorniz en media veda y desde el 1 de noviembre de 2020 hasta el 31 de enero de 2021, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local.
En aquellos cotos que tengan autorización para la caza del conejo fuera del período general, se podrá cazar asimismo el zorro al salto, en las mismas fechas y zonas autorizadas para el conejo.
b Modalidad de batida y en mano: se podrá cazar en estas modalidades desde el 3 de septiembre de 2020 hasta el 28 de febrero de 2021, los jueves sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local.
En estas batidas exclusivas de zorro se le deberá disparar con perdigón y los cazadores participantes deberán vestir exteriormente chalecos de alta visibilidad.
c Modalidad en espera: se podrá cazar desde el 1 de noviembre de 2020 hasta el 28 de febrero de 2021, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, en el entorno de madrigueras.
d Batida y montería de caza mayor: se le podrá disparar con bala en el transcurso de estas modalidades de caza mayor desde el 15 de agosto de 2020 hasta el 28 de febrero de 2021, los jueves, sábados domingos y festivos de carácter nacional, foral o local.
e Rececho: se podrá disparar al zorro con bala cuando se esté practicando la modalidad de caza de corzo al rececho durante el periodo del 1 de abril hasta el 31 de julio de 2021.
Artículo 11. Perdiz.
1. Debido a las restricciones a la movilidad de las personas impuestas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y según lo contemplado en la Resolución 37/2020, de 24 de marzo, del Director General de Medio Ambiente, se exime a los responsables de gestión de los acotados de la presentación de los muestreos de perdiz del plan anual 2020.
2. Debido a lo anterior, se autoriza la caza de perdiz desde el 1 de noviembre de 2020 hasta el 31 de enero de 2021, los domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, siempre y cuando el acotado disponga en primavera de 2019 de un número de reproductores de perdiz igual o superior al 50% de la potencialidad establecida en el Plan de Ordenación Cinegética, con un máximo de 3 días por acotado. El horario de caza será como máximo hasta las 14 horas.
3. Se establece un cupo máximo de dos perdices por cazador y día.
Las manos para la caza de la perdiz no podrán rebasar en ningún caso el número de tres cazadores.

Número 151 - Página 6645
4. Los adjudicatarios de los acotados deberán establecer un sistema de precintos o tarjetas, a través de los cuales se pueda controlar los animales capturados cada día de caza desde el momento mismo de la captura.
5. Se autoriza a campear, con un máximo de 4 perros de pluma o rastro por persona, los sábados y domingos del mes de octubre de 2020.
Artículo 12. Liebre ibérica.
1. Debido a las restricciones a la movilidad de las personas impuestas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y según lo contemplado en la Resolución 37/2020, de 24 de marzo, del Director General de Medio Ambiente, si el estado de alarma se prorrogara al periodo de muestreo de esta especie, se eximirá a los responsables de gestión de los acotados de la presentación de los muestreos de liebre del plan anual 2020.
2. Se autoriza la caza de la liebre ibérica desde el 1 de noviembre hasta el 27 de diciembre de 2020, los domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, de acuerdo al Plan de Ordenación, los muestreos de 2019 o 2020 si pudieran realizarse y el calendario establecido en cada acotado. Se limita a un máximo de dos días de caza por coto en la modalidad de escopeta. El horario de caza será como máximo hasta las 14 horas.
3. En la modalidad de caza con escopeta, el cupo máximo por cazador y día se establece en una liebre en la modalidad al salto. En la modalidad de batida de liebre, el cupo se establece en dos liebres por cuadrilla. Las manos para la caza de la liebre no podrán rebasar en ningún caso el número de tres cazadores.
4. La modalidad de caza de la liebre con galgos, sin escopeta, sin palo, con un máximo de dos galgos sueltos por persona o cuadrilla, un máximo de dos galgos más, siempre que vayan atados, y un máximo de dos perros de rastro acompañantes. Se podrá realizar, además de los días arriba establecidos, los sábados, dentro del mismo período. El cupo máximo será de dos liebres por persona o cuadrilla, siendo ésta de un máximo de 6 personas.
5. Los adjudicatarios de los acotados deberán establecer un sistema de precintos o tarjetas, a través de los cuales se pueda controlar los animales capturados cada día de caza desde el momento mismo de la captura.
6. Se autoriza a campear, con un máximo de 4 perros de pluma o rastro por persona, los sábados y domingos del mes de octubre de 2020.
Artículo 13. Liebre europea.
1. Debido a las restricciones a la movilidad de las personas impuestas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y según lo contemplado en la Resolución 37/2020, de 24 de marzo, del Director General de Medio Ambiente, si el estado de alarma se prorrogara al periodo de muestreo de esta especie, se eximirá a los responsables de gestión de los acotados de la presentación de los muestreos de liebre del plan anual 2020.
2. Se autoriza la caza de la liebre europea, únicamente con perros de rastro, desde el 1 de noviembre hasta el 27 de diciembre de 2020, los domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, de acuerdo al Plan de Ordenación, los muestreos de 2019 o 2020 si pudieran realizarse y el calendario establecido en cada acotado. En la modalidad de batida el número máximo de cazadores será de 6 por cuadrilla.
3. Se establece un cupo de una liebre diario por cazador o cuadrilla.
4. Los adjudicatarios de los acotados deberán establecer un sistema de precintos o tarjetas, a través de los cuales se pueda controlar los animales capturados cada día de caza desde el momento mismo de la captura.
5. Se autoriza a campear con perros de rastro los jueves, sábados y domingos de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020.
Artículo 14. Conejo.
1. Se autoriza la caza del conejo desde el 1 de noviembre de 2020
hasta el 31 de enero de 2021, los jueves, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, de acuerdo al Plan de Ordenación y al calendario concreto establecido para cada acotado.
2. Caza estival: aquellos cotos que tengan un IKA de conejo mayor de 3 en zonas concretas establecidas al efecto en los Planes de Ordenación Cinegética, podrán cazar en estas zonas desde el 15 de agosto hasta el 27 de septiembre de 2020, los sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, de forma organizada. Para ello, se presentará previamente al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, un muestreo firmado por un guarda de caza, los días concretos de caza y la contratación del guarda para los días en los que vaya a llevarse a cabo.
Artículo 15. Acuáticas.
1. Se autoriza la caza de ánsar común, cerceta común, ánade real, focha común, avefría y agachadiza común, desde el 1 de noviembre de 2020 hasta el 31 de enero de 2021, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 10/7/2020

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha10/07/2020

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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