Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 15/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXIX - Ushuaia, Miércoles 15 de Julio de 2020 - Nº 4640
AÑO XXIX -

Ushuaia, Martes 07 de Julio de 2020 - Nº 4636

ARTÍCULO 2.- Agradecer al señor Ariel Antonio BUGLIOLO, los servicios prestados.
ARTÍCULO 1.- Conceder Licencia Especial de Invierno a los ARTÍCULO 3.- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín agentes dependientes del Ministerio de Salud, cualquiera sea su Oficial de la Provincia, y archivar.
modalidad de trabajo, que consistirá en catorce 14 días corriMELELLA
dos con goce de haberes, la que podrá ser usufructuada a partir María G. CASTILLO
del día seis 06 de julio y hasta el treinta y uno 31 de octubre de 2020, inclusive.
07-07-2020
ARTÍCULO 2.- Establecer que para tener derecho al presente DECRETO N 916
beneficio, el agente deberá contar con una antigedad en la Administración Pública consecutiva e ininterrumpida no inferior VISTO el Expediente N MDH-E-15271-2020 del registro de esta a seis 6 meses a la fecha de inicio del usufructo de la misma, Gobernación; y independientemente de su situación de revista.
ARTÍCULO 3.- Establecer que para tener derecho a gozar de la CONSIDERANDO:
licencia descripta no podrá usufructuarse en el día hábil inmediato Que mediante el mismo tramita una Pensión por Discapacidad en anterior y/o siguiente posterior, en que le corresponda prestar el marco de la Ley Provincial N 389, a favor de la niña Yasmín servicios, las justificaciones previstas en el artículo 14, incisos f Anahí YAPURA, D.N.I. N 55.914.776.
y h del Decreto Nacional N 3413/79, Licencia Anual Que la menor reúne los requisitos establecidos por los artículos Reglamentaria y/o Francos Compensatorios, a excepción de los 2 Inciso b, 3 Inciso b, apartado 1 y 4 bis de la Ley Provincial que corresponden a los agentes comprendidos en los regímenes N 389 y sus modificatorias.
Que la Dirección General de Coordinación y Asuntos Jurídicos de trabajo de 4x2 o 2x1.
ARTÍCULO 4.- Disponer que la presente licencia no podrá del Ministerio de Desarrollo Humano, ha tomado intervención fraccionarse, interrumpirse, o suspenderse por ningún motivo; y emitiendo el Dictamen D.G.C.y.A.J. M.D.H. N 02/20, su otorgamiento, se adecuará a las necesidades operativas de concluyendo que en el presente se dio cumplimiento a los cada sector, quedando a criterio y facultad del Superior inmediato recaudos previstos en el Régimen Único de Pensiones Especiales.
con rango no inferior a Director, la autorización o denegación Que asimismo correspondería dar de alta a la niña Yasmín Anahí YAPURA, D.N.I. N 55.914.776, en la Obra Social de la Provincia por razones de servicios de dicho beneficio.
ARTÍCULO 5.- El agente que no haga uso de la Licencia prevista de Tierra del Fuego.
por el presente dentro de los plazos indicados en el artículo 1, Que en el documento 27 obra intervención de la señora Ministra perderá automáticamente el derecho al beneficio y no generará de Desarrollo Humano.
Que se cuenta con partida presupuestaria correspondiente para compensación económica en ningún supuesto.
ARTÍCULO 6.- Aprobar el formulario que como Anexo I se adjunta afrontar dicho gasto.
al presente, el cual una vez completado y autorizado, deberá Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del mantenerse en resguardo en el Ministerio, a fin de ser remitido a presente acto administrativo conforme establece en el artículo la Subsecretaría de Empleo Público, sólo en caso de corresponder. 135 de la Constitución Provincial.
ARTÍCULO 7.- De forma.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL
MELELLA
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
María G. CASTILLO
DECRETA:
DECRETA:

DECRETO N 914

07-07-2020

ARTÍCULO 1.- Aceptar la renuncia por razones particulares presentada por la agente Nélida Andrea LANGTON, legajo N
23663632/00, categoría 22 P.A. y T., a partir del nueve 09 de octubre de 2019, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 24 y 49, inciso b de la Ley Nacional 22.140. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
Judit J. R. DI GIGLIO
DECRETO N 915

07-07-2020

ARTÍCULO 1.- Aceptar la renuncia presentada por el Vicepresidente de la Dirección Provincial de Energía, señor Ariel Antonio BUGLIOLO, D.N.I. N 23.685.375, a partir del día seis 06 de julio de 2020.

ARTÍCULO 1.- Otorgar una Pensión por Discapacidad a favor de la niña Yasmín Anahí YAPURA, D.N.I. N 55.914.776, la que comenzará a devengarse a partir del primer día del mes siguiente al acto que otorga el beneficio, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Provincial N 389.
ARTÍCULO 2.- Incluir a la niña Yasmín Anahí YAPURA, D.N.I.
N 55.914.776, quien será beneficiaria de una pensión por Discapacidad, dentro del artículo 3 inciso c Anexo I del Decreto Provincial N 494/16, reglamentario de la Ley Provincial N 1072.
ARTÍCULO 3.- Hacer efectivo el cobro de la Pensión a favor de la señora Nancy Zandra ZOTO ZOTA, D.N.I. N 94.450.667, progenitora de la niña mencionada en el artículo 1.
ARTÍCULO 4.- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuestaria del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 5.- Notificar a la señora Nancy Zandra ZOTO ZOTA, copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 6.- Notificar a la Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego O.S.P.T.F., con copia autenticada del presente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 15/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha15/07/2020

Nro. de páginas712

Nro. de ediciones3669

Primera edición02/01/2002

Ultima edición17/11/2023

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