Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 22/10/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Martes, 22 de Octubre de 2019

Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 20 de junio de 2019, acordó proceder a la creación de la Comisión Especial de Cuentas, con la composición, funciones y competencias previstas en las leyes.
Lo que se hace público para conocimiento general.
En Encinas Reales, a 11 de octubre de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Gabriel González Barco.

Núm. 3.644/2019
Don Gabriel González Barco, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Encinas Reales Córdoba, hago saber:
Que esta Alcaldía, en fecha 8 de octubre de 2019, dictó el Decreto nº 227/2019, cuyo tenor literal es el siguiente:
Teniendo en cuenta que, debido a la cantidad de trabajo inherente a mi cargo de Alcalde-Presidente de esta Corporación Local, no me es posible asumir, en estos momentos, la representación de este Ayuntamiento en la Junta General de la Mancomunidad de la Subbética como miembro nato de la misma.
Esta Alcaldía, en virtud de lo dispuesto en los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, 43 y ss. del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y 6 párrafo segundo de los Estatutos de la Mancomunidad de la Subbética, ha tenido a bien dictar Decreto con las siguientes disposiciones:
Primera. Delegar en D. Fernando López Pedrosa, Segundo Teniente de Alcalde de esta Corporación Local, la facultad de representar a este Ayuntamiento en la Mancomunidad de Municipios de la Subbética Cordobesa, como miembro nato de la Junta General de dicha Mancomunidad.
Segunda. Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de la Corporación, en la primera sesión que celebre tal órgano colegiado, para su conocimiento.
Tercera. Notificarla personalmente al designado, para su conocimiento y efectos, y publicarla en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la fecha de la misma.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Encinas Reales, a 11 de octubre de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Gabriel González Barco.

Núm. 3.647/2019
Don Gabriel González Barco; Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Encinas Reales Córdoba hago saber:
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de septiembre de 2019, aprobó, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros, las Bases que han de regir el procedimiento de selección para la creación de la Bolsa de Trabajo del Ayuntamiento de Encinas Reales.
A continuación se inserta el texto íntegro de las referidas Bases.
BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA CREACIÓN DE LA BOLSA DE TRABAJO
DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ENCINAS REALES
ÍNDICE
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
BASES
1. Primera. Objeto y ámbito de aplicación.
2. Segunda.-Definición.

3. Tercera. Finalidad.
4. Cuarta. Vigencia y convocatoria.
5. Quinta. Procedimiento y nombramiento o contratación.
6. Sexta. Sistemas de selección.
7. Séptima. Requisitos de los aspirantes.
8. Octava. Acreditación de méritos.
9. Novena. Presentación de solicitudes.
10. Décima. Reclamaciones.
11. Undécima. Sistema de lista de espera.
12. Duodécima. Listado adicionales.
13. Decimotercera. Causas de exclusión de la Bolsa de Trabajo.
14. Decimocuarta. Valoración de méritos.
Disposición Final EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El empleo de los medios materiales adecuados y de recursos humanos suficientemente preparados es una necesidad imprescindible hoy en día para poder llevar a cabo de forma adecuada los servicios que presta el Ayuntamiento de Encinas Reales a los/as ciudadanos/as.
En la cuestión relativa a la organización de los recursos humanos en el sector público se deben tener en cuenta los principios constitucionales de acceso al empleo público previstos en los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución Española, y que son los de igualdad, mérito y capacidad.
Se debe tener en cuenta que la Administración Local, es la que está más cerca de las demandas de servicios por parte de los ciudadanos/as, y la que está asumiendo progresivamente competencias que implican una mayor complejidad de desempeño.
La creación y aprobación de una Bolsa de Trabajo pretende mejorar la calidad de las prestaciones que reciben los ciudadanos/as y, en especial, agilizar los procesos selectivos para cubrir las plazas de carácter temporal, bajas de funcionarios o personal laboral, así como para cubrir las necesidades temporales de personal de carácter no permanente.
La regulación de todo lo relativo a la creación de una Bolsa de Trabajo, pretende agilizar la selección de aspirantes para cubrir necesidades de empleo de carácter temporal y garantizar que los aspirantes conozcan la valoración de sus méritos de cara a una posible contratación futura por parte de este Ayuntamiento.
Por ello se pretende la creación de una bolsa de trabajo en la que se tendrán en cuenta los méritos aportados por los aspirantes relativos a experiencia profesional, formación y prácticas.
El que se consigan los objetivos referidos es una prioridad en la política de Recursos Humanos de este Ayuntamiento y que se pretende conseguir mediante el instrumento adecuado como es la regulación y creación de la Bolsa de Trabajo.
BASES
Primera. Objeto y ámbito de aplicación Estas Bases tienen por objeto regir el procedimiento de selección para la creación de la Bolsa de Trabajo; por medio de las cuales y durante su periodo de vigencia, se cubrirán tanto las plazas correspondientes a bajas de personal laboral, así como las plazas de carácter temporal que por circunstancias o atendiendo a programas surgen en el Ayuntamiento de Encinas Reales, con excepción de las que por disposiciones legales no puedan ser objeto del mismo.
Segunda. Definición Se entiende por bolsa de trabajo un sistema de selección para la cobertura de las necesidades temporales de personal.
La bolsa estará formada por una lista en la que los aspirantes que superen el correspondiente procedimiento de selección, figu-

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Nº 202 p.5098

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 22/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha22/10/2019

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Octubre 2019>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031