Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 29/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

La patria potestad de los hijos será compartida.
La guarda y custodia de los menores se otorga a la madre.
En cuanto a las visitas, el padre podrá ver a los menores dos horas las tardes de los martes y los jueves sin poder salir de Ceuta durante dicho tiempo.
Se acuerda una pensión alimenticia en favor de los hijos menores de 100 euros por cada uno de ellos. Dicha cantidad deberá ser ingresada en el número de cuenta que la madre designe al efecto y será actualizada anualmente de acuerdo a las variaciones que experimente el IPC. Igualmente habrá de satisfacer los gastos extraordinarios, entendiendo como tales, los gastos escolares y extraescolares de formación de los menores, los gastos médicos o de prótesis tales como gafas, audífonos, dentales que necesiten los hijos.
Se faculta a la madre de los menores para que pueda tramitar la expedición de pasaportes o documentos de viaje respecto a los hijos menores sin necesidad de autorización paterna.
No se hace imposición de costas a ninguna de las partes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de apelación, que se impondrá ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plaza de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación de aquella. Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos, sin que en ningún caso proceda actuar en sentido contrario a lo resuelto artículo 456.2 L.E.C..
Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J. para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el BANCO DE SANTANDER en la cuenta de este expediente 1271/0000- indicando, en el campo concepto la indicación Recurso seguida del código 02 Civil-Apelación. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación recurso seguida del código 02 Civil-Apelación.
En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Lo anteriormente transcrito concuerda bien y fielmente con su original al que me remito, extendiéndose el presente para que sirva de notificación en forma al demandado declarado en rebeldía y en paradero desconocido MUSTAPHA RAHEM, En CEUTA, a dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve.
EL /LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,
o

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 29/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha29/11/2019

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones6160

Primera edición19/11/1926

Ultima edición26/04/2024

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