Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 29/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

SEGUNDO. Notificar a Las empresas interesadas dicha propuesta de resolución provisional, otorgándoles un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones, o en su caso aceptar la propuesta de resolución provisional.

Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crearan derecho alguno a favor del/las beneficiari@s propuest@s frente a la Administración mientras no se haya notificado la resolución de concesión.
LA SECRETARÍA GENERAL.
PDF El Técnico de Administración General Juan Manuel Verdejo Rodríguez Fecha 22/11/2019

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CEUTA

715.-

TESTIMONIO

D. ANDRÉS VEGA MARTÍN, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO.1A.INST. E INSTRUCCIÓN N.4 de CEUTA, doy fe y testimonio que en los autos DIVORCIO CONTENCIOSO 140/2019 consta SENTENCIA N.º 186/2019 de fecha 6 de noviembre de 2019, que literalmente se pasa a transcribir a continuación:
SENTENCIA N.º 186/2019
JUEZ QUE LA DICTA: LAURA DE LORENZO ARACAMA
LUGAR: CEUTA
Fecha: 6 de noviembre de 2019
Vistos por mi, DOÑA LAURA DE LORENZO ARACAMA, Ilma. Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, número 4 de los de Ceuta y su Partido, los presentes autos de Juicio Verbal, registrado al número 140/19, a instancia de la Procuradora D. Ingrid Herrero Jiménez, en nombre y representación de D. Karima Ahmed Mohamed, contra D. Mustapha Rahem en situación de rebeldía, sobre divorcio contencioso, dicta la presente en base a :
ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Que a instancia de la Procuradora D. Ingrid Herrero Jiménez, en nombre y representación de D. Narima Amar Mohamed, se presentó demanda de Juicio Verbal, se presentó en este Juzgado demanda de modificación de medidas definitivas, en la que tras alegar los hechos y razones de derecho que estimó oportunas, suplicaba que, previos los trámites legales, se dicte Sentencia por la que se autorice a D. Narima Amar a cambiar su domicilio anterior a Alemania estableciendo un régimen de visitas con el padre durante un mes al año en periodo de vacaciones de verano.
SEGUNDO.- Tramitado del procedimiento por los cauces del artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se dio traslado al Ministerio Fiscal y a la parte demandada para contestación, contestando únicamente el Ministerio Fiscal y declarando a la parte demandada en rebeldía.
TERCERO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado todas las prescripciones legales prevenidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Ha de prosperar la presente demanda de disolución del vínculo matrimonial deducida en los presentes autos, pues, como señala la exposición de motivos de la Ley 15/2005, de 8 de julio, basta con que uno de los esposos no desee la continuación del matrimonio para que pueda demandar el divorcio, sin que el demandado pueda oponerse a la petición por motivos personales, y de las pruebas practicadas resulta, sin género de duda alguna, que se cumple el único requisito ahora exigido en el artículo 81.2 del Código Civil, que no es otro que el transcruso de tres meses desde la celebración del matrimonio.
SEGUNDO.- En el presente caso, al encontrarse el demandado en situación de rebeldía procesal y, solicitando la denunciante medidas proporcionadas en el procedimiento, a las cuales no se opone el Ministerio Fiscal, procede acordarlas en la forma establecida en el suplico.
Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación, FALLO
Que estimando como estimo la demanda formulada a instancia de la Procuradora D. Ingrid Herrero Jiménez, en nombre y representación de D. Karima Ahmed Mohamed contra D. Mustapha Rahem en situación de rebeldía DEBO DECLARAR
Y DECLARO DISUELTO POR DIVORCIO el vínculo matrimonial de dichos cónyuges derivado de matrimonio celebrado el día 1/10/2003 con todos los efectos inherentes a dicha declaración.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

2.143

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 29/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha29/11/2019

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones6165

Primera edición19/11/1926

Ultima edición14/05/2024

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