Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 29/6/2001 (Suplemento 1)

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Número 125

BOLETIN OFICIALDE LA PROVINCIADE MALAGA 29 de junio de 2001

Página 141

JUZGADO DE LO SOCIAL
NUM. 5 DE MALAGA

JUZGADO DE LO SOCIAL
NUM. 4 DE MALAGA
Edicto
Edicto
La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número cuatro de Málaga y provincia.
Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 1/94, a instancia de don José Pujol González contra Matin, Sociedad Anónima y otro, en la que con fecha 5 de junio de 2001, se ha dictado providencia que sustancialmente dice lo siguiente:
Se le notifica a doña María Jiménez Heredia, esposa de don José Reyes Moreno, el embargo de la finca 39.037, a los efectos del artículo 144 del Reglamento hipotecario.
Y para que sirva de notificación a doña María Jiménez Heredia, se expide la presente en Málaga, a 5 de junio de 2001.
La Secretaria Judicial, firmado: María Jesús López Navarro.
7 4 9 5 /0 1
D

Doña Mercedes Pérez Lisbona, Secretaria del Juzgado de lo Social número cinco de Málaga y provincia.
Hace saber: Que en los autos de ejecución seguidos en este Juzgado bajo el número 165/01, dimanantes de los autos número 1.234/00, tramitados a instancia de don Gabriel Ruiz Monedero contra Creaciones Loratex, Sociedad Limitada, sobre extinción contrato, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva dice:
Digo: Procédase a la ejecución, y se decreta el embargo de los bienes propiedad de la parte ejecutada, Creaciones Loratex, Sociedad Limitada, para cubrir la cantidad de 417.702 pesetas 2.510,44 euros, en concepto de principal, más la cantidad de 83.540 pesetas 502,09
euros, que se fijan provisionalmente para gastos, costas e intereses; en su virtud, se requiere a la parte demandada para que manifieste a este tribunal, relación de bienes o derechos de los que sea titular, con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, indicando igualmente, las personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre los mismos o estar sujetos a otros procesos; todo ello, dentro del término legal establecido, y una vez firme, se procederá a trabar embargo sobre sus bienes, en cuantía suficiente para cubrir principal y costas del procedimiento y en el orden prevenido para el juicio, dándose comisión para la diligencia de embargo a practicar a un agente judicial del S.C.A.C., asistido de la Secretaria u oficial habilitado, sirviendo esta resolución de mandamiento en forma para la práctica acordada, así como para solicitar el auxilio de la fuerza pública, si preciso fuera, guardándose en la traba el orden y limitaciones que establecen la ley de Enjuiciamiento Civil.
Líbrense los oficios correspondientes en orden a la averiguación de bienes de la demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndose saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
Y para que sirva de notificación a la demandada, Creaciones Loratex, Sociedad Limitada, así como para la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Málaga, expido el presente en Málaga, a 4 de junio de 2001.
La Secretaria firma ilegible.
7 5 2 3 /0 1
D

JUZGADO DE LO SOCIAL
NUM. 5 DE MALAGA
Edicto Doña Mercedes Pérez Lisbona, Secretaria del Juzgado de lo Social número cinco de Málaga y provincia.
Hace saber: Que en los autos de ejecución seguidos en este Juzgado bajo el número 167/01, dimanantes de los autos número 1.236/00, tramitados a instancia de don Miguel A. Gutiérrez Vázquez contra Creaciones Loratex, Sociedad Limitada, sobre extinción contrato, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva dice:
Digo: Procédase a la ejecución, y se decreta el embargo de los bienes propiedad de la parte ejecutada, Creaciones Loratex, Sociedad Limitada, para cubrir la cantidad de 319.920 pesetas 1.922,76 euros, en concepto de principal, más la cantidad de 63.984 pesetas 384,55 euros, que se fijan provisionalmente para gastos, costas e intereses; en su virtud, se requiere a la parte demandada para que manifieste a este tribunal, relación de bienes o derechos de los que sea titular, con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, indicando igualmente, las personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre los mismos o estar sujetos a otros procesos; todo ello, dentro del término legal establecido, y una vez firme, se procederá a trabar embargo sobre sus bienes, en cuantía suficiente para cubrir principal y costas del procedimiento y en el orden prevenido para el juicio, dándose comisión para la diligencia de embargo a practicar a un agente judicial del S.C.A.C., asistido de la Secretaria u oficial habilitado, sirviendo esta resolución de mandamiento en forma para la práctica acordada, así como para solicitar el auxilio de la fuerza pública, si preciso fuera, guardándose en la traba el orden y limitaciones que establece la ley de Enjuiciamiento Civil.
Líbrense los oficios correspondientes en orden a la averiguación de bienes de la demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndose saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
Y para que sirva de notificación a la demandada, Creaciones Loratex, Sociedad Limitada, así como para la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Málaga, expido el presente en Málaga, a 4 de junio de 2001.
La Secretaria firma ilegible.
7 5 2 4 /0 1
D

JUZGADO DE LO SOCIAL
NUM. 5 DE MALAGA
Edicto Doña Mercedes Pérez Lisbona, Secretaria del Juzgado de lo Social número cinco de Málaga y provincia.
Hace saber: Que en los autos de ejecución seguidos en este Juzgado bajo el número 166/01, dimanantes de los autos número 1.235/00, tramitados a instancia de doña Montserrat Cano López contra Creaciones Loratex, Sociedad Limitada, sobre extinción contrato, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva dice:
Digo: Procédase a la ejecución, y se decreta el embargo de los bienes propiedad de la parte ejecutada, Creaciones Loratex, Sociedad Limitada, para cubrir la cantidad de 319.920 pesetas 1.922,76 euros, en concepto de principal, más la cantidad de 63.984 pesetas 384,55
euros, que se fijan provisionalmente para gastos, costas e intereses; en su virtud, se requiere a la parte demandada para que manifieste a este tribunal, relación de bienes o derechos de los que sea titular, con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, indicando igualmente, las personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 29/6/2001 (Suplemento 1)

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaísEspaña

Fecha29/06/2001

Nro. de páginas108

Nro. de ediciones4120

Primera edición20/02/2001

Ultima edición09/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2001>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930