Boletin Judicial de Costa Rica del 18/11/2019

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Fuente: Boletín Judicial de Costa Rica

Lunes 18 de noviembre del 2019
legal para la recepción de notificaciones. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a lugar de trabajo, b sexo, c Fecha de Nacimiento, d Profesión u oficio, e Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f Estado civil, g Número de cédula, h Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada;
pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en Cartago, Concepción, diagonal al cuerpo de bomberos, La Unión, Concepción, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones de Cartago. La notificación en la oficina notarial de la parte denunciada ubicada en Cartago, La Unión, Tres Ríos, Tres Ríos, La Unión, 100 sur, 500 oeste del Banco Popular, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de Cartago. Asimismo, se ordena notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio SIGMA, quinto piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N 8687, publicada en La Gaceta N 20 del jueves 29 de enero del 2009. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, en caso de que el denunciado no sea habido en ninguna de las anteriores direcciones, hágase consulta vía intranet a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, a efecto hacer constar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Notifíquese. MSc. Francis Porras León, Juez Tramitador. Juzgado Notarial. San José, a las diez horas del ocho de octubre del dos mil diecinueve. Siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Óscar Fabricio Arguedas Gutiérrez, la resolución dictada a las catorce horas cincuenta y cinco minutos del quince de mayo del dos mil diecinueve en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado folios 18, 21, 32, y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil ver folios 17, 21, 32, y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas folio 45, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado que los hechos que se le atribuyen son presunta falta de inscripción del vehículo BDD644. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Óscar Fabricio Arguedas Gutiérrez, cédula de identidad N 2-0416-0781. Notifíquese. Msc. Francis Porras León, Juez Tramitador. Notifíquese.
San José, 8 de octubre del 2019.

Msc. Francis Porras León,
Juez Tramitador 1 vez.O. C. N 364-12-2017.Solicitud N 68-2017-JA.
IN2019405423 .

BOLETÍN JUDICIAL Nº 219 Pág 3

TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes A los causahabientes de quien en vida se llamó, Manuel Barrantes Marín, domicilio Puriscal, Junquillo, 250 metros sur de la escuela, casa de madera color rosado con celeste, cédula de identidad número 102310734, se les hace saber que: Vitalina Madrigal Jiménez, cédula de identidad número 102310016, domicilio Puriscal, Junquillo, 250 metros sur de la escuela, casa de madera color rosado con celeste, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente número 19-000165-1529LA.Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal Materia laboral, 11 de noviembre del 2019.Lic. Jeffry García Soto, Juez Tramitador.1 vez.O.C. Nº 364-12-2017.Solicitud Nº 682017-JA. IN2019405248 .
A los causahabientes de quién en vida se llamó José Alfredo Umaña Mena, quien fue mayor de edad, costarricense, guarda de seguridad privado, casado una vez, cédula de identidad número 105830193, se les hace saber que, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en El Boletín Judicial. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido José Alfredo Umaña Mena, expediente número 19-000270-1590LA.Juzgado Civil y Trabajo de Quepos Materia Laboral, 22
de octubre del año 2019.Licda. Nancy Magaly García Sánchez, Jueza.1 vez.O. C. Nº 364-12-2017.Solicitud Nº 68-2017JA. IN2019405249 .
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de:
Olman Guillermo Amparo Briceño Castillo, cédula N 05-00640939, fallecido el 07 de mayo del 2016, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 19-000896-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 19-000896-1550-LA. Promovido por Luz Marina Fallas Calderón. Causante: Olman Guillermo Amparo Briceño Castillo.Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José Desamparados, 06 de noviembre del 2019.Licda. Carolina Fallas Sánchez, Jueza.1 vez.O. C. Nº 364-12-2017.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2019405255 .
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Joaquín Madrigal Ureña N 01-0203-1004, fallecido el 25
de noviembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 19-000897-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N 19000897-1550-LA. Promovido por Herrera Álvarez Georgina causante José Joaquín Madrigal Ureña.Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José Desamparados, 06
de noviembre del 2019.Licda. Natalia Meza Angulo, Jueza Tramidora.1 vez.O.C. Nº 364-12-2017.Solicitud Nº 682017-JA. IN2019405256 .

Acerca de esta edición

Boletin Judicial de Costa Rica del 18/11/2019

TítuloBoletín Judicial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha18/11/2019

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones5055

Primera edición01/01/2003

Ultima edición23/10/2023

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