Boletin Judicial de Costa Rica del 11/11/2019

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Fuente: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 36 BOLETÍN JUDICIAL Nº 214

Lunes 11 de noviembre del 2019

centro, Turrialba, Cartago, el 27/04/1991, con 28 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días hábiles siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000362-0675-FA-J.
Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba Materia Familia, Turrialba, 04 de noviembre del año 2019.Licda. Viria Artavia Quesada, Jueza.1 vez.O. C. Nº 364-12-2017.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2019403401 .
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer María Zulema Castro Méndez, mayor, soltera, oficios domésticos, nicaragense, pasaporte de Nicaragua número C01736517, hija de Maritza Méndez Hernández, de nacionalidad nicaragense y Francisco Javier Castro Cruz, de nacionalidad nicaragense, nacida en Matagalpa, Nicaragua, el 20 de agosto de 1995, con 24 años de edad y Diego Alonso Barahona Jiménez, mayor, soltero, trabaja en tiendas Ekono, cédula de identidad número 0110300254, hijo de María Isabel Jiménez Quirós, de nacionalidad costarricense y Reynaldo Barahona Calderón, de nacionalidad costarricense, nacido en Hospital, central, San José, el 10 de marzo de 1979, actualmente con 40 años de edad, ambas personas contrayentes tienen el domicilio en San José, cantón central, distrito San Francisco de Dos Ríos. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho entro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000974-0186-FA.Juzgado Primero de Familia de San José, San José, 21 de octubre del año 2019.M.Sc.
Marilene Herra Alfaro, Jueza.1 vez.O. C. Nº 364-12-2017.
Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2019403404 .
Esteban David Salas León y Francinny Dahianna Rocha Peña, cédula por su orden: 1-1379-0192 y 1-1725-0323; ambos vecinos de Desamparados, Los Guidos, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Expediente N 19-001544-0637FA.Juzgado de Familia de Desamparados, 05 de noviembre del 2019.Licda. Zeidy Jacobo Morán, Jueza de Familia.1 vez.O.
C. N 364-12-2017.Solicitud N 68-2017-JA. IN2019403405 .
Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil, presentes en este despacho Alberto Solano Sánchez, mayor, divorciado una vez, construcción, cédula de identidad número 0302170192, vecino de Guadalupe, Ipís, 300
metros al oeste y 75 metros sur, de Urbanización Las Orquídeas, casa número A-10 color amarillo , hijo de Víctor Solano Carvajal y Clemencia Sánchez Redondo, nacido en La Gloria Jiménez Cartago, el 14/10/1956, con 63 años de edad, y Juana Astrid Arroyo Tirado, mayor, divorciada una vez, docente, cédula de identidad número 0800760572, vecina de Guadalupe, Ipís; 300 metros al oeste y 75 metros sur, de Urbanización Las Orquídeas, casa número A-10 color amarillo., hija de Alcides Arroyo Montiel y Carmela Raquel Tirado, nacida en Sucre Colombia, el 08/01/1964, actualmente con 55 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-001982-0165-FA.Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 14 de octubre del año 2019.
Msc. Valeska Von Koller Fournier, Jueza.1 vez.O.C. N 36412-2017.Solicitud N 68-2017-JA. IN2019403406 .

Edictos en lo Penal Licenciada Yendry Núñez Mora, Coordinadora de la Fiscalía Adjunta de Puntarenas, a la señora Jazmín Orias Azaba, mayor, cédula N 603470403, soltera, se le hace saber: Que en el Legajo de Acción Civil Resarcitoria del expediente N 16-600187-0607TC, seguido en contra de José Carlos Matarrita Sánchez en perjuicio de Guillermo Paniagua Madriz, por el delito de lesiones culposas, se ha dictado resolución que literalmente dice: Comunicación por edicto. Fiscalía Adjunta de Puntarenas: De conformidad con los
artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Licda. Marilyn Vargas Moya, abogada de la Oficina de Defensa Civil de la Víctima del Ministerio Público, en atención a la delegación expresa que se hiciera de la acción civil resarcitoria en esta Oficina por parte de los ofendidos directos Guillermo Paniagua Madriz, a darle traslado al tercero demandado civil Jazmín Orias Izaba, mayor, cédula número 603470403, de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos.
Asimismo, se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución al demandado civil y a su defensor en forma separada. En vista de que la señora Jazmín Orias Izaba, es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución que antecede por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.Fiscalía Adjunta de Puntarenas.
Licda. Yendry Núñez Mora, Coordinadora.1 vez.O.C. N 364-122017.Solicitud N 68-2017-JA. IN2019402868 .
Fiscalía Adjunta Primer Circuito Judicial San José, al ser las dieciséis horas y cincuenta y cuatro minutos del cinco de noviembre del año dos mil diecinueve. Licenciado Alexander Arróniz Parrales, al señor Carlos Luis Araya Corrales, cédula o documento de identidad número 104360012, se le hace saber: que en el Legajo de Acción Civil Resarcitoria, en la causa número único 17-0002130619-PE; seguido en contra de Santos Eduardo Díaz Muñoz, en perjuicio de Gary Reinaldo Umaña León, por el los delito s de lesiones culposas, se ha dictado resolución que literalmente dice: se da traslado de la acción civil resarcitoria Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las diecisiete horas veintiocho minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil diecinueve. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Lic. Ana Ramírez Quesada, en representación del ofendido Gary Reinaldo Umaña León a darle traslado a la albacea o sucesión de Carlos Luis Araya Corrales, de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, se les informa que tiene el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación; para que manifiesten lo que corresponda; por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50
de la Ley de Notificaciones Judiciales N 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N 20, del 29 de enero de 2009.
Comuníquese el contenido de la resolución a los demandados civiles y a su defensor. Notifíquese. Lic. Alexander Arróniz Parrales.
Fiscalía Adjunta Primer Circuito Judicial San José. Comunicación por edicto. Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de San José. En vista de que el señor Carlos Luis Araya Corrales, cédula o documento de identidad número 104360012; se encuentra fallecido, se procede a comunicarle la resolución; por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.
Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de San José.Lic.
Alexander Arróniz Parrales, Fiscal Auxiliar.1 vez.O.C. Nº 36412-2017.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2019403376 .

Acerca de esta edición

Boletin Judicial de Costa Rica del 11/11/2019

TítuloBoletín Judicial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha11/11/2019

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones5055

Primera edición01/01/2003

Ultima edición23/10/2023

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