Orden de 1 de octubre de 1997 por la que se amplía la de 26 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Justicia.

Para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal (LORTAD), se regularon los ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el entonces Ministerio de Justicia e Interior mediante Orden de 26 de julio de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 27), completada y modificada por la Orden de 5 de diciembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 28).

A fin de completar la relación de ficheros automatizados gestionados por el Ministerio de Justicia a los que afecta la citada Ley Orgánica y garantizar la máxima transparencia en el tratamiento automatizado de los datos de carácter personal, asegurando a los ciudadanos el ejercicio de sus legítimos derechos, se procede a la regulación de unos nuevos ficheros correspondientes al Ministerio de Justicia, referidos al Instituto de Toxi cología.

En su virtud, dispongo:

Primero.-Se amplía el contenido del anexo de la Orden de 26 de julio de 1994, con la inclusión de los nuevos ficheros automatizados del Instituto de Toxicología, que se relacionan y se describen en el anexo de esta Orden.

Segundo.-El titular del órgano responsable de los ficheros automatizados adoptará, bajo la superior dirección del Ministerio de Justicia, las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes para hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre y en sus normas de desarrollo.

Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 1 de octubre de 1997.

MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.

ANEXO

Ficheros ubicados en los sistemas informáticos

del Instituto de Toxicología

Nombre genérico del archivo: Instituto de Toxicología, Personal.

Responsable: Instituto de Toxicología.

Finalidad: La inscripción de todo el personal funcionario y laboral del Instituto incluyendo todos los datos que afecten a la vida administrativa de éstos.

Usos: Los necesarios para la realización de las funciones que en materia de personal tenga encomendadas el Instituto de Toxicología.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal: El personal funcionario y laboral que presta servicios en el Instituto de Toxicología.

Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: La información de los interesados.

Estructura básica del fichero automatizado:

Datos identificativos.

Datos de características personales.

Datos académicos y profesionales.

Datos de detalle de empleo y carrera administrativa.

Datos sobre control de bajas, permisos y vacaciones.

Cesión de datos que se prevén: Ninguna.

Órgano ante el que puedan ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Instituto Nacional de Toxicología, calle Luis Cabrera, número 9, 28002 Madrid.

Nombre genérico del archivo: Instituto de Toxicología.

Responsable: Instituto de Toxicología.

Finalidad: La gestión de las muestras y de los resultados obtenidos en los análisis realizados en la investigación judicial.

Usos: Investigación analítica.

Personas o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal: Las personas implicadas en los procedimientos judiciales.

Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Pasivamente, a partir de los autos judiciales y activamente mediante entrevista personal (sólo en casos de investigación de paternidad).

Estructura básica del fichero automatizado:

Datos de carácter identificativo y personales: Nombre y apellidos.

Datos científicos.

Cesión de datos que se prevén: Autoridades judiciales (organismo solicitante).

Otras cesiones previstas: Elaboración de la Memoria del centro y recopilación de datos científicos, ambos sin identificación personal.

Órgano ante el que puedan ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Instituto de Toxicología, calle Luis Cabrera, número 9, 28002 Madrid.

Nombre genérico del archivo: Instituto de Toxicología (SIT).

Responsable: Instituto de Toxicología.

Finalidad: La gestión de datos sobre intoxicaciones.

Usos: Clínico y epidemiológico.

Personas o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal: Los individuos intoxicados.

Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: La información personal por vía telefónica.

Estructura básica del fichero automatizado:

Datos de carácter identificativo y personales: Nombre y apellidos.

Datos científicos.

Cesión de datos que se prevén: Autoridades judiciales.

Otras cesiones previstas: Elaboración de la Memoria del centro y recopilación de datos científicos y epidemiológicos, ambos sin identificación personal.

Órgano ante el que puedan ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Instituto Nacional de Toxicología, calle Luis Cabrera, número 9, 28002 Madrid.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 243 del Viernes 10 de Octubre de 1997. Disposiciones generales, Ministerio De Justicia.

Notas

  • Entrada en vigor 11 de octubre de 1997.

Materias

  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Justicia

Otras ediciones del BOE

Ultima edición del BOE

Ultima edición del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...