Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 9/1/2024

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

9 de enero de 2024

Página 3

B.O. P. DE CADIZ NUM. 6

administrativa RD 645/2011 de 9 de mayo a impartir en San José del Valle, durante un periodo de 12 meses para desarrollo del programa formativo, más 15 días antes y después del inicio y cierre del Proyecto, siendo en total 13 meses.
. Personal Directivo: Una plaza de Técnico Directivo, a tiempo completo, para la coordinación y gestión del proyecto completo 13 meses.
. Personal de Apoyo:

- Una plaza de personal de apoyo administrativo a tiempo completo, durante todo el desarrollo del Proyecto 13 meses.

- Una plaza de personal de apoyo a la inserción laboral y al empleo a tiempo parcial, durante los 3 últimos meses del Proyecto.

La presente convocatoria generará una lista de reserva exclusivamente para la cobertura de sustituciones y vacantes de los puestos ofertados. Formarán parte de ella todas las personas seleccionadas por riguroso orden de puntuación final obtenida.

1.2.- La modalidad de contrato será un contrato laboral de carácter temporal según la legislación vigente, vinculado a la duración del Proyecto JANDEMPLEA
LITORAL con Expediente 11/2023/PE/0006, que se presume que es de 13 meses.

1.3.- Al presente concurso le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el R.D.L. 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, las Bases de la presente convocatoria, y, supletoriamente, el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo.

1.4.- Principales funciones de los puestos:

. Personal Docente/Tutor:
a Adecuación, preparación e impartición de los módulos formativos establecidos por el Instituto Nacional de Cualificaciones Profesionales para la acción formativa que sea contratado/a.
b Calendarización de los módulos formativos a impartir, tanto específicos como transversales, en función del número de horas teóricas totales del curso respecto a la acción formativa.
c Realización del control adecuado de asistencia, tanto semanal, como mensual del personal beneficiario y remisión de los mismos a los responsables del proyecto.
d Cumplir y hacer cumplir el reglamento interno para personas beneficiarias del proyecto.
e Realización de la evaluación continua del alumnado, así como informes de evaluación a la finalización del período de formación teórica y del período de formación práctica.
f Realización del Informe de evaluación final del alumnado, especificando las competencias adquiridas por cada uno/a de ellos/as así como el nivel de capacitación alcanzado.
g Seguimiento adecuado del alumnado durante el período de alternancia y colaboración con el tutor de prácticas de la empresa.
h En general, la realización de cualquier tipo de informes relacionados con su actividad profesional, que le pudieran ser requeridos.
i Colaboración con el personal directivo y/o personal de apoyo para la buena marcha del proyecto.
j Recopilación de información sobre empresas relacionadas con las distintas especialidades formativas.
k Gestión, seguimiento y orientación de la totalidad de la acción formativa completa teoría y práctica realizada por los/as beneficiarios/as de las acciones formativas.

. El personal directivo.
a Desarrollo y puesta en marcha las distintas actuaciones previstas en el Proyecto, responsabilizándose de la gestión administrativa del mismo.
b Coordinación de las actuaciones previstas en el Proyecto: formación, prácticas profesionales.
c Revisión de la documentación técnica y administrativa del proyecto.
d Control y mantenimiento del archivo de documentación del Proyecto.
e Control contable y realización de las tareas necesarias para la justificación de los gastos del Proyecto ante los Organismos Públicos Competentes.
f Preparación de los informes económicos y de seguimiento físico y técnico y, en general, realizar el conjunto de tareas necesarias para garantizar la buena marcha del Proyecto.
g Coordinación y colaboración con el personal técnico de formación y empleo y con el personal docente en pro de la buena marcha del proyecto.
h Y, en general, colaboración apoyo a la Coordinación General del Proyecto para la correcta ejecución del mismo y demás equipos en los que pudiera ser integrado.

. El personal de apoyo administrativo.
a Desarrollo y puesta en marcha de la gestión administrativa del mismo.
b Revisión de la documentación técnica y administrativa del proyecto.
c Control y mantenimiento del archivo de documentación del Proyecto.
d Control contable y realización de las tareas necesarias para la justificación de los gastos del Proyecto ante los Organismos Públicos Competentes.
e Ayudar a la preparación de los informes económicos y de seguimiento físico y técnico y, en general, realizar el conjunto de tareas necesarias para garantizar la buena marcha del Proyecto.
f Coordinación y colaboración con el personal directivo y con el personal docente en pro de la buena marcha del proyecto.

. El personal de apoyo a la inserción laboral y al empleo.
a Impartición de módulos transversales y formativos individuales y grupales en técnicas de búsqueda de empleo e igualdad de oportunidades.
b Calendarización de los módulos formativos a impartir, en función del número de horas teóricas totales del curso respecto a la acción formativa.
c Realización del control adecuado de asistencia, tanto semanal, como mensual del personal beneficiario y remisión de los mismos a los responsables del proyecto.
d Cumplir y hacer cumplir el reglamento interno para personas beneficiarias del proyecto.
e En general, la realización de cualquier tipo de informes relacionados con su actividad profesional, que le pudieran ser requeridos.
f Colaboración con el personal directivo y/o personal de apoyo para la buena marcha del proyecto.

g Búsqueda de empresas para la mediación de la inserción socio-laboral.
h Recopilación de información sobre empresas relacionadas con las distintas especialidades formativas.
i Gestión, seguimiento y orientación de la totalidad de la acción formativa completa teoría y práctica realizada por los/as beneficiarios/as de las acciones formativas.

1.5.- La contratación que se realice como resultado de la presente convocatoria se formalizará, siempre que exista crédito presupuestario para llevarla a cabo, a través de la figura del contrato que la legislación vigente estime oportuno, a tiempo completo o parcial y la duración no se extenderá a 13 meses como máximo.

La vigencia del contrato realizado de acuerdo con lo previsto en la presente convocatoria no podrá exceder del período máximo de elegibilidad del gasto, quedando en cualquier caso supeditado a la existencia de consignación presupuestaria suficiente de conformidad con lo establecido en el artículo 173.5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
SEGUNDA. - CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR
O CUMPLIR LAS PERSONAS ASPIRANTES.

2.1.- Tener la nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o extranjeros con residencia legal en España, de conformidad con lo previsto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2.2.- Tener cumplidos 16 años de edad.

2.3.- Estar en posesión de las siguientes condiciones, según el puesto de trabajo:

2.3.1.- Personal Docente/Tutor ADGD0308- Actividades de Gestión Administrativa RD 645/2011 de 9 de mayo a impartir en San José del Valle. Un puesto ofertado.

2.3.1.1.- Titulación y experiencia exigida al puesto de Docente/Tutor.
Módulo Formativo
Titulación requerida
MF0976_2: Operaciones administrativas comerciales MF0979_2: Gestión operativa de tesorería MF0980_2: Gestión auxiliar de personal MF0981_2: Registros Contables MF0973_1: Grabación de Datos MF0978_2: Gestión de archivos MF0233_2: Ofimática
Experiencia profesional requerida en el ámbito de la unidad de competencia
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes.
Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes.

1 año
Experiencia profesional relacionada con la unidad de competencia - 4111.1011 Empleados/as administrativos/as de contabilidad, en general.
- 4111.1011 Auxiliar administrativo de cobros y pagos.
- 4111.1011 Auxiliar administrativo de contabilidad.
- 4111.1011 Auxiliar administrativo de facturación.
- 4122.1011 Empleados/as administrativos/as comerciales, en general.
- 4122.1011 Auxiliar administrativo comercial.
- 4223.1017 Empleados/as administrativos/as de servicios de personal.
- 4223.1017 Auxiliar administrativo del departamento de Recursos Humanos.
- 4122.1011 Auxiliar de apoyo administrativo de compra y venta.
- 4309.1029 Empleados/as administrativos/as, en general.
- 4500.1019 Empleados/as administrativos/as con tareas de atención al público no clasificados bajo otros epígrafes.
- Auxiliar administrativo de las distintas Administraciones Públicas.

2.3.1.2.- Capacitación docente exigida al puesto de Docente/Tutor
Para acreditar la competencia docente requerida, el formador/a o persona experta deberá estar en posesión del Certificado de Profesionalidad de Formador Ocupacional o del Certificado de Profesionalidad de Docencia de la Formación Profesional para el Empleo. La formación en metodología didáctica de formación profesional para adultos será equivalente al certificado de profesionalidad de formador ocupacional o del certificado de profesionalidad de docencia de la formación profesional para el empleo, siempre que dicha formación se haya obtenido hasta el 31 de diciembre de 2013.

Del requisito establecido en el párrafo anterior estarán exentos Real Decreto 34/2008 según nueva redacción del Real Decreto 189/2013:
a Quienes estén en posesión de las titulaciones universitarias oficiales de licenciado en Pedagogía, Psicopedagogía o de Maestro en cualquiera de sus especialidades, de un título universitario de graduado en el ámbito de la Psicología o de la Pedagogía, o de un título universitario oficial de posgrado en los citados ámbitos.
b Quienes posean una titulación universitaria oficial distinta de las indicadas en el apartado anterior y además se encuentren en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica o de los títulos profesionales de Especialización Didáctica y el Certificado de Cualificación Pedagógica. Asimismo estarán exentos quienes acrediten la posesión del Máster Universitario habilitante para el ejercicio de las Profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas y quienes acrediten la superación de un curso de formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia, no pueden realizar los estudios de máster, establecida en la disposición adicional primera del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria,

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 9/1/2024

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date09/01/2024

Page count19

Edition count6017

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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