Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/11/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba
JUEVES 11 DE NOVIEMBRE DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIII - Nº 234
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

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a SECCION

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1357 Pag. 1
PODER LEGISLATIVO
Decreto N 371 Pag. 1

Decreto N 1357
Córdoba 4 de noviembre de 2021
VISTO: El Expediente N. 0110-127282/2014 del Registro General de Educación Secundaria del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:

Que por la presentes actuaciones se tramita la imposición de nombre para el Instituto Provincial de Educación Media I.P.E.M N 341 de la Localidad de Manfredi, Departamento Rio Segundo, dependiente de la Dirección General supra citada.
Que obra en autos la terna elevada por la Dirección del Establecimiento Educación antes mencionado, de la cual surge el nombre de GOBERNADOR
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA, como homenaje a quien fuera Gobernador por elección popular en tres oportunidades desde Julio del año 1999 hasta julio del año 2003, reelecto en ese mismo año hasta diciembre del año 2007, y elegido nuevamente Gobernador, siendo investido el 10 de diciembre del 2011.
Que cursó sus estudios superiores en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba, donde se recibió de abogado y se desempeñó como docente; a su vez, en el ámbito político perteneció al Partido Justicialista, siendo uno de los Promotores del Movimiento conocido como Renovación Peronista en la década de 1980: también participó y ejerció diversas actividades públicas y asumió cargo como Diputado Nacional, Embajador en Brasil y Senador Nacional.
Que en lo atinente a la política educativa, durante los periodos de su gobierno se adoptaban medidas trascendentales que redundaron en una sensible priorización jerarquización de la educación, en particular de los sectores más postergados de la sociedad.
Que ello es así, toda vez que en dicho periodo se crearon gran cantidad de centros educativos, distribuidos a lo largo y a lo ancho del territorio provincial; asimismo, impulsó la educación universitaria, mediante la creación de la Universidad Provincial de Córdoba e implementó el Boleto Educativo Gratuito,
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN
Resolución N 47 - Letra: A Pag. 2

destinado a lograr que todo educados como docentes y no docentes de los tres niveles educativos accedan sin ningún tipo de obstáculos a la Institución a la que pertenecen, garantizado el traslado a su ámbitos escolares.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el Decreto n 7694/E/1968.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativas citadas, lo dictaminado por el área jurídica del Ministerio de Educación al N 469/2019, y por Fiscalía de Estado bajo el N 1146/2019 y el uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Articulo 1.- IMPÓNESE el nombre GOBERNADOR JOSÉ MANUEL DE
LA SOTA AL Instituto Provincial de Educación Media I.P.E.M. N 341 de la localidad de Manfredi, Departamento Rio Segundo, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria del Ministerio de Educación.
Articulo 2.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación Y Fiscal de Estado.
Articulo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

PODER LEGISLATIVO
Decreto N 371
Córdoba, 09 de noviembre de 2021
VISTO: el Decreto Nº 057 de fecha 9 de abril de 2021 de la Presidencia del Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba, prorrogado mediante los Decretos N 100/2021, Nº 135/2021, Nº 171/2021, Nº 212/2021, Nº 271/2021
y Nº 306/2021, y la Resolución Nº 09/2021 de la Secretaría Administrativa.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Y CONSIDERANDO:

Que, a través del mencionado Decreto Nº 057/2021 se dispuso instrumentar el régimen de Pasividad Anticipada Voluntaria, en los términos previstos en el artículo 29 de la Ley N 8836, su reglamentación y normas complementarias, para el Personal de la Legislatura Provincial comprendido en la Ley N 9880
Estatuto Escalafón para el Personal del Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba al que, al día 31 de marzo de 2021, le faltare hasta diez 10 años para reunir las condiciones y requisitos vigentes para la obtención de la jubilación
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/11/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date11/11/2021

Page count2

Edition count4137

First edition01/02/2006

Last issue11/05/2024

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