Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/08/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 173
CORDOBA, R.A. MARTES 24 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

las variaciones de costos verificadas en los meses de julio y octubre del 2020, habiendo renunciado la contratista a efectuar todo reclamo por mayores costos, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza que pudieren generarse con la tramitación de la presente, conforme lo estipulado por el artículo 14 Anexo I del Decreto Nº 800/2016.
Que se ha agregado en los presentes el Documento Contable - Nota de Pedido N 2021/000073 que certifica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N 301/2021 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que de conformidad a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N 800/2016, modificado por el Decreto N 30/2018 y disposiciones de la Resolución Ministerial Nº 223/2016, atento a que se ha verificado una variación en los precios ponderados de los factores de costos del contrato, superior al cinco por ciento 5% respecto a los valores contractuales vigentes, puede procederse como se gestiona, debiendo oportunamente suscribir la adenda de contrato correspondiente, habida cuenta que existe una modificación del precio contractual que produce consecuencias jurídicas en la ejecución del contrato de obra pública de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, las previsiones del artículo 8º del Decreto Nº 30/2018, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N 301/2021 y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Primera y Segunda Adecuación Provisoria de Precios por variaciones de costos producidas en los meses de julio y octubre del 2020, de los trabajos faltantes de ejecutar en la obra: REPARACIONES GENERALES EN LA SEDE DE LA PROCURACIÓN DEL TE-

SORO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, ubicada en calle Duarte Quirós Nº 457 Bº Centro Departamento Capital Provincia de Córdoba, por la suma total de Pesos Dos Millones Doscientos Cincuenta y Dos Mil Setecientos Cinco $ 2.252.705,00, conforme Formularios de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios confeccionados con fecha 3 de noviembre del 2020 y 14 de mayo del 2021, respectivamente, suscriptos por la Empresa ICARO S.A. CEDE S.R.L. - CONSORCIO DE COOPERACION, representada por el señor Agustín Andrés DE LA COLINA, contratista de la obra, que como Anexo I compuesto de dos 2 fojas, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos Dos Millones Doscientos Cincuenta y Dos Mil Setecientos Cinco $
2.252.705,00 conforme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio, en su Documento de Contabilidad - Nota de Pedido N
2021/000073, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 506-011, Partida 12.06.00.00, Obras - Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 3.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por adecuación provisoria de precios, debiendo la Empresa ICARO S.A. CEDE S.R.L. CONSORCIO DE COOPERACIÓN, de corresponder, integrar el importe adicional de garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO

Resolución N 284
Córdoba, 19 de agosto de 2021
Expediente Nº 0045-022876/2020/A1.VISTO: este expediente por el cual se gestiona la sustitución anticipada de los Fondos de Reparo de la obra: MEJORAMIENTO DE CAMINOS RURALES RUTA PROVINCIAL E52 TRAMO: POZO DEL MOLLE LOS
UCLES RUTA PROVINCIAL N 3 DEPARTAMENTOS: GENERAL SAN
MARTÍN, RÍO SEGUNDO Y UNIÓN.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico, mediante la aplicación Portal de Obras Públicas POP, de conformidad a lo prescripto por la Ley Nº 10.618, su Decreto Reglamentario Nº 750/2019, la Resolución Nº 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Modernización, la Resolución Nº 20/2019 de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación complementaria de aplicación en la especie.
Que la Dirección General de Asuntos Legales advierte sobre la existencia de un archivo titulado índice, haciendo plena fe de su contenido.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que la obra de referencia fue adjudicada al Consorcio Caminero Único creado por Ley N 10.546 y su Decreto Reglamentario N 1053/2018, por Resolución Ministerial Nº 163/2021 de fecha 17 de mayo del 2021, suscribiéndose el contrato de obra el día 15 de junio del 2021.

Que se acompaña en autos copia del Legajo Único de contratación de la obra, tramitada por Expediente N 0045-022876/2020, que en su punto II.2.3 establece un Fondo de Reparos del 5% del importe total de cada certificado de obra mensual ejecutada, y en su punto II.2.5 que La inspección, medición y certificación de las obras estará a cargo de la DPV .
Que la Ley de Obras Públicas Nº 8614 dispone en su Artículo 59 que En todo certificado de pago de obra de construcción se descontará del cinco por ciento 5% al diez por ciento 10% de su importe para formar el fondo de reparos según se determinen en los pliegos respectivos. En los casos de pago diferido, la autoridad competente determinará la necesidad de formarlo y el monto del mismo. Este depósito podrá ser sustituido por los demás medios y modos previstos en el Artículo 22, previa aceptación de la autoridad competente.
Que el Presidente del Consorcio Caminero Único acompaña en autos Póliza de Caución en garantía Sustitución Fondo de Reparo Obra Pública N
920.368, Cláusula N 73 Condiciones Generales y Anexo 99, con vigencia desde las 0 horas del día 22 de junio del 2021 hasta la extinción de las obligaciones del Tomador cuyo cumplimiento cubre, emitida por Alba Compañía
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/08/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date24/08/2021

Page count40

Edition count4137

First edition01/02/2006

Last issue11/05/2024

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