Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/08/2021 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 162
CORDOBA, R.A. LUNES 9 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

tada Comisión y Comité, y prever la articulación con el subsector privado, estableciendo, a través de la Resolución 878/2020 la obligatoriedad en cabeza de los Efectores de la Salud con Internación - tanto del sector público como el privado - el deber de conformación del Comité de Seguridad del Paciente, del Equipo de Salud y Control de Infecciones, en el ámbito de sus Instituciones. Elemento de aproximación a la unificación de criterios en lo que a infecciones se refiere.
Que, resta destacar que, una de las principales causas de mortalidad de las personas con cuadros infecciosos graves, es la sepsis. Por esta razón es de suma importancia el abordaje integral y con criterios unificados de este aspecto en todos los centros de salud, en procura de llevar a cabo intervenciones coordinadas y transversales desde el diagnóstico, como así también en lo preventivo y asistencial.

Que a pesar de contar este Ministerio de Salud con una política de Estado en materia de Seguridad del Paciente, continúan presentándose una significativa cantidad de eventos adversos o cuasi-errores en los hospitales provinciales, debiendo actualizarse en forma permanente los manuales de procedimiento y hacer uso efectivo de las herramienta que hoy permite la tecnología, fortaleciendo así la cultura de la calidad institucional.
Que es por ello que una red integral de asistencia en infectología tanto de promoción como de prevención, de diagnóstico y tratamiento, con adecuaciones necesarias acorde a la complejidad y al nivel asistencial de cada lugar, basados en una red provincial integrada, con redes locales sería de suma utilidad, previendo la optimización de recursos, la reducción de costos y por sobre todo, evitar la morbi-mortalidad, procurando que la administración de medicamentos para el tratamiento de las distintas infecciones, sea protocolizada, a partir del consenso de expertos.

Que dicha Red permitirá trabajar intersectorialmente en forma coordinada con las instituciones, referentes y sectores representativos en la temática especializada en infecciones en la salud.
Que se acompaña a la presente, Anexo Único que da cuenta de la necesidad de la creación de la Red de que se trata, como así también, donde se establecen los lineamientos básicos de funcionamiento de la misma, exponiendo funcionamiento, objetivos generales y específicos, como así también disciplinas involucradas, metodología de trabajo y programa operativo anual, entre otras consideraciones logísticas de funcionamiento.
Por ello, lo informado por las Secretarías de Salud y de Prevención y Promoción de la Salud y en uso sus atribuciones, EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
1- CRÉASE la RED PROVINCIAL DE INFECTOLOGÍA en el ámbito de esta Cartera Ministerial, cuyas pautas de funcionamiento, objetivos generales y específicos y metodología de trabajo; se consignan en Anexo I, el que compuesto de DIEZ 10 fojas, forma parte integrante del presente Instrumento Legal.
2- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese y archívese.
FDO.: DIEGO HERNAN CARDOZO, MINISTRO DE SALUD
ANEXO

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 199

VISTO: este expediente en el que se gestiona la aprobación de la Modificación de Obra Nº 1 y Obras Complementarias Nº 1 correspondientes a la Obra: MEJORAMIENTO CAMINOS RURALES RUTA PROVINCIAL Nº 11 DEPARTAMENTO RÍO CUARTO Camino que une la Localidad de Coronel Baigorria con Estación Río Seco 1eros. 4000 metros, a cargo del CONSORCIO CAMINERO ÚNICO, por la sumas de $ 9.951.710,00
y $ 23.815.738,24, respectivamente.

Y CONSIDERANDO:
Que surge de las constancias obrantes en autos que por Resolución Ministerial N 202/2020 rectificada por su similar Nº 157/2021 se adjudicó la ejecución de la referida obra al Consorcio Caminero Único por un mon-

mentarias Nº 1, fundamentadas en que el anteproyecto de las obras hidráulicas sobre la cual se basaron las estimaciones en cantidad y precio en los cómputos métricos resultaron ser inferiores a las obtenidas en el proyecto definitivo y en que el aviso de proyecto presentado a la Secretaría de Ambiente, el que debió haber sido realizado por una profesional al iniciarse la obra, incorporó la necesidad de realizar una reforestación de las especies arbóreas que se verían afectadas por la construcción del puente y los terraplenes de acceso , relativos a: Puente sobre Arroyo Chucul, Sistema de Alcantarillas transversales y otras tareas.
Que se agregan también Pliego Particular Complementario de Condiciones Nº 01, Pliego Particular Complementario de Especificaciones Técnicas, Planilla Comparativa de obra en la cual se advierten los ítems, las cantidades, los precios y montos, Plan de Trabajo e Inversiones, Análisis de Precios y Planos.
Que de la referida documentación surgen los motivos y las necesidades en la ejecución de las obras descriptas, así como también se informa que la modificación de obra representa un aumento de los ítems de contrato existentes del 12,97%, respecto al monto de obra original, y las obras
to total de $ 76.747.560,00, suscribiéndose el pertinente Contrato de Obra con fecha 3 de diciembre de 2020 y el Acta de Replanteo Total con fecha 29 de diciembre de 2020, siendo el plazo previsto de ejecución de ciento ochenta 180 días.
Que la Jefatura de Departamento I Obras de la Dirección Provincial de Vialidad ha incorporado la documentación técnica consistente en Memoria Descriptiva de la Modificación de Obra N 1 y Obras Comple-

complementarias implican la creación de nuevos ítems, ascendiendo el presupuesto de la Modificación de Obra Nº 1 a la suma de $ 9.951.710,00 y de las Obras Complementarias Nº 1 a la suma de $ 23.815.738,24, siendo el monto total de la obra la suma de $ 110.515.008,24.
Que se desprende de dicha documentación que el porcentaje de la modificación de obra no supera el 30% del contrato originario, así mismo se destaca que la presente modificación y trabajos complementarios se
Córdoba, 10 de junio de 2021
Expediente Nº 0045-022100/2019/A10.-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

3

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/08/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date09/08/2021

Page count9

Edition count4133

First edition01/02/2006

Last issue07/05/2024

Download this edition

Other editions