Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 18/1/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria
BOPSO-07-18012019

Núm. 07

Viernes, 18 de enero de 2019

Pág. 268

c Ayudas de estudios del personal:
oBJEto:
Financiar los gastos de matrícula del personal que curse estudios académicos en centros oficiales.
rEQUisitos:
Esta ayuda no se concederá en los casos de repetición de asignaturas o curso, deduciéndolo proporcionalmente.
cUantÍa mÁXima:
como máximo del 75 % del importe de la matrícula, reduciéndose proporcionalmente en caso de superar la cuantía de las solicitudes el importe previsto en el Presupuesto de la Entidad para cada anualidad.
4.- Incompatibilidad de las ayudas todas las ayudas comprendidas en estas bases son incompatibles con cualquier otra ayuda destinada a la misma finalidad otorgada tanto por administraciones Públicas como por Entidades Privadas, salvo:
las becas de los programas Erasmus concedidas por el ministerio de Educación.
los beneficios obtenidos por poseer la condición de familia numerosa que son compatibles o acumulables con cualesquiera otros que, por cualquier causa, disfruten los miembros de éstas, según establece la d.a 2º de la ley 40/2003 de 18 de noviembre de Protección a las familias numerosas.
En todo caso, el importe total subvencionado, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, nunca podrá llegar a superar el coste de la actividad subvencionada en cada uno de los diferentes tipos de ayudas económicas, en virtud de lo dispuesto en el art. 19 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.
5.- Solicitud de la ayuda y plazo de presentación.
la solicitud de ayuda al estudio se formulará conforme al modelo de solicitud que figura como anexo i.
las solicitudes deberán presentarse en el plazo de diez días hábiles iniciándose el cómputo el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria y se presentarán en el registro de la diputación Provincial o en cualquier de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento administrativo común de las administraciones Públicas.
6.- Documentación.
6.1. documentación común que deberá contener todas las solicitudes de los tres tipos de ayudas:
- documento de identidad del alumno/alumna.
- documento acreditativo, en su caso, de poseer la condición de familia numerosa.
- certificado del centro en el que se realizan los estudios donde se acredite la matriculación del alumno/alumna, los estudios que ampara la matrícula y si se produce o no la repetición de curso o de asignaturas aisladas.
- declaración del solicitante de la ayuda en la que conste que no se ha solicitado y no se percibe ayuda alguna para la misma finalidad, tanto de instituciones públicas como privadas.

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Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 18/1/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Soria

CountrySpain

Date18/01/2019

Page count16

Edition count2682

First edition04/05/2005

Last issue20/05/2024

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