Boletin Judicial de Costa Rica del 10/3/2022

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Jueves 10 de marzo del 2022
Lic. Cesar Monge Vallejos Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a José Gabriel Ortiz Rondón, documento de identidad PCC7713390, casado/a, No indica, vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado en su contra, bajo el expediente número 22-000044-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: I. Se tiene por aceptado el cargo de curador procesal por parte del Licenciado Sequeira Solís. II. Del anterior proceso abreviado de divorcio establecido por Natalia Carvajal Gómez se confiere traslado por el plazo de diez días a José Gabriel Ortiz Rondón para que en la persona de su curador procesal Licenciado William Sequeira Solís, se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.
III. Notifíquese esta resolución al demandado, por medio de su curador procesal el Licenciado Sequeira Solís. Quedan las copias a su disposición o el ingreso por medio del Sistema de Gestión en Línea. De conformidad con el numeral 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar al demandado por medio de edicto esta resolución, remítase el mismo mediante sistema electrónico a la Imprenta NacionalCesar Monge Vallejos, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso abreviado de Natalia Carvajal Gómez contra José Gabriel Ortiz Rondón. Expediente Nº22-0000440187-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.Juzgado Segundo de Familia de San José, 01 de marzo del año 2022.Lic.
Cesar Monge Vallejos, Juez.1 vez.O. C. N 364-122021B.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022628792 .
Se avisa a los señores Juan Álvarez Artavia y Nicole Delgado Vega, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N 21-0007180673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Brianna Álvarez Delgado. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.

BOLETÍN JUDICIAL Nº 47 Pág 19

Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de marzo del dos mil veintidós.
Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.1 vez.O. C. N 36412-2021B.Solicitud N 68-2017-JA. IN2022629072 .
Se avisa, a la señora Adela Dinorah Sánchez Rivera, mayor, con demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal licenciado Carlos Eduardo del Carmen Chaverri Negrini, hace saber que existe proceso N 19000815-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad: Andersson Jaffed Mayorga Sánchez establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Adela Dinorah Sánchez Rivera y Manuel Ernesto Mayorga Sandoval, que en este Despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N 2022000149.Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, a las diez horas cuarenta y siete minutos del quince de febrero del dos mil veintidós.
Resultando: I., II., III.; Considerando: I.
Hechos probados:, II.Sobre el fondo:; Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 117, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad: Andersson Jaffed Mayorga Sánchez. Se extingue a su madre Adela Dinorah Sánchez Rivera y a su padre Manuel Ernesto Mayorga Sandoval el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito judicial del niño Andersson Jaffed Mayorga Sánchez, en la señora Dinorah Sánchez Rivera. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil, en el Registro de Nacimientos de la provincia de San José, tomo: 2123, folio: 230, asiento: 459. Sin especial condenatoria en costas. Publíquese la parte dispositiva de esta sentencia para lo que corresponda. Notifíquese. Licda.
Nelda Jiménez Rojas, Jueza. Teléfono del Juzgado de Niñez y Adolescencia: 2295-3115.Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 28 de febrero del 2022.Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.1 vez.O. C. N 364-12-2021B.
Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022629073 .
Se avisa a la señora Mariana Valeska Molina Acuña, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N 20-000363-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Thiago Pérez Molina. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste n su conformidad o se oponga n en estas diligencias.Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de febrero de dos mil veintidós.Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza Decisora.1 vez.O.C. Nº 36412-2021B.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022629074 .
Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Ana Virginia Argello Bustos mayor, soltera, actriz, documento de identidad 02-0604-0176, vecina de Guanacaste, Liberia centro, en el cual pretende cambiarse el nombre a Anne Virginia, mismos apellidos, cuyos padres son: Eugenia Concepción Bustos Espinoza y Rigoberto Arguello Ruiz. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N 21-000314-0386-CI2.Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste Liberia Materia Civil, hora y fecha de emisión: quince horas con quince minutos del cinco de noviembre del dos mil veintiuno.Roy Francisco Espinoza Quesada, Juez Decisor.1 vez. IN2022629104 .
Se avisa a la señora Levy Marcelino Hernández Cárdenas calidades, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N 21-000789-

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Boletin Judicial de Costa Rica del 10/3/2022

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date10/03/2022

Page count20

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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