Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 4/8/2020

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Source: Boletín Judicial de la Ciudad de México

Martes 4 de agosto del 2020

BOLETÍN JUDICIAL No. 51

de los Fondos de Apoyo a la Procuración y Administración de Justicia ambos de la Ciudad de México; en un 50
sin que se hayan recurrido el auto aludido. En ese tenor, se establece que tal determinación HA QUEDADO FIRME, por lo cual es susceptible de ser ejecutada en sus términos, lo anterior con fundamento en el artículo 412 del Código Nacional de Procedimientos Penales aplicado de manera supletoria, en relación a lo previsto en el numeral 8 de la Ley Nacional de Ejecución Penal. Notifíquese al Ofendido DANIEL
CRUZ HERNÁNDEZ de lo resuelto en el presente auto; la cual deberá de realizarse por edictos, el cual deberá ser publicado en el Boletín Judicial en una sola ocasión, siendo su publicación dentro de los 2 dos días siguientes a la fecha en que sea recibido el mismo, y en los estrados de esta Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución de Sanciones Penales. Por lo que en términos de los artículos 82, 83 y demás relativos y aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales, notifíquese al Agente del Ministerio Público y Asesor Jurídico, el presente proveído a efecto de que queden enterados de su contendido. ASÍ LO PROVEYÓ
Y FIRMA LA LICENCIADA ELSA BARRERA ROLDAN, JUEZ
DE EJECUCIÓN DE SANCIONES DEL SISTEMA PROCESAL
ACUSATORIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA
CIUDAD DE MÉXICO, DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO
05-22/2019 EMITIDO POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA
JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
4 Sin Costo CE: EJEC-SUL/2036/2019 OF. EJEC5340/2020

Edictos
Nacional de Procedimientos Penales, y de conformidad con el convenio suscrito entre el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y el Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en forma directa o por los medios electrónicos respectivos y con los insertos necesarios, se ordena librar atento exhorto al Juez de Ejecución de Sentencias competente en el Distrito Judicial de Texcoco, Estado de México, para que en auxilio de las labores de éste Órgano Judicial y de estimarlo ajustado a Derecho, se sirva diligenciarlo en los términos siguientes: notifique al sentenciado OBED
CASTAÑEDA AGUILAR cuyo domicilio se anexan en sobre cerrado, el contenido del presente proveído, así como del proveído de data 23 de enero de 2020; hecho lo anterior, se sirva devolver el exhorto de manera directa y por la misma vía a ésta autoridad en materia de Ejecución de Sanciones Penales de manera pronta y expedita, ello por conducto de la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución de Sanciones del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, ubicada en la calle de James E. Sullivan 133, sexto piso, colonia San Rafael, C.P 06470, Alcaldía Cuauhtémoc, de esta Ciudad, teléfono 91564997 Ext 510919;
seguro de la reciprocidad de ésta autoridad judicial en casos análogos. Asimismo, se autoriza la devolución anticipada del exhorto, a través de medios electronicos, señalandose para tal efecto el correo institucional ugj09@tsjdf.gob.mx, o cualquier medio necesario para ello, lo anterior con fundamento en los artículos 51 y 76
del Código Nacional de Procedimientos Penales, de aplicación supletoria a la Ley Nacional de Ejecución Penal Notifíquese al sentenciado el presente, así como el proveído de fecha 23 de enero de 2020 agotar medios autorizados, exhorto, estrados y edicto en términos de los numerales 82, 83, 84 y demás relativos y aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales citado. ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA EL JUEZ DE
LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES DEL SISTEMA PROCESAL PENAL
ACUSATORIO, LICENCIADO RENÉ GERARDO BREÑA
ANDUAGA, EN TÉRMINOS DEL ACUERDO PLENARIO
05-22/2019, EMITIDO POR EL PLENO DEL CONSEJO
DE LA JUDICATURA DE ESTA CIUDAD AUTO DE
CONTINUACIÓN DE PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN
AUTO. En la Ciudad de México, a 23 veintitrés de enero de 2020 dos mil veinte. Se tiene por recibida la sentencia condenatoria firme y anexos, a que hace alusión la constancia asentada por el Director de la Unidad de Gestión Especializada en Ejecución de Sanciones Penales; con fundamento en los numerales 24, 25, 100 y 101 de la Ley Nacional de Ejecución Penal; 1, 63 y 100 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, acuerdo 05-22/2019, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México. Por lo que EN CONTINUACIÓN DEL
PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN, y en seguimiento al mismo, se ordena lo siguiente: INTERVENCIÓN A LAS
PARTES La notificación al Ministerio Público, sentenciado, Defensa Pública, Asesor Jurídico Público y víctima, para hacerles saber que en la Unidad de Gestión Especializada en Ejecución de Sanciones Penales 1
Sullivan se continuará el trámite de la ejecución de la sentencia dictada en contra del justiciable OBED
CASTAÑEDA AGUILAR. DEFENSA. Al desprenderse que la justiciable ha sido representada por Defensa Pública en el procedimiento de ejecución, deberá requerirse a través de notificación personal, para que se imponga de la carpeta en el término de 3 días hábiles, sin perjuicio de que el sentenciado designe nuevo defensor, en cualquier etapa de ejecución. ASESOR JURÍDICO. Toda vez que la víctima ha sido asesorada por el asesor jurídico público, dese intervención a dicha institución para que designe el asesor jurídico que continuará asistiendo a la víctima, quien deberá imponerse de la carpeta en el término de 3 días hábiles, quedando a salvo el derecho de la víctima para designar un Asesor Jurídico diverso en el momento que lo considere oportuno, para que lo represente en esta etapa de ejecución penal. DECOMISO del resolutivo Quinto del
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UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC-SUL/076/2020
EDICTO No. 583
Sentenciado: OBED CASTAÑEDA AGUILAR
Delito: Robo Calificado En cumplimiento a lo ordenado en proveído de esta misma fecha, en la carpeta de ejecución al rubro anotada, seguida en contra de EOBED CASTAÑEDA
AGUILAR por el delito de ROBO CALIFICADO, se ordena notificar al sentenciado los siguientes proveídos: AUTO.Ciudad de México, a 10 de marzo de 2020. Vista la intervención que el Director de la Unidad de Gestión Judicial 1 brinda, digitalícese agréguese a la presente carpeta el oficio de cuenta y anexos. Se tiene al Subdirector de Coordinación de Control y Seguimiento a Externados, Monitoreo Electrónico y Presentaciones Personales, mediante el cual informa que prevalece lo informado mediante oficios SSP/DECSSL/
SCSEMEPP/8992/2019
y SSP/DECSSL/
SCSEMEPP/1578/2020, debido que a la data del presente, el sentenciado OBED CASTAÑEDA AGUILAR
ha sido omiso en presentarse a efecto de que le sea practicada su entrevista social e integración del expediente único, toda vez que carece de domicilio cierto, actividades u ocupaciones habituales; en tal sentido no es posible elaborar y enviar para su H.
consideración las medidas que integrarían la propuesta del Plan de Tratamiento. Atento a lo informado por la autoridad oficiante, requiérase al sentenciado OBED
CASTAÑEDA AGUILAR, para que en el término de 3 días hábiles, contados a partir del siguiente a su notificación, se presente ante la autoridad penitenciaria y lleve a cabo la entrevista social e integración del expediente único, a efecto de que dicha autoridad esté en aptitud de elaborar el Plan de Tratamiento a implementarle, apercibido que en caso de omisión, previa vista al Ministerio Público, se le revocará su libertad y ordenará su internamiento en el Centro de Reclusión correspondiente, para que compurgue la pena de prisión a la que fue condenado. Tomando en consideración que dicho justiciable carece de domicilio cierto, notifíquesele mediante estrado y edicto, así como en el domicilio proporcionado en Audiencia de Ejecución de Sentencia de data 23 de agosto de 2019; y toda vez que éste se encuentra fuera de la jurisdiccional territorial de este Órgano Jurisdiccional, con fundamento en los artículos 1, 20 y 21 Constitucional, así como 75, 76, 77 y demás relativos y aplicables del Código
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Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 4/8/2020

TitleBoletín Judicial de la Ciudad de México

CountryMexico

Date04/08/2020

Page count974

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First edition01/09/2016

Last issue07/06/2022

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