Gaceta Oficial de Venezuela del 06/07/2022 - Ordinaria
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Source: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria
Miércoles 6 de julio de 2022
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
457.521
Artículo 2. El funcionario designado por esta Resolución deberá rendir cuenta a la Ministra del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior E, de todos los actos y documentos que hubiere firmado en razón de su gestión.
Artículo 3. Esta Resolución entrará en vigencia a partir del veinte 20 de junio de 2022.
Comuníquese y publíquese, Por el Ejecutivo Nacional,
DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ
Ministra del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior E
Decreto N 4.287, de fecha 8 de septiembre de 2020
G.O.R.B.V. N 41.960, de fecha 8 de septiembre de 2020
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
DE ECONOMÍA , FINANZAS
Y COMERCIO EXTERIOR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA, FINANZAS Y COMERCIO EXTERIOR
DESPACHO DE LA MINISTRA
Caracas, 28 de junio de 2022.
AÑOS 212, 163 y 23
RESOLUCIÓN N 011-2022
La Ministra del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior E, designada mediante Decreto N 4.287, de fecha 8 de septiembre de 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 41.960, de esa misma fecha, en ejercicio de las atribuciones conferidas en los numerales 2, 19 y 27 del artículo 78 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo previsto en el numeral 2 del artículo 5, artículo 19 y en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, RESUELVE
Artículo 1. Nombrar al ciudadano PEDRO MANUEL SILVA
OLIVEROS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.358.307, como DIRECTOR
GENERAL
DE
ADMINISTRACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA DE LA
OFICINA NACIONAL DE CRÉDITO PÚBLICO del Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior, con las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.