Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/5/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 26 de mayo de 2021

BOLETIN OFICIAL

10 años a partir de su suscripción, con obligación de devolución a su término; y Que a fojas 18 se adjuntó informe de la División Finanzas de la Policía de Entre Ríos, donde se expresó que desde el punto de vista presupuestario, se efectuarán las adecuaciones de rigor para la absorción de todos los costos de mantenimiento, reparaciones, compra de repuestos, limpieza y servicie, como así también las erogaciones por la contratación de un seguro para el vehículo-cobertura B; y Que a fojas 24 se adjuntó constancia del seguro vigente de la motocicleta, objeto de dicho instrumento; y Que a fojas 32 obra informe elaborado por el perito mecánico de la Policía de Entre Ríos, dando cuento del buen estado general del rodado; y Que a fojas 38 vuelta tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, quien expresó que una vez cumplimentadas una serie de observaciones realizadas en el expediente, se estaría en condiciones de elevar al Poder Ejecutivo Provincial para que, de considerarlo pertinente, se proceda a aprobar el contrato de comodato celebrado entre el Municipio de Diamante y el señor Jefe de Policía de la Provincia de Entre Ríos mediante el acto administrativo de rigor; y Que a fojas 57 obra intervención de la División Asesoría Letrada de la Policía de Entre Ríos mediante dictamen N 352/2020, a través del cual se concluyó que no existen objeciones jurídicas para la procedencia de lo interesado, propiciando la elevación de los actuados a este Poder Ejecutivo para el dictado del acto administrativo correspondiente; y Que el contrato de referencia ha sido suscripto Ad Referéndum del Poder Ejecutivo Provincial, conforme lo normado por el artículo 175 inciso 21 de la Constitución Provincial;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Apruébase el contrato de comodato celebrado entre el Municipio de la ciudad de Diamante, representada en este acto por el señor Presidente Municipal don Juan Carlos Darrichón, DNI N
20.096.541, asistido por el Secretario Municipal Doctor Nelson Schlotahuer, DNI N 21.867.936, y la Policía de la Provincia de Entre Ríos, representada por el señor Jefe de Policía Comisario General Gustavo Horacio Maslein, DNI N 17.186.522; el cual forma parte integrante del presente.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Comuníquese, publíquese. Con copia del presente remítanse las actuaciones a la Jefatura de Policía y, oportunamente, archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 433 MGJ
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 22 de marzo de 2021
VISTO:
El recurso de revocatoria interpuesto por el abogado defensor del Comisario Inspector Sandro Jacinto Gazali, L.P. N 21.402, M.I. N
20.776.612; y CONSIDERANDO:
Que, el mencionado recurso se interpuso contra el Decreto N 1575
MGJ de fecha 01 de octubre de 2020, por el que se rechazó el recurso de revocatoria interpuesto contra el Decreto N3603/l9 MGJ de fecha 19 de noviembre de 2019; y Que, a fs. 17 obra Dictamen N 699 de la División Asesoría Letrada de la Jefatura de Policía en el que consideró que el exordio recursivo fue presentado el día 29 de octubre de 2020 por la defensa técnica del Comisario Inspector Gazali, quien había sido notificado en fecha 17 de octubre de 2020 y conforme a lo normado en el Art. 57 de la Ley N 7060 de Procedimientos Administrativos el mismo resulta formalmente procedente, propiciando la elevación de las actuaciones al Poder Ejecutivo; y Que, a fs. 20/21 ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia quien mediante Dictamen Técnico Legal N 1466/21 se expide realizando el encuadre legal conforme lo normado por la Ley N 7060 de Trámites Administrativos, haciendo un análisis formal del recurso traído a examen, considerando que el mismo resulta formalmente improcedente por haberse agotado la vía administrativa para el recurrente, dado que interpone recurso de revocatoria contra el decreto que rechazó el recurso de revocatoria contra el decreto que rechazó el recurso de apelación jerárquica contra la Resolución D.A.I. N
381/l9; y Que, habiendo terminado la vía recursiva prevista por la normativa
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legal aplicable, además que esta nueva presentación revocatoria contra revocatoria es inadmisible por lo que no es pertinente proceder a analizar la cuestión sustancial planteada, sugiriendo rechazar el recurso interpuesto por el Dr. Alfredo Juan Manuel Britos, abogado defensor designado en el sumario administrativo incoado al Comisario Inspector Sandro Jacinto Gazali, contra el Decreto N
1575/20 MGyJ; y Que en razón de todo lo expuesto y conforme los argumentos esgrimidos por los organismos jurídicos preopinantes, corresponde el rechazo por improcedente del recurso interpuesto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Recházase el recurso de revocatoria interpuesto por el Dr. Alfredo Juan Manuel Britos, abogado defensor del Comisario Inspector Sandro Jacinto Gazali, L.P. N21.402, M.I. N 20.776.612
contra el Decreto N1575/20 MGyJ de fecha 01 de octubre de 2020, en virtud a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º - Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 434 MGJ
RECONCIENDO SERVICIOS
Paraná, 22 de marzo de 2021
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas por el agente Wa lter Andrés Virué, DNI N 34.467.384; y CONSIDERANDO:
Que mediante las mismas, el agente Wa lter Andrés Virué, DNI N
34.467.384, Legajo Personal N 205.339, Contratado de Servicios con Reconocimiento de Estabilidad Categoría 6 - Administrativo Ejecución de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, solicitó la prórroga de adscripción a la Administradora Tributaria de la Provincia de Entre Ríos ATER Delegación Larroque; y Que a fojas 02/03, luce copia de Decreto N946/19 MGJ, de fecha 29 de abril de 2019, correspondiente a la última adscripción de dicho agente al organismo interesado; y Que a fojas 11, obra intervención del Director Ejecutivo de la Administradora Tributaria de la Provincia de Entre Ríos ATER; y Que a fojas 13, el señor Director de Inspección de Personas Jurídicas, restó su conformidad e informó que el trámite en cuestión no genera la necesidad de cubrir la función del agente a adscribir incorporando nuevo personal, tal como lo establece el Punto 2 de la Directiva 11/18 SGG; y Que a fojas 14, la Señora Ministra de Gobierno y Justicia autorizó a la prosecución del trámite; y Que a fojas 15, intervino la Dirección General de Recursos Humanos de la Gobernación, entendiendo que se estaría en condiciones de elaborar la pertinente Norma Legal adscribiendo al nombrado al ámbito de la Administradora Tributaria de Entre Ríos a partir del 29
de abril de 2020, y por el término de doce 12 meses, conforme lo normado por el Art. 39 de la Ley 9755, modificada por Ley 9811 y los incisos a y b del Art. 6 de la Ley 10.271, modificada por Ley 10.334; y Que a fojas 17 y vuelta, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, concluyó que se estaría en condiciones de dictar el acto administrativo correspondiente, por el cual se disponga la adscripción del agente de marras por el término de doce 12 meses; y Que a fojas 25, el señor Director Ejecutivo de la Administradora Tributaria de Entre Ríos ATER, adjuntó a fojas 24, certificación de los servicios prestados por el Agente Virué durante el período comprendido entre el 29 de abril de 2020 y el 31 de diciembre 2020; y Que la presente gestión encuadra en los alcances de los artículos 39 de la Ley N 9755, Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia y su modificatoria Ley N 9811, inciso a y b de la Ley N 10.271, y su modificatoria Ley N 10.334;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Reconózcase los servicios prestados por el agente Wa lter Andrés Virué, DNI N 34.467.384, Legajo Personal N 205.339, Categoría 6 Administrativo, quien revista como personal con Estabilidad Reconocida en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno y Justicia, en la Delegación Larroque de la Representación Territorial de la Administradora

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/5/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date26/05/2021

Page count24

Edition count4753

Première édition01/12/2003

Dernière édition21/05/2024

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