Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/06/2013 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 5556

LA PLATA, JUEVES 27 DE JUNIO DE 2013

BOLETÍN OFICIAL

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Sección Oficial Resoluciones


Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución N 122
La Plata, 14 de junio de 2013.
VISTO el expediente Nº 22104-1/13, por el cual se tramita la equiparación tarifaria del servicio público urbano intercomunal de transporte automotor de pasajeros de La Plata, Berisso y Ensenada al cuadro tarifario provincial previsto para los servicios urbanos intercomunales del Gran Buenos Aires, y CONSIDERANDO:
Que la política tarifaria provincial sobre el transporte público automotor de pasajeros tiene como objetivo central posibilitar el mantenimiento de las condiciones de accesibilidad, igualdad, eficiencia y calidad en la prestación del servicio público;
Que el Gobierno Nacional viene instrumentando, en lo particular, una política de subsidios al servicio público automotor de pasajeros para las empresas que forman parte del Área Metropolitana de Buenos Aires AMBA que presupone una compatibilización y una adecuación tarifaria común como forma de accesibilidad a dicho beneficio en su totalidad;
Que a su vez la Resolución N 422/12 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación estableció una compensación tarifaria para los recorridos de entre doce 12 kilómetros y veintisiete 27 kilómetros, y para los de más de veintisiete 27 kilómetros, donde para percibir esta compensación es requisito contar con el seccionamiento tarifario establecido por la Resolución N 975/12 del organismo antes mencionado;
Que la Resolución N 995/12 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros significó un paso inicial hacia la coordinación y adecuación de las tarifas existentes entre la Jurisdicción Nacional y la Jurisdicción Provincial del Gran Buenos Aires, ambas pertenecientes al AMBA;
Que corresponde avanzar en ese proceso de coordinación y adecuación tarifaria, incluyendo dentro del cuadro tarifario provincial de los servicios urbanos intercomunales del Gran Buenos Aires a las empresas que prestan servicios urbanos intercomunales en los partidos de La Plata, Berisso y Ensenada, toda vez que dicha región es parte integrante del Área Metropolitana de Buenos Aires;
Que asimismo, durante dicho proceso, fueron desapareciendo las diferencias objetivas que justificaban históricamente las desigualdades existentes entre ambas escalas tarifarias provinciales;
Que la Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros Decreto Ley N 16.378/57 establece en su artículo 34 que las tarifas serán justas, razonables y uniformes para todos los usuarios a igualdad de condición y serán aprobadas por la Dirección en puridad, Agencia Provincial del Transporte con arreglo a las bases establecidas por el Poder Ejecutivo y lo dispuesto en los artículos 15, 17 y 24 sobre coordinación y secciones, además de agregar que el Poder Ejecutivo procurará la adopción de índices y escalas uniformes para cada zona, atendiendo a los distintos tipos de caminos, tráfico, densidad y otros factores operativos económicos;
Que a fojas 22 tomó intervención la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, dictaminando que ante la ausencia de observaciones podría dictarse el presente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en el marco de las facultades delegadas por Decreto Nº 5000/98 y las otorgadas por el artículo 16 de la Ley Nº 13.757, modificada por Ley Nº 14.131, de acuerdo a la transferencia de la Agencia Provincial del Transporte creada por Decreto Nº 1081/10, dispuesta por Decreto Nº 2/11;
Por ello, EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Equiparar los servicios urbanos intercomunales de La Plata, Berisso y Ensenada al Cuadro Tarifario previsto para los servicios urbanos intercomunales correspondientes al Área del Gran Buenos Aires establecido en el Anexo 1 de la Resolución N
995/12 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 2º. Suprimir el Anexo 2 de la resolución citada en el artículo anterior, para los servicios urbanos de La Plata, Berisso y Ensenada.
ARTÍCULO 3. Invitar al Municipio de La Plata a adherir a la presente resolución en los términos del artículo 5º del Decreto Ley Nº 7.466/69 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 4º. Registrar. Dar al Boletín Oficial y al SINBA. Hecho, pase a la Agencia Provincial del Transporte de la Provincia de Buenos Aires para su conocimiento, y por su intermedio, a la Autoridad Nacional del Transporte, a los efectos que correspondan.
Cumplido, archivar.
Alberto Pérez Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros C.C. 6.445

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Resolución Nº 939
La Plata, 4 de junio de 2013.
VISTO el expediente Nº 2203-186.431/90 con VIII cuerpos y sus agregados Nº 21100270.463/99 Nº 21.100-199.202/99 Nº 21.100-454.137/00 Nº 21100-490.363/00 Nº 21100-590.063/01 Nº 21100-584.110/01 Nº 21100-808.628/01 Nº 21100-820.809/01 Nº 21100-633.327/01 Nº 21100-515.397/03 Nº 21100-754.549/04 Nº 21100-797.335/06 y Nº 21100-158.470/08, en el que la empresa prestadora de servicios de seguridad privada PROSEGUR S.A. solicita el cambio de jefe de Seguridad, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 1422 se agrega escrito solicitando el cambio de Jefe de Seguridad de la empresa de marras y a fojas 1403, 1405/1421, 1425, 1437, 1490, 1493/1494, 1516, 1518, 1571, 1573, 1628/1628, 1639/1640, 1706/1707, 1720, 1727/1728, 1737/1738 y 1750/1751 se adjunta documentación que avala tal petición;
Que a fojas 1431 la Asesoría Letrada ha tomado intervención en el ámbito de su competencia;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 9º y 18 de la Ley Nº 13.757, artículo 43 inciso a de la Ley Nº 12.297 y las propias del cargo;
Por ello, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar la designación como Jefe de Seguridad de la empresa prestadora de servicios de seguridad privada PROSEGUR S.A., del Señor Nicolás Daniel PETREL, titular del D.N.I. Nº 30.298.428.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar, notificar y pasar a la Oficina Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Ricardo Casal Ministro de Justicia y Seguridad C.C. 6.357

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Resolución Nº 954
La Plata, 6 de junio de 2013.
VISTO el expediente Nº 21.100-802.615/13 mediante el cual la Subsecretaría de Planificación - Dirección Provincial de Formación y Capacitación - propicia la creación de la Escuela de Policía Juan Vucetich Sede Cañuelas, y CONSIDERANDO:
Que con fecha 13 de marzo de 2013, la Municipalidad de Cañuelas, representada por la Intendenta Marisa Viviana Amalia Fassi y el Ministerio de Justicia y Seguridad, representado por el suscripto, firmaron un convenio de colaboración para la implementación conjunta y coordinada de una sede de la Escuela de Policía Juan Vucetich, la cual tendrá asiento principal en el inmueble ubicado en la intersección de las calles San Vicente y Belgrano del Partido de Cañuelas;
Que la formación y capacitación de las policías son los pilares fundamentales en los que se basan los lineamientos generales definidos en la política de modernización del estado impulsada por el ejecutivo provincial, y por lo que resulta necesario adoptar medidas específicas tendientes a la descentralización de las Escuelas, para poder acercar la instrucción policial a los diferentes puntos de la Provincia garantizando la igualdad de oportunidades en el acceso a los Institutos de Formación Básica y Capacitación Profesional;
Que atendiendo a las particulares condiciones de práctica educacional en los aspectos curricular de infraestructura y organizacional de una sede descentralizada de la Escuela de Policía Juan Vucetich como la que se pretende crear, resulta necesario establecer un régimen de externado con el objeto de brindar al alumnado todas las facilidades para el estudio, investigación e intercambio con los demás actores integrantes del Polo Educativo local, atendiendo al mismo tiempo las demandas específicas de formación en la región;
Que en virtud de ser esta Escuela una sede descentralizada en el Partido de Cañuelas de la Escuela de Policía Juan Vucetich, los alumnos/as se regirán por el Reglamento Interno vigente para los alumnos de los Institutos de Formación Policial;
Que en base a lo antes expuesto, deviene menester asimismo la creación del cargo de Director/a Operativo/a, el cual se hallará equiparado al grado de Comisario/a Inspector/a, figura que recaerá en la máxima autoridad policial del establecimiento con dependencia directa de la Superintendencia de Institutos de Formación Policial, quien podrá asumir las funciones del Director en caso de ausencia, impedimento o vacancia,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/06/2013 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date27/06/2013

Page count27

Edition count3383

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