Javier Pablo Stordiau - CUIT 20-23400422-1

Datos Básicos y de Identificación

Apellido y NombreSTORDIAU JAVIER PABLO
Posible DNI23.400.422
CUIT/CUIL20-23400422-1
HomónimosEn el Padrón de AFIP no se han identificado otras personas con mismo nombre/s y apellido.
Personas con el mismo apellido8 personas en Argentina tienen el apellido Stordiau

Informacion de AFIP

Actividad u OcupaciónServicios inmobiliarios realizados a cambio de una retribución o por contrata n.c.p. (incluye compra, venta, alquiler, remate, tasación, administración de bienes, etc., realizados a cambio de una retribución o por contrata, y la actividad de administrado
GananciasActivo
IVAActivo
MonotributoNo Inscripto
Integra SociedadesNo
EmpleadorSi

Información de Boletines Oficiales Nacional y Provinciales

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 1/4/2022 - Página 71

Administrativa Patrimonial del Sr. Javier Pablo Stordiau por las Observaciones Nº 1 ($62.840,08), Nº 2 ($15.868,34), Nº 3 ($10.259,90), Nº 4 ($4.838,08), Nº 5 ($5.700) y Nº 7 ($25.480), contenidas en el Informe Nº 5431/15 y ratificadas en el Informe Nº 5624/16, correspondientes a la Rendición de Cuentas del Ejercicio 2014 del Aeropuerto Chapelco. Artículo 3º: Condenar al Sr. Javier Pablo Stordiau al pago de la suma de pesos doscientos cincuenta y un mil treinta y seis con doce centavos ($251.036,12), compuesta de $124.986,40 en concepto de capital y $126.049,72 en concepto de intereses, calculados desde el 31/12/2014 al 28/02/2021 -Tasa Pasiva del Banco de la Provincia del Neuquén- conforme planilla de liquidación adjunta. Asimismo, se le... Leer más

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 17/5/2013 - Página 52

PAGINA 52 BOLETIN OFICIAL auditado ha dado cumplimiento a las normas y reglamentaciones aplicables a los actos y operaciones que fueran objeto de examen, salvo por lo expresado en el Considerando IV del presente Acuerdo. Artículo 3º: Exhortar al Sr. Javier Pablo Stordiau –Presidente del Consejo de Administración-, al Sr. Raúl Boihges –Vicepresidente- y al Sr. Gabriel Fernández –Prosecretario- del Aeropuerto Chapelco, a que arbitren las medidas que consideren necesarias y conducentes a fin de evitar la reiteración en los siguientes ejercicios de las situaciones observadas en el Considerando IV, y se advierta que el incumplimiento de la exhortación formulada habilitara la aplicación de las sanciones previstas en la Ley 2141. Artículo 4º... Leer más

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