Periódico Oficial de Puebla del día 08/04/2020 - Tercera Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 8 de abril de 2020

III. Uso indebido de la información, registros, documentos, o bases de datos;
IV. Negativa a la recepción o prosecución de trámites o quejas;
V. Alteración de reglas y procedimientos;
VI. Solicitud de gratificaciones o prebendas, y VII. Actos discriminatorios u omisiones de brindar asesoría a los solicitantes.
ARTÍCULO 117. La UMRM se coordinará con las autoridades correspondientes para los efectos conducentes.

TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente después de su publicación.
SEGUNDO. Se abroga el decreto que expide el Reglamento para la Mejora Regulatoria en el Municipio de San Andrés Cholula, Puebla, publicado el 19 de diciembre de 2016 en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.
TERCERO. La instalación del Consejo de Mejora Regulatoria deberá realizarse dentro de los 60 días siguientes a la entrada en vigor.
CUARTO. Las herramientas de mejora regulatoria se implementarán de acuerdo con la capacidad operativa y presupuestal del municipio; sin embargo, esta no podrá exceder de tres años contados a partir de su entrada en vigor.
QUINTO. A partir de la entrada en vigor, lo relativo al Registro Único de Personas Acreditadas se integra al Expediente Único de Trámites y Servicios y se regirá por lo establecido en el Titulo III, Capítulo II, Sección III del presente Reglamento.
SEXTO. Las Sujetos deberán realizar las modificaciones internas correspondientes para la óptima aplicación del presente Reglamento.
SÉPTIMO. La UMRM emitirá los Lineamientos necesarios para la implementación de las herramientas.
OCTAVO. Por única ocasión, durante el primer año a partir de la entrada en vigor, se utilizará la Constancia de Impacto de la Calculadora, sin que se incurra en incumplimiento del Análisis de Impacto Regulatorio.
NOVENO. Se derogan las disposiciones administrativas de carácter municipal que se opongan al presente Ordenamiento Legal.
Dado en la Presidencia Municipal de San Andrés Cholula, Puebla, el día once de julio del dos mil diecinueve.
La Presidenta Municipal Constitucional. C. MARÍA FABIOLA KARINA PEREZ POPOCA. Rúbrica. El Regidor de Gobernación, Justicia, Seguridad Pública y Protección Civil. C. ISRAEL MINO VICENS. Rúbrica. La Regidora de Patrimonio y Hacienda Pública Municipal. C. LIDIA MEMEHUA MACUIL. Rúbrica. El Regidor de Desarrollo Urbano, Ecología, Medio Ambiente, Obras y Servicios Públicos. C. ROBERTO MAXIL COYOPOTL.
Rúbrica. El Regidor de Industria, Comercio, Agricultura y Ganadería. C. JULIÁN ANTONIO RODRÍGUEZ
PÉREZ. Rúbrica. La Regidora de Salubridad y Asistencia Pública. C. MARÍA GUADALUPE ESPINOZA
DIAZ. Rúbrica. La Regidora de Grupos Vulnerables, Personas con Discapacidad y Juventud. C. DORA MARÍA
DEL RAYO FLORES MASTRANZO. Rúbrica. La Regidora de Migración. C. CRISTINA BERTONI QUITL.
Rúbrica. El Regidor de Parques y Panteones. C. JOSÉ GUILLERMO MARGARITO PAISANO ARIAS.
Rúbrica. El Síndico Municipal. C. JOSUÉ XICALE COYOPOL. Rúbrica. La Secretaria del Ayuntamiento.
C. GUADALUPE LOZADA VIVALDO. Rúbrica.
N.R.180505027

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 08/04/2020 - Tercera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaísMéxico

Fecha08/04/2020

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones631

Primera edición06/03/2015

Ultima edición06/02/2024

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