Periódico Oficial de Puebla del día 17/12/2018 - Primera Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Primera Sección

Lunes 17 de diciembre de 2018

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Primera Sección
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a Por el Daño Patrimonial causado al Ayuntamiento de Xochitlán de Vicente Suárez, Puebla, que asciende a la cantidad de $712,113.32 setecientos doce mil ciento trece pesos 32/100 Moneda Nacional, derivado de Participaciones y del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal FISM; se impone sanción económica por la cantidad de $178,028.33 ciento setenta y ocho mil veintiocho pesos 33/100 Moneda Nacional equivalente a cuarto de tanto del daño total causado al Erario del Ayuntamiento de Xochitlán de Vicente Suárez, Puebla, lo que hace un total a restituir de $890,141.65 ochocientos noventa mil ciento cuarenta y un pesos 65/100 Moneda Nacional, que deberá constituirse en crédito fiscal a favor del Erario del Ayuntamiento de Xochitlán de Vicente Suárez, Puebla, en términos de los artículos 58, fracción V, 60 y 62, fracción II de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; y,----------------------------------------------------------------b Por las Deficiencias Administrativas provenientes del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios FORTAMUN, de Participaciones, del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal FISM, de Estatales, de Ramo 20 y de Otros Fondos, que ascienden a la cantidad de $3960,965.02
tres millones novecientos sesenta mil novecientos sesenta y cinco pesos 02/100 Moneda Nacional, se impone la sanción administrativa de acuerdo al parámetro establecido por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, en sus artículos 58, fracción VI, y con apego a las circunstancias establecidas en su artículo 59, INHABILITACIÓN POR UN TÉRMINO DE 8 AÑOS 6 MESES, para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público. ------------------------------------------------------En el escrito de mérito el recurrente refiere lo que a la literalidad se transcribe: ---------------------------------------Mediante el presente escrito y con base en lo que estatuyen los artículos 73 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, acudo a este Órgano Jurisdiccional a interponer RECURSO DE REVOCACIÓN en contra del decreto de resolución de fecha tres de marzo del dos mil dieciséis, me fue notificado el proveído de fecha dieciséis de diciembre de dos mil dieciséis, dictada dentro del expediente en el que promuevo por Usted, en virtud de considerar el suscrito de que la resolución impugnada es contraria al orden legal procedimental en nuestra entidad por las consideraciones que expongo en los agravios del presente recurso. -----------------------------------------SEGUNDO.- Que, en dicho recurso el recurrente ofreció las siguientes pruebas que a la literalidad se transcriben: ----De la Irregularidad 3. ---------------------------------------------------------------------------------------------------1.- Documentales.- Se anexo documentación comprobatoria como facturas entre ellas la factura 861
de la estimación 2, factura 869 de la estimación 3 finiquito expedidas como evidencia de que la obra esta financieramente pagada y físicamente terminada por DOCSA SA DE CV, generadores, bitácora, planos, control de calidad, pruebas de laboratorio, estimaciones, reportes de avance físico financiero correspondientes al mes de diciembre anotándose en la hoja número 9 Saldo final $341,768.61 como avance del periodo $0.00, y como avance final acumulado previo y acumulado al periodo $341,768.61, cédula de información básica, presupuesto, contrato, convenio modificatorio al contrato, que en la cláusula tercera reza: plazo de ejecución.- las partes convienen en modificar el periodo contractual de diciembre 2006 al 31 de diciembre 2007, y por último acta de entrega-recepción debidamente firmada por el comité de obra de fecha 25 de enero de 2008, así como reporte fotográfico, de ello en este momento exhibo copias de lo que como ya mencione en su momento se entregaron dentro del análisis de la audiencia de pruebas y alegatos.
De la Irregularidad 4. ---------------------------------------------------------------------------------------------------2.- Documentales.- envío a usted 2 hojas útiles página 1 y página 2 emitidas en el SCG II, anotándose el no. De póliza d 120000112 en original, por ello es que no están certificadas por el secretario general del H.
Ayuntamiento 2005-2008. Igualmente complementando mi respuesta envío disco conteniendo la información financiera relativa al mes de diciembre de 2007 y cuenta pública 2007. ----------------------------------------------

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 17/12/2018 - Primera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Primera Sección

PaísMéxico

Fecha17/12/2018

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones442

Primera edición20/07/2015

Ultima edición06/02/2024

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