Periódico Oficial del Estado de México del día 22/02/2023 (Sección Segunda)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Miércoles 22 de febrero de 2023

Sección Segunda
Tomo: CCXV No. 34

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DOCTORA IRMA LETICIA CISNEROS BASURTO, DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE LA
DEFENSORÍA PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES
ESTABLECIDAS EN LOS ARTÍCULOS 13 Y 14 DE LA LEY DE DEFENSORÍA PÚBLICA DEL ESTADO DE
MÉXICO Y EL ARTÍCULO 9, FRACCIONES XX Y XXVI DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE
LA DEFENSORÍA PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR
EL ARTÍCULO VIGÉSIMO SÉPTIMO TRANSITORIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL GOBIERNO
DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023, Y
CONSIDERANDO
I.

Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, estipula como Eje Transversal: Gobierno Capaz y Responsable, el cual determina que uno de los objetivos es mantener la gobernabilidad y la paz social, que deriva en el fortalecimiento de la atención de la demanda sociopolítica en el lugar de origen de las personas; así como la estrategia correspondiente a la promoción de la coordinación interinstitucional para la atención de demandas sociopolíticas vinculándolas con los tres órdenes de gobierno; en la que el gobierno estatal se ha propuesto trabajar en colaboración con las autoridades federales, estatales y municipales para servir a la población en todas sus dimensiones.

II.

Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, establece también dentro de sus objetivos el garantizar una Procuración de Justicia de Calidad, y como Estrategia fortalecer la Defensoría Pública, destacando como líneas de acción; promover la capacitación a los Defensores Públicos en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio, en el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, entre otras;
reconociendo que el acceso a la justicia además de ser un derecho, es una condición para la buena marcha de la sociedad, pues es la manera como se resuelven pacífica e institucionalmente los conflictos y diferencias inherentes a la vida en sociedad; que el fortalecimiento de las capacidades de los servidores públicos de la Defensoría Pública aseguren una igualdad de justicia a todos los mexiquenses.

III.

Que conforme al Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el Ejercicio Fiscal 2023, los Entes Públicos en el ejercicio, control y evaluación del gasto público estatal, para el año fiscal 2023, deberán observar las disposiciones contenidas en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley de Coordinación Fiscal, el Código Financiero del Estado de México y Municipios, la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y en las disposiciones que en el marco de dichas leyes, estén establecidas en otros ordenamientos y en éste Presupuesto de Egresos en congruencia con los Criterios Generales de Política Económica correspondientes al Ejercicio Fiscal 2023.

IV.

Que el artículo Vigésimo Séptimo Transitorio del citado Presupuesto de Egresos emitido mediante Decreto número 121 de la LXI Legislatura del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el 21 de diciembre de 2022, considera una previsión de $15,000,000 Quince millones de pesos 00/100 M.N. destinados al Fondo de Reparación del Daño, para lo cual, la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, a través del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México, deberá establecer los mecanismos que normen su creación y operación conforme a la Ley en la materia.

V.

Que de conformidad con la Ley de la Defensoría Pública y su Reglamento, son atribuciones de la persona titular del Instituto de la Defensoría Pública, entre otras, proveer, en el ámbito administrativo, lo necesario para el mejor desarrollo de las funciones del Instituto, así como dirigir técnica y administrativamente al Instituto.
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Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 22/02/2023 (Sección Segunda)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

PaísMéxico

Fecha22/02/2023

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4508

Primera edición04/01/2000

Ultima edición18/04/2024

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