Periódico Oficial del Estado de México del día 30/04/2019 (Sección Segunda)

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

30 de abril de 2019

Página 3

principios, atribuciones y reglas jurisdiccionales idóneas para constituir un referente deontológico para el trabajo jurisdiccional; así como adoptar las providencias administrativas necesarias para eficientar la función jurisdiccional del Tribunal y expedir acuerdos, circulares, manuales y cualquier tipo de instrumentos normativos indispensables para lograr eficiencia, eficacia y calidad en el desempeño jurisdiccional.
IV.

Que el artículo 82 fracción VI, de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, establece que corresponde al Órgano Interno de Control llevar el registro y seguimiento de las declaraciones de situación patrimonial y de intereses y en su caso, la evolución de la situación patrimonial de las y los servidores públicos del Tribunal, asimismo el artículo octavo transitorio de la misma Ley precisa que el funcionamiento de las unidades administrativas de nueva creación se encontrará sujeto a la disponibilidad presupuestal del Tribunal.

V.

Que a la fecha, no se ha logrado la puesta en marcha del Órgano Interno de Control de este Tribunal, a pesar de las múltiples gestiones que se han realizado en vía institucional para contar con la disponibilidad presupuestal necesaria. Sin embargo, resulta necesario establecer la forma en que los servidores públicos podrán dar debido cumplimiento a la obligación de presentar sus declaraciones de situación patrimonial y de intereses, hasta en tanto el órgano legalmente facultado para su recepción, registro y seguimiento se encuentre en funcionamiento.

Por lo que en atención a lo anterior, esta Junta de Gobierno y Administración emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se determina que los formatos aprobados por el Consejo de la Justicia Administrativa para la presentación de las declaraciones de situación patrimonial y de intereses de los servidores públicos del Tribunal, continuarán siendo obligatorios hasta en tanto el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción emita los formatos a los que se refiere el párrafo cuarto del artículo 35 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.
Las declaraciones de Situación Patrimonial y de intereses se presentarán de manera electrónica, a través del Sistema denominado Declara-TRIJAEM, localizable en la página oficial del Tribunal en la dirección https trijaem.gob.mx/servicios y https www.tjaem.gob.mx/declaracion SEGUNDO. La presidencia de la Junta, será la encargada de recibir las declaraciones de situación patrimonial y de intereses de los servidores públicos del Tribunal, hasta en tanto entre en funciones el Órgano Interno de Control del Tribunal.
TERCERO. La presidencia de la Junta, solo se limitará a recibir las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, sin que el presente acuerdo implique facultad alguna para llevar a cabo el análisis y seguimiento de las mismas.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 30/04/2019 (Sección Segunda)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

PaísMéxico

Fecha30/04/2019

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4508

Primera edición04/01/2000

Ultima edición18/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2019>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930