Periódico Oficial del Estado de México del día 27/02/2024 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Martes 27 de febrero de 2024

Sección Primera
Tomo: CCXVII No. 37

y Municipios, por la cantidad de $9,163.35 NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y TRES PESOS 35/100 M.N, lo que resulta de la cuota de 1.21 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización por el número de viviendas previstas a relotificar.
Que asimismo acreditó el pago de derechos por la Autorización de los Condominio, según recibo expedido por la Tesorería Municipal de ubicación del desarrollo, conforme al Artículo 145 Fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios, por la cantidad de $238,602.00 DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS DOS
PESOS 00/100 M.N., lo que resulta de la cuota de 50 veces el valor de la referida Unidad de Medida y Actualización por el número de viviendas previstas a desarrollar.
Que realizado el estudio a la documentación exhibida, se tienen por satisfechos los requisitos previstos en los Artículos 82, 85, 86, 109 y 113 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, para otorgar la Autorización solicitada.
Que esta autoridad administrativa es competente para emitir la presente en términos de los artículos 8, 14, y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5 de la Constitución Política Del Estado Libre y Soberano de México; artículos 1, 17, 22 Fracción VIII, 38, 39 Fracciones XVI, XXXIII y XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, Acuerdo Primero por el que se delegan facultades en favor de la persona Titular de la Dirección General de Operación y Control Urbano Publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno de fecha 18
de enero de 2024; artículos 5.1, 5.2, 5.3 Fracciones XIII, XIV, XXXVII y XL, 5.5 Fracción l, 5.6, 5.7, 5.9 Fracción IV, 5.38, 5.46, 5.47, 5.48, 5.50 y 5.51 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México; 1, 2, 4, 5, 6, 8, 9, 82, 85, 86, 109, 112, 113 y 115 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, el 1 de septiembre del 2020; artículos 1, 2, 3 fracción IV, 4 fracción I, inciso c, IV, 10 y 13 fracciones II, IV, VIII, IX, X y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, de fecha 20 de diciembre del 2023, por lo que una vez determinada la competencia de esta autoridad y realizado el análisis a solicitud, esta Dirección General de Operación y Control Urbano, emite el siguiente:
Acuerdo PRIMERO.

Se Autoriza en favor de "Consorcio Inmobiliario Lomas, S.A.P.I. de C.V., en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario en tercer lugar del Fideicomiso F/794 y "Banco Ve por Más
S.A. I.B.M., Grupo Financiero Ve por Más, Fiduciario en el Fideicomiso de Desarrollo y Administración no Empresarial identificado como "Proyecto Rincón Real" con el número de Fideicomiso 981, representadas por usted, la RELOTIFICACIÓN PARCIAL de los lotes 1/24 de la manzana V y 28 de la manzana X, del Conjunto Urbano mixto denominado BOSQUE REAL, ubicado en el Municipio de Huixquilucan, Estado de México, de conformidad con el plano 1 DE 4" anexo al presente, el cual debidamente firmado y sellado, forma parte integral del mismo, para todos los efectos legales a que haya lugar.

SEGUNDO.

Se Autoriza en favor de la "Banco Ve por Más S.A. I.B.M., Grupo Financiero Ve por Más, Fiduciario en el Fideicomiso de Desarrollo y Administración no Empresarial identificado como "Proyecto Rincón Real" con el número de Fideicomiso 981, el CONDOMINIO vertical de tipo habitacional residencial para el desarrollo de 46 viviendas en el lote 28 de la manzana X, resultante de la Relotificación parcial que se autoriza en el punto de acuerdo anterior, del Conjunto Urbano de tipo mixto denominado BOSQUE REAL, ubicado en el Municipio de Huixquilucan, Estado de México, de conformidad con los planos 2 DE 4, "3 DE 4" y 4 DE 4 anexos al presente, los cuales debidamente firmados y sellados, forman parte integral del mismo, para todos los efectos legales a que haya lugar.

TERCERO.

En acatamiento a los Artículos 110 y 115 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México; deberá realizar las siguientes obras de urbanización al interior de los Condominios, debiendo considerar como corresponda, en los proyectos ejecutivos y su construcción, las previsiones correspondientes a las personas con capacidades diferentes, conforme a las disposiciones aplicables del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México y Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las Personas con Capacidades Diferentes.

edomex.gob.mx legislacion.edomex.gob.mx
PERIÓDICO OFICIAL

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Gobierno del Estado de México

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 27/02/2024 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha27/02/2024

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones5162

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/04/2024

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